Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 766 DE 2012

(junio 4)

Diario Oficial No. 48.455 de 8 de junio de 2012

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

<Manual no incluido>

Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Resumen de Notas de Vigencia

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE,

en ejercicio de sus facultades constituciones y legales, en especial de las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 28 del Decreto 2772 de 2005.

CONSIDERANDO:

Que el literal c) del artículo 15 de la Ley 909 del 23 de septiembre del 2004, establece que serán funciones específicas de las Unidades de Personal, elaborar los manuales de funciones y requisitos, de conformidad con las normas vigentes.

Que el artículo 28 del Decreto 2772 de 2005 dispone que los organismos y entidades del orden nacional expedirán el manual específico de funciones y requisitos, describiendo las funciones que correspondan a los empleos de la planta de personal y determinando los requisitos exigidos para su ejercicio. Así mismo, la norma señala que la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Actualizar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para algunos empleos que conforman la planta de personal del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, fijada por el Decreto número 3575 de 2011, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, así:

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. El citado Manual Específico de Funciones, Requisitos y de Competencias Laborales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, consignado en la presente resolución se fundamenta en el siguiente marco estratégico:

Que la misión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible es ser la entidad pública del orden nacional rectora en materia de gestión del ambiente y de los recursos naturales renovables, que promueve acciones orientadas a regular el ordenamiento ambiental del territorio y de definir las política nacional ambiental y de recursos naturales renovables y, en general, las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y del ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible, la protección del patrimonio natural y el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, se proteja la soberanía de la Nación, garantizando la participación de la comunidad.

Que mediante Decreto número 3570 de 2011 se modificaron los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra al Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Ir al inicio

ARTÍCULO 13. <sic, es 3>. La presente resolución se divulgará a través de los medios electrónicos o físicos que disponga la entidad.

Ir al inicio

ARTÍCULO 14. <sic, es 4>. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las Resoluciones números 035 del 31 de octubre del 2011, 082 del 11 de noviembre del 2011, 019 del 13 de enero del 2012, 0398 del 29 de marzo del 2012 y 677 del 16 de mayo del 2012 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de junio de 2012.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

FRANK PEARL.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.