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RESOLUCIÓN 3163 DE 2015

(mayo 26)

Diario Oficial No. 49.530 de 2 de junio de 2015

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución 2493 de 2015 derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015>

Por la cual se corrigen errores formales en la Resolución 2493 del 5 de mayo 2015.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR DE ASUNTOS MIGRATORIOS, CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 2493 del 5 de mayo de 2015, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 de la Resolución 2055 del 20 de marzo de 2014, se dispuso fijar para el segundo cuatrimestre de 2015 la tasa de cambio para la conversión en pesos de las tarifas que deban pagarse en Colombia por concepto de trámites y servicios.

Que utilizado la Tasa Representativa del Mercado (TRM) fijada por el Banco de la República desde el 1o de enero de 2015 hasta el 30 de abril de 2015 se fijó en dos mil cuatrocientos ochenta pesos moneda corriente ($2.480.00) la tasa de cambio del dólar de los Estados Unidos de América y en dos mil setecientos sesenta pesos moneda corriente ($2.760.00) la tasa de cambio del Euro.

Que en la Resolución 2493 del 5 de mayo de 2015, se incurrió en un error meramente formal al digitar el periodo de afectación, por cuanto en sus artículos 1o y 2o se enunció el primer cuatrimestre de 2015 cuando el que correspondía era en efecto el segundo cuatrimestre.

Que en la Resolución 2493 del 5 de mayo de 2015, se incurrió en un error meramente formal al transcribir el valor en letras, por cuanto en su artículo 1o se digitó dos mil ciento veinticuatro cuando el que correspondía era dos mil cuatrocientos ochenta; y en el artículo 2o se digitó dos mil seiscientos setenta pesos cuando el que correspondía era dos mil setecientos sesenta.

Que se hace necesario llevar a cabo la corrección, con fundamento en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, según el cual “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”.

Que la corrección prevista en la presente resolución cumple con los presupuestos del citado artículo, por cuanto fue un palpable error de trascripción y digitación y, no genera modificaciones en el sentido material de la decisión adoptada por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015> Corregir los artículos 1o y 2o de la Resolución 2493 de 2015, los cuales quedarán así:

Artículo 1o. Fíjese la tasa promedio del dólar estadounidense para el segundo cuatrimestre de 2015 en el territorio nacional en dos mil cuatrocientos ochenta pesos ($2.480.00) moneda corriente.

Artículo 2o. Fíjese la tasa promedio del Euro, para el segundo cuatrimestre de 2015 en el territorio nacional en dos mil setecientos sesenta pesos ($2.760.00) moneda corriente.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 3 de la Resolución 5444 de 2015> La presente resolución rige a partir de su publicación y corrige la Resolución 2493 de 2015 publicada en el Diario Oficial número 49.504 del 7 de mayo de 2015, únicamente respecto de los errores indicados.

PARÁGRAFO. Las demás disposiciones contenidas en la Resolución 2493 de 2015, siguen sin modificación alguna y por consiguiente tienen plenos efectos.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de mayo de 2015.

El Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano,

JAVIER DARÍO HIGUERA ÁNGEL.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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