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RESOLUCION 10173 DE 2017

(diciembre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 11 de la Resolución 5635 de 2022>

Por la cual se modifica el artículo 4o de la Resolución 7333 de 2017, en cuanto el incentivo por el uso de la bicicleta para los funcionarios de la planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores

Resumen de Notas de Vigencia

LA VICEMINISTRA DE ASUNTOS MULTILATERALES ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el numeral 3 del artículo 59 y el literal g. del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el parágrafo 1o del artículo 5o de la Ley 1811 de 2016, el artículo 2.2.2.4.13 del Decreto 1072 de 2015 y el numeral 17 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016, y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1811 del 21 de octubre de 2016, tiene por objeto incentivar el uso de la bicicleta como medio principal de transporte en todo el territorio nacional; incrementar el número de viajes en bicicleta, avanzar en la mitigación del impacto ambiental que produce el tránsito automotor y mejorar la movilidad urbana.

Que el artículo 5o de la Ley 1811 del 21 de octubre de 2016, consagra un incentivo de uso para funcionarios públicos, consistente en recibir medio día laboral libre remunerado por cada 30 veces que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta.

Que en cumplimiento de la Ley 1811 de 2016, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante la Resolución 7333 de 2017, adoptó el incentivo por el uso de la bicicleta para los funcionarios de planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que en cumplimiento al acta final de acuerdos y desacuerdos de la negociación colectiva del pliego de solicitudes, presentado por el sindicato de empleados del Ministerio de Relaciones Exteriores -SEMREX- de fecha 8 de mayo de 2017, la administración considera viable la solicitud de otorgar un (1) día de permiso remunerado como incentivo por el uso de la bicicleta para los funcionarios de planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores por cada 30 veces que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta, por lo que es procedente modificar el artículo 4o de la Resolución 7333 de 2017.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 5635 de 2022> Modificar el artículo 4o de la Resolución 7333 de 2017, el cual quedará así:

“Artículo 4. Incentivo: Los funcionarios de planta interna del Ministerio de Relaciones Exteriores, por cada treinta (30) veces que lleguen a su lugar de trabajo en bicicleta o bicicleta con pedaleo asistido, previamente certificados, tendrán derecho a un (1) día libre remunerado, el cual debe ser solicitado mediante el formato de autorización de permiso remunerado que se encuentra en el Sistema Maestro de la entidad, en el cual debe diligenciar en el numeral “3. JUSTIFICACIÓN DE LA SOLICITUD”: YO USO LA BICLICLETA PARA LLEGAR A MI LUGAR DE TRABAJO y radicarlo en la Dirección de Talento Humano.

PARÁGRAFO 1. Para acceder al beneficio establecido en el presente artículo se contabilizará cada llegada diariamente, para lo cual el funcionario deberá someterse al horario establecido en la Reglamentación respecto a la jornada laboral del Ministerio de Relaciones Exteriores.

PARÁGRAFO 2. La contabilización total de las Treinta (30) veces que el funcionario debe llegar al sitio de trabajo en bicicleta o bicicleta con pedaleo asistido, pueden ser registrados de manera continua.

PARÁGRAFO 3. Los funcionarios beneficiados con este incentivo, podrán recibir hasta ocho (8) días libres remunerados al año, los cuales no pueden ser disfrutados de manera continua.

PARÁGRAFO 4. La autorización del día libre remunerado está sujeta a las necesidades del servicio, por lo cual el funcionario deberá comunicar al jefe inmediato con 3 días hábiles de antelación, con el fin de verificar la disponibilidad y contar con su visto bueno como requisito para acceder al beneficio.

PARÁGRAFO 5. El incentivo mencionado en el parágrafo 2o no es acumulable, ni se podrá juntar con vacaciones ni otros permisos.”

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo  de la Resolución 5635 de 2022> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los

ADRIANA DEL ROSARIO MENDOZA AGUDELO

Viceministra de Asuntos Multilaterales

Encargada de las Funciones del Despacho de

La Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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