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RESOLUCION 3486 DE 2020

(diciembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se derogan las Resoluciones No 2438 del 9 de junio de 2005 y No 583 del 9 de febrero de 2007

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el literal a del artículo 61 de la Ley No 489 de 1998, los numerales 17 y 19 del artículo 7o del Decreto No 869 de 2016, y

CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores en desarrollo del artículo 209 de la Constitución Política, desarrolla su función administrativa bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones, correspondiéndole a la ley, fijar las condiciones dentro de las cuales las autoridades puedan delegar en sus subalternos la atención de ciertos asuntos.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 47 de la Ley 909 de 2004, los cargos que conlleven ejercicio de responsabilidad directiva, en la administración pública de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, tienen el carácter de empleos de gerencia pública.

Que de la misma forma el artículo 49 de la Ley ibidem, señala que para la designación de los empleos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva del orden nacional y sin perjuicio de la discrecionalidad propia de la naturaleza del cargo, se tendrán en cuenta la competencia profesional, los criterios de mérito, capacidad y experiencia para el desempeño del empleo y que el Departamento Administrativo de la Función Pública apoyará técnicamente a las diferentes entidades públicas en el desarrollo de estos procesos.

Que de conformidad con lo previsto en el Decreto-Ley 770 de 2005, para el desempeño de los empleos de la Rama Ejecutiva del orden nacional se deben evaluar las competencias laborales que determine el Gobierno Nacional.

Que mediante la Resolución No 2438 del 9 de junio de 2005, se creó e integró el Comité Técnico para la Evaluación de Competencias Gerenciales, como órgano encargado de verificar las competencias gerenciales de los candidatos a ocupar empleos de libre nombramiento y remoción en el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que mediante la Resolución No 583 del 9 de febrero de 2007, se reformó el artículo 2o de la Resolución No 2438 del 9 de junio de 2005, modificando la integración del Comité Técnico para la Evaluación de Competencias Gerenciales del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que el numeral 4 del artículo 2.2.13.2.2 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, el cual compiló el Decreto 4567 de 2011 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004 y Decreto- ley 770 de 2005”, establece que la evaluación de las competencias de los candidatos para ocupar empleos de libre nombramiento y remoción de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y de los niveles diferentes al técnico y al asistencial, podrá ser realizada a través contratos o convenios con el Departamento Administrativo de la Función Pública o con entidades de la administración pública con experiencia en selección de personal.

Que el artículo 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015, señala que la entidad encargada de verificar las competencias laborales indicará al nominador, en este caso el Ministerio de Relaciones Exteriores, si el candidato a ocupar el empleo de libre nombramiento y remoción cumple con las competencias requeridas y se ajusta al perfil del cargo.

Que la Dirección de Talento Humano, para garantizar la objetividad del proceso de provisión de los empleos de gerencia pública del Ministerio de Relaciones Exteriores, realiza la evaluación de las competencias de los candidatos mediante el apoyo del Grupo de Meritocracia del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública apoya al Ministerio de Relaciones Exteriores en indicar si el candidato a ocupar el empleo de gerencia pública cumple con las competencias requeridas y se ajusta al perfil del cargo.

Que, en este sentido, actualmente la verificación de competencias de los candidatos a ocupar empleos de libre nombramiento y remoción del Ministerio de Relaciones Exteriores es realizada por el Grupo de Meritocracia del Departamento Administrativo de la Función Pública y no por el Comité Técnico para la Evaluación de Competencias Gerenciales del Ministerio de Relaciones Exteriores integrado por las Resoluciones No 2438 del 9 de junio de 2005 y 583 del 9 de febrero de 2007.

De conformidad con lo anterior, es necesario derogar las Resoluciones No 2438 del 9 de junio de 2005 y 583 del 9 de febrero de 2007.

En mérito de lo expuesto

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Deróguense la Resoluciones No 2438 de 2005 y No 583 de 2007, las cuales regulan lo pertinente al Comité Técnico para la Evaluación de Competencias Gerenciales.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las resoluciones No 2438 del 9 de junio de 2005 y No 583 del 9 de febrero de 2007.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C.,

CLAUDIA BLUM

Ministra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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