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RESOLUCIÓN 1705 DE 2023

(febrero 28)

Diario Oficial No. 52.322 de 28 de febrero de 2023

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se modifica los artículos 4o, 5o, 9o, 10, 11 y 12 de la Resolución número 1041 del 6 de febrero de 2023.

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el numeral 3 del artículo 59 y el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los artículos 18 y 21 del Decreto ley 274 de 2000 y el numeral 17 del artículo 7o del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Carrera Diplomática y Consular es una carrera especial jerarquizada que regula el ingreso, ascenso, permanencia y retiro de los funcionarios pertenecientes a la misma, y cuya administración y vigilancia están a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con el artículo 13 del Decreto ley 274 de 2000.

Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se efectúa exclusivamente por concurso público de méritos abierto, en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación del Curso de Capacitación Diplomática y Consular, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto ley 274 de 2000.

Que la convocatoria al concurso público se debe llevar a cabo anualmente mediante resolución expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con los artículos 17 y 18 del Decreto ley 274 de 2000.

Que según el numeral 2 del artículo 10 del Decreto número 869 de 2016 le corresponde a la Dirección de la Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo realizar los concursos de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales que la regulan.

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución número 1041 del 6 de febrero de 2023, mediante la cual convocó al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2025.

Que con el fin de garantizar el principio de legalidad y de publicidad, debido proceso administrativo, el principio de igualdad, la confianza legítima y el derecho a concursar y acceder a cargos públicos por esta modalidad, se hace necesario modificar el cronograma dispuesto en la Resolución número 1041 del 6 de febrero de 2023, lo cual permite asegurar el cumplimiento de los tiempos establecidos en las normas que regulan el concurso y en seguimiento de los principios referidos.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 4o de la Resolución número 1041 de 2023, el cual quedará así:

Artículo 4o. Cronograma. El Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2025 se desarrollará, de acuerdo con la siguiente programación:

ACTIVIDADFecha
Aviso de convocatoriajueves 2 de marzo de 2023
Inscripciones y revisión de documentosdesde el viernes 2 de junio hasta el viernes 9 de junio de 2023
Subsanación de documentos aportados durante la inscripción al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular 2025hasta el jueves 15 de junio de 2023
Publicación de la lista de admitidos a presentar pruebas de conocimiento – Fase Imartes 20 de junio de 2023

 ACTIVIDADFecha
Solicitud de revisión de la lista de admitidos a presentar pruebas de conocimiento – Fase Ihasta el viernes 23 de junio de 2023
Publicación definitiva de la lista de admitidos a presentar las pruebas de conocimiento – Fase Ilunes 26 de junio de 2023
Presentación de pruebas de conocimiento – Fase Isábado 7 de octubre de 2023
Publicación de resultados de las pruebas de conocimiento – Fase Iviernes 10 de noviembre de 2023
Solicitud de revisión de puntajes de las pruebas de conocimiento – Fase Imartes 14 al jueves 16 de noviembre de 2023
Publicación de resultados finales de la Fase I y del listado de admitidos a la segunda fase del concursolunes 4 de diciembre de 2023
Presentación de la prueba psicotécnica – Fase IIlunes 11 de diciembre de 2023
Presentación de entrevistas – Fase IIlunes 22 al lunes 29 de enero de 2024
Publicación de resultados de las pruebas de la Fase II y de la lista de admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2024martes 30 de enero de 2024
Comunicación de los admitidos que confirman su participación en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2024miércoles 31 de enero y jueves 1 de febrero de 2024

PARÁGRAFO. En concordancia con el artículo 17 del Decreto ley 274 de 2000, la Academia Diplomática podrá ajustar, cuando la situación lo amerite, las fechas dispuestas en el cronograma, previo aviso oportuno a los interesados.

