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RESOLUCIÓN 128 DE 2008
(octubre 22)
Diario Oficial No. 47.196 de 7 de diciembre de 2008
UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA
Por medio de la cual se aprueba y adopta la documentación del Sistema de Gestión de Calidad de la Universidad Surcolombiana, la cual contempla los requerimientos del Sistema de Gestión de Calidad bajo las normas NTCGP1000:2004, NTC ISO 9001:2000 y del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005, y se establecen los mecanismos para su actualización y mejora continua de sus documentos.
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA,
en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 15 del artículo 31 del Acuerdo 075 de 1994 –Estatuto General–, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nacional 2145 de 1999, establece en su artículo 13 que es responsabilidad de todos los niveles y áreas de la organización en ejercicio del autocontrol, documentar y aplicar los métodos, metodologías, procesos y procedimientos y validarlos constantemente;
Que la Ley 872 de 2003 y el Decreto 4110 de 2004 Norma Técnica de Calidad NTCGP 1000:2004, establece la obligatoriedad de poner en funcionamiento el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público, y en otras entidades prestadoras de servicios;
Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005, “por el cual se adopta el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano” MECI 1000:2005, proporciona una estructura para el control de la estrategia, la gestión y la evaluación en las Entidades del Estado, cuyo propósito es orientarlas hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la contribución de estos a los fines esenciales del Estado;
Que dentro de la estructura del MECI, en el Subsistema de Control de Gestión, componente Actividades de Control, el Manual de Procedimientos, facilita la consolidación de los lineamientos, políticas, normas o disposiciones internas generadas en el diseño del mismo, asegurando que contenga los aspectos necesarios para dirigir las operaciones de la Entidad hacia el logro de sus objetivos;
Que adicionalmente la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad, permite la estandarización del conocimiento de la operación de la Entidad en un lenguaje común alrededor de ella, convirtiéndose en un instrumento guía de la acción individual y colectiva de la Entidad, fomentando el autocontrol y la autorregulación;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD, SGC. Adóptese el Sistema de Gestión de Calidad de la Universidad Surcolombiana, el cual involucra los requerimientos del Sistema de Gestión de Calidad bajo la norma NTCGP1000:2004, NTC ISO 9001:2000 y del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005, que en adelante se llamará el SGC.
ARTÍCULO 2o. OBJETO DEL SGC. Garantizar la calidad de la gestión institucional, la implementación de un enfoque en procesos, la mejora continua de los mismos, el cumplimiento de los planes de mejoramiento, el logro de la autogestión, el autocontrol y la autoevaluación, con el fin de lograr una entidad eficaz, eficiente y efectiva, optimizando los recursos y los procesos.
ARTÍCULO 3o. ENFOQUE POR PROCESOS. El SGC se basa en el enfoque por procesos, que estará en continua evolución de manera que en la consolidación del Mapa por Procesos, sus Caracterizaciones e interrelaciones con otros procesos.
ARTÍCULO 4o. DOCUMENTACIÓN DEL SGC Y RESPONSABLES DE LOS PROCESOS. Delegar en los Dueños de los Procesos, la elaboración, revisión y actualización de la documentación de los procesos a su cargo, así:
PROCESO | DUEÑOS DEL PROCESO |
SISTEMA DE PLANEACION | JEFE OFICINA DE PLANEACION |
RELACIONES INTERINSTITUCIONALES | COORDINADOR OFICINA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES (ORNI) |
GESTION DE COMUNICACION | COORDINADOR UNIDAD DE MEDIOS |
GESTION DE CONTROL | JEFE CONTROL INTERNO |
GESTION DE LA CALIDAD | ASESORA DE CALIDAD-MECI |
DOCENCIA | VICERRECTOR ACADEMICO |
INVESTIGACION | VICERRECTOR DE INVESTIGACIONES Y PROYECCION SOCIAL - COORDINADOR DE INVESTIGACIONES |
PROYECCION SOCIAL | VICERRECTOR DE INVESTIGACIONES Y PROYECCION SOCIAL - COORDINADOR DE PROYECCION SOCIAL |
GESTION DE TALENTO HUMANO | JEFE DIVISