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RESOLUCIÓN 403 DE 2008
(marzo 26)
Diario Oficial No. 46.954 de 8 de abril de 2008
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
Por la cual se deroga la Resolución número 1095 del 13 de julio de 2006, emanada del Consejo Nacional Electoral.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 11 del artículo 265 de la Constitución Política y el artículo 12 del Decreto 2241 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Nacional Electoral expidió la Resolución número 1095 del 13 de julio de 2006;
Que esta Corporación no ejerce la función de empleadora, por lo tanto, no le es aplicable la exigencia contenida en la Ley 1010 de 2006 en el sentido de conformar los Comités de Prevención y Resolución de Conflictos,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Deróguese la Resolución número 1095 del 13 de julio de 2006, emanada de esta Corporación.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2008.
El Presidente del Consejo Nacional Electoral,
CIRO JOSÉ MUÑOZ OÑATE.
El Vicepresidente del Consejo Nacional Electoral,
MARCO EMILIO HINCAPIÉ RAMÍREZ.
Aprobada en Sala Plena del 26 de marzo de 2008.
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