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RESOLUCIÓN 562 DE 2012

(junio 29)

Diario Oficial No. 48.483 de 6 de julio de 2012

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA

<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 851 de 2012>

Por la cual se amplía el término de expedición de un documento.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 7o del artículo 4o y los numerales 14 y 16 del artículo 10 del Decreto–Ley 4062 de 2011 y el artículo 77 del Decreto 4000 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, expidió la Resolución 0048 del 19 de enero de 2012 “Por la cual se establece transitoriamente la expedición de contraseña como documento de identificación para los extranjeros dentro del territorio de la República de Colombia” en la cual se resolvió en su artículo primero: Expedir el documento denominado “CONTRASEÑA” como documento de identidad provisional para los ciudadanos extranjeros mayores de 18 años registrados en la República de Colombia, expedición que se efectuará hasta el día 2 de julio de 2012.

Que en el parágrafo del citado artículo, se autoriza que el término de expedición del documento denominado “CONTRASEÑA” podrá ser prorrogado mediante la expedición de una nueva Resolución por parte de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

Que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia se encuentra adelantando los trámites y procesos legales necesarios para la contratación de la elaboración de las cédulas de extranjería en condiciones de seguridad, prevención del fraude y de plena identificación para sus titulares, proceso que debe culminar en el segundo semestre del año 2012.

Que por encontrarse en pleno desarrollo el proceso en mención, se hace necesario prorrogar la expedición del documento denominado Contraseña, documento de identidad de carácter provisional válido en el territorio nacional para los extranjeros, más allá del día 2 de julio de 2012.

Que el documento denominado Contraseña expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia contará con las especificaciones de orden técnico y de seguridad, en la Resolución 0048 del 19 de enero de 2012.

Que el costo para la expedición de la Contraseña será el consagrado en el artículo tercero de la Resolución 0048 del 19 de enero de 2012.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 851 de 2012> Ampliar el término de expedición del documento denominado “CONTRASEÑA” como documento de identidad provisional para los ciudadanos extranjeros mayores de 18 años registrados en la República de Colombia, expedición que se efectuará hasta el día 31 de diciembre de 2012.

PARÁGRAFO. El término de expedición del documento denominado “CONTRASEÑA” podrá ser prorrogado mediante la expedición de una nueva Resolución por parte de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia.

Concordancias
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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 851 de 2012> La presente Resolución rige a partir del 3 de julio de 2012.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., 29 de junio de 2012.

El Director Unidad Administrativa Especial Migración Colombia,

IAN SERGIO BUENO AGUIRRE.

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