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RESOLUCIÓN 517 DE 2004

(21 de diciembre)

Diario Oficial No. 45.776 de 29 de diciembre de 2004

CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por la Resolución 144 de 2006>

"Por medio de la cual se modifica el Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública – PGCP adoptado mediante la Resolución 400 de 2000"

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996 y el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto Ley 1616 de junio 12 2003 se crea la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios "Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P.", como una sociedad anónima prestadora de servicios públicos domiciliarios, vinculada al Ministerio de Comunicaciones.

Que en el artículo 18 del mencionado decreto y con el propósito de garantizar la continuidad en la prestación del servicio de telecomunicaciones se autoriza a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. para celebrar, entre otros, y en forma directa con la Empresa Nacional de Telecomunicaciones - Telecom en liquidación y con las Teleasociadas en liquidación, un Contrato de Explotación para el uso y goce de los bienes, activos y derechos requeridos para la prestación del servicio de telecomunicaciones.

Que en virtud del Contrato de Explotación, Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. recibirá de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones – Telecom en liquidación y de las Teleasociadas en liquidación, el uso y goce de los bienes, activos y derechos que dichas entidades destinaban a la prestación de los servicios de telecomunicaciones, a cambio de una contraprestación que será pagada por Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. a esas entidades o al patrimonio autónomo que ellas podrán constituir por medio de contrato de fiducia, la cual será fijada en función del valor de los pasivos de esas entidades y, entre ellos, prioritariamente, en función del costo de amortización del pagaré extendido por la Empresa Nacional de Telecomunicaciones – Telecom para dotar de recursos financieros el Patrimonio Autónomo constituido en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 651 de 2001.

Que las empresas de servicios públicos domiciliarios están utilizando mecanismos similares de contratación para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios públicos domiciliarios, cuando deciden contratar la prestación de los servicios o crear empresas distintas a las que venían prestando el servicio.

Que es necesario revelar esta situación desde el punto de vista contable, de forma que se pueda identificar explícitamente el valor de la contraprestación en los informes contables, dada su especificidad y su destinación, que en términos generales, se dirige a atender una situación económica especial.

Que en el Catálogo General de Cuentas no existe una cuenta que recoja estas erogaciones, derivadas de contratos especiales o atípicos, que no tienen una relación directa en los costos de producción de los servicios, sino que atienden a una política económica, de atención especial.

Que en reunión interinstitucional con representantes de las siguientes entidades, Contraloría General de la República, Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, Comisión de Regulación de Telecomunicaciones, Contaduría General de la Nación y Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P., se recomienda realizar un análisis concreto de estas erogaciones y si es viable estudiar la posibilidad de crear un concepto específico dentro del Catálogo General de Cuentas del Plan General de Contabilidad Pública, de tal forma que permita identificarla y separarla de los costos operacionales, para tener una adecuada revelación de la información y la construcción de indicadores financieros y de gestión acordes con los estándares definidos para este tipo de empresas.

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por la Resolución 144 de 2006> Crear en el Catálogo General de Cuentas, la siguiente cuenta con su descripción y dinámicas:

CLASEGRUPOCUENTA
5585.850
GASTOSOTROS GASTOSCONTRAPRESTACIÓN
CONTRACTUAL

DESCRIPCIÓN

Valor de los gastos que corresponden al reconocimiento de contraprestaciones derivadas de contratos atípicos, generados en cumplimiento de normas especiales para la atención de situaciones especiales y cuyo concepto no se enmarca dentro de los costos ordinarios imputables a una actividad.

Su contrapartida corresponde a la subcuenta 249016-Contrato de explotación

DINÁMICA

SE DEBITA CON:

1- El valor causado de la contraprestación calculada de acuerdo con los contratos suscritos.

SE ACREDITA CON:

1- El valor de la cancelación de su saldo al cierre del periodo contable.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por la Resolución 144 de 2006> Crear en la estructura del Catálogo General de Cuentas, las siguientes subcuentas:

CÓDIGODENOMINACIÓN
142019Anticipo a contrato de explotación
249016Contrato de explotación
585001Contrato de explotación
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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por la Resolución 144 de 2006> La presente Resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá,

JAIRO ALBERTO CANO PABÓN

Contador General de la Nación

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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