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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 18 DE 2014
(octubre 29)
Diario Oficial No. 49.339 de 18 de noviembre de 2014
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015>
Por la cual se actualiza el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Auditoría General de la República.
LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de las facultades legales conferidas en el artículo 6o del Decreto número 273 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6o del Decreto-ley 273 de 2000 otorga la facultad de expedir el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Auditoría General de la República al Auditor General de la República, teniendo en cuenta la naturaleza de las dependencias, los procesos y los procedimientos que deben ejecutarse en cada una de ellas, para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión y objetivos de la auditoría;
Que, en desarrollo del artículo 3o, literal b) de la Ley 909 de 2004, norma esta que hizo extensiva la Carrera Administrativa General a la Auditoría General de la República (AGR), y por lo tanto de sus decretos reglamentarios dentro del ámbito de aplicación de dichas normas y en armonía con las disposiciones contenidas en el Decreto-ley 272 de 2000, Decreto número 273 de 2000 y el Decreto número 1497 de 2003, es pertinente ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal de la Auditoría General de la República, conforme a las disposiciones contenidas en las normas citadas;
Que, a partir de la expedición de la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios, la Auditoría General de la República ha venido avanzando en el proceso de adecuación y ajuste al interior de la Institución con el fin de cumplir los lineamientos establecidos en la normatividad vigente y elaborar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Auditoría General de la República que responda al contenido funcional de los empleos, áreas de desempeño, procesos y procedimientos que deben ejecutarse en cada una de ellas, para el cumplimiento eficiente y eficaz de la misión y objetivos de la Auditoría, según los lineamientos que fije el Auditor General de la República;
Que el artículo 17 de la Ley 909 de 2004, señala: “Todas las entidades y organismos a quienes se les aplica la presente Ley, deberán mantener actualizadas las plantas globales de empleo necesarias para el cumplimiento eficiente de las funciones a su cargo, para lo cual tendrán en cuenta las medidas de racionalización del gasto”;
Que para el ajuste del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Auditoría General de la República, se tuvo en cuenta la Cartilla expedida para el efecto por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), y por la Escuela Superior de Administración Pública ESAP, denominada “Instructivo para el Ajuste del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales”, en concordancia con la nomenclatura que para los empleos de la AGR regla el Decreto número 273 de 2000;
Que mediante Resolución Reglamentaria número 016 de 16 de septiembre 2014, se actualizó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, acto administrativo que requiere continuas actualizaciones para atender la dinámica de la Administración Pública que permita cumplir con eficiencia las funciones constitucionales otorgadas a la Auditoría General de la República;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015> Actualícese el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de Auditoría General de la República fijada por la Resolución Orgánica número 001 de 2013 cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalen a la Auditoría General de la República, contenidos en el documento adjunto Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales que hace parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2o. COMPETENCIAS COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015> Las competencias comunes para los diferentes empleos a que se refiere el presente manual específico, son las señaladas en el Decreto número 2539 del 22 de julio de 2005 artículo 7o, debiendo los Servidores Públicos poseer y evidenciar las siguientes competencias establecidas en el documento adjunto Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales que hace parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015> Las competencias comportamentales por nivel jerárquico de empleos que como mínimo, se requieren para desempeñar los empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales, de conformidad a lo señalado en el Decreto número 2539 del 22 de julio de 2005 artículo 8o.
PARÁGRAFO ÚNICO. El Auditor General de la República, distribuirá internamente los empleos de la planta global de conformidad con las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015> Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las normas sobre la materia, no podrán ser compensados por experiencia y otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015> El Director de Talento Humano socializará a los servidores públicos las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.
PARÁGRAFO ÚNICO. En cumplimiento del principio de publicidad será socializada la presente resolución y sus documentos complementarios a los funcionarios de la Auditoría General de la República y la ciudadanía en general a través de los medios institucionales establecidos en la Auditoría General de la República (página web, intranet y redes sociales).
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 6 de la Resolución 6 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución número 016 de 2014.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2014.
La Auditora General de la República,
LAURA EMILSE MARULANDA TOBÓN
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