RESOLUCIÓN 000-1780 DE 2014
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 49.399 de 19 de enero de 2015
JUNTA CENTRAL DE CONTADORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015>
Por la cual se fijan los valores de la Tarjeta Profesional de Contadores Públicos, de la Tarjeta de Registro para las entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable como profesión liberal, y de los Certificados de Vigencia de Inscripción y de Antecedentes Disciplinarios de Personas Naturales y de Personas Jurídicas, para el año 2015.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL JUNTA CENTRAL DE CONTADORES,
en ejercicio de sus facultades, y
CONSIDERANDO:
Que el ordinal 3o del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, faculta a la Junta Central de Contadores para expedir, a costa del interesado, la Tarjeta Profesional, su reglamentación y las certificaciones que corresponden al ámbito de sus competencias Institucionales;
Que el parágrafo del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, prescribe que el valor de los Certificados será fijado por la Unidad Administrativa Junta Central de Contadores y en ausencia de norma especial, tal facultad se aplicará para efectos de definir el valor del Certificado de Vigencia de Inscripción y de Antecedentes Disciplinarios de los Contadores Públicos y de las entidades prestadoras de servicios propios de la ciencia contable;
Que el artículo 3o del Decreto número 1235 de 1991, estableció el valor de la Tarjeta Profesional de Contador Público, la cual se reajustará anualmente en el porcentaje en el que se incremente el salario mínimo mensual, aproximando las fracciones de 500 al múltiplo de mil más cercano;
Que la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, mediante Resolución número 870 del 30 de diciembre de 2014 fijó los valores de la Tarjeta Profesional de Contadores Públicos, de la Tarjeta de Registro de las entidades que prestan servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal, y de los Certificados de Vigencia de Inscripción de Antecedentes Disciplinarios de Personas Naturales y de Personas Jurídicas para el año 2014;
Que el Gobierno Nacional para la vigencia de 2015, incremento el Salario Mínimo Legal Mensual en un 4,6% fijándolo en seiscientos cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta pesos ($644.350,00) moneda corriente;
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015> Fijar en la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000,00) moneda corriente, el valor de la Tarjeta Profesional de Contador Público, para el año 2015, de conformidad con lo expresado en la parte motiva de este acto.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015> Fijar en veintidós mil pesos ($22.000,00) moneda corriente el valor del Certificado de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios de Contadores Públicos, para el año 2015.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015> Fijar para el año 2015, en la suma de tres millones doscientos veintidós mil pesos ($3.222.000,00) moneda corriente, el valor de la Tarjeta de Registro de las entidades que prestan servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015> Fijar para el año 2015, el valor de la expedición del Certificado de la Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios de Personas Jurídicas en la suma de cuarenta y tres mil pesos ($43.000,00) moneda corriente.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015> El valor de los Duplicados de las Tarjetas de Contador Público será de veinticinco mil pesos ($25.000,00) moneda corriente y de tarjetas de registro para personas jurídicas, será de trescientos veintidós mil pesos ($322.000,00) moneda corriente; valor equivalente al 10% del costo de las tarjetas originales, vigente en la fecha de radicación de la solicitud, aproximando a múltiplo de mil más cercano.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 977 de 2015> La presente resolución rige a partir del 1o de enero de 2015.
Publíquese y cúmplase.
El Director General, UAE Junta Central de Contadores,
JULIO CÉSAR ACUÑA GONZÁLEZ.