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ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 5o de la Resolución número 1041 de 2023, el cual quedará así:

CAPÍTULO 2

Inscripciones

Artículo 5o. Inscripción. La inscripción al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2025 es gratuita y se hace de manera virtual. Se llevará a cabo a partir de las ocho (8:00) horas del viernes 2 de junio y las diecisiete (17:00) horas del viernes 9 de junio de 2023, hora colombiana, para lo cual el aspirante deberá:

1. Diligenciar el formulario virtual de inscripción disponible en la página web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica;

2. Adjuntar en los formatos digitales requeridos en documentos legibles señalados en los artículos 7o y 8o de la presente resolución;

3. Escoger la ciudad en la que presentará las pruebas escritas; una vez seleccionada, no podrá modificarse;

4. Aceptar la declaración juramentada sobre la veracidad de la información suministrada y la autenticidad de los documentos aportados y los demás términos y condiciones que se indican en la plataforma.

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ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 9o de la Resolución número 1041 de 2023, el cual quedará así:

Artículo 9o. Revisión de la inscripción. Durante el proceso de inscripciones, la Academia Diplomática verificará la información y los documentos aportados y si estos cumplen o no con lo requerido en la presente resolución. Adicionalmente, actualizará el estado de la inscripción en la plataforma de inscripciones del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular.

El aspirante deberá verificar el estado de su inscripción por medio del siguiente enlace https://academia.cancilleria.gov.co/aspirante/consultarSolicitud.aspx

El estado de la inscripción puede ser alguno de los siguientes:

1. Admitido, cuando cumple con los requisitos y los acreditó de forma correcta, o

2. Rechazado, cuando uno de los requisitos no cumple con lo señalado en los artículos 7o y 8o de la presente resolución. En este caso, el aspirante tendrá la posibilidad de subsanar dichos requisitos hasta las 17:00 horas (horario de Colombia) del día jueves 15 de junio de 2023.

PARÁGRAFO. La Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo podrá solicitar cualquier aclaración, corrección o información adicional al aspirante, quien deberá suministrarla ingresando nuevamente al formulario virtual con su código de inscripción, en cualquier caso, hasta las 17:00 horas (horario de Colombia) del día jueves 15 de junio de 2023.

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ARTÍCULO 4o. Modificar el artículo 10 de la Resolución número 1041 de 2023, el cual quedará así:

Artículo 10. Publicación de la lista de admitidos a presentar pruebas escritas. La lista de aspirantes admitidos a presentar las pruebas de conocimiento se publicará únicamente en la cartelera de la Academia Diplomática (calle 10 número 5-27, Bogotá, D. C.) y en la página Web de la Cancillería www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el martes 20 de junio de 2023.

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ARTÍCULO 5o. Modificar el artículo 11 de la Resolución número 1041 de 2023, el cual quedará así:

Artículo 11. Revisión del listado de admitidos a presentar pruebas escritas. Los aspirantes podrán solicitar la revisión del listado de admitidos a presentar pruebas escritas. La revisión consistirá en la verificación del estado de la inscripción del aspirante por parte de la Academia Diplomática, una vez sea recibida la solicitud por parte del interesado.

Las solicitudes de revisión se deben formular mediante comunicación dirigida a la Academia Diplomática, al correo [email protected] hasta las 17:00 horas (horario de Colombia) del día viernes 23 de junio de 2023. Contra el resultado de dicha revisión no procede recurso alguno.

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ARTÍCULO 6o. Modificar el artículo 12 de la Resolución número 1041 de 2023, el cual quedará así:

Artículo 12. Publicación definitiva de la lista de admitidos a presentar pruebas escritas. La lista definitiva de aspirantes admitidos a presentar pruebas escritas se publicará únicamente en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página Web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica, el lunes 26 de junio de 2023.

Es deber de los aspirantes revisar las publicaciones en los lugares y fechas indicados en la presente resolución.

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ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica los artículos 4o, 5o, 9o, 10, 11 y 12 de la Resolución número 1041 del 6 de febrero de 2023.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2023.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Álvaro Leyva Durán.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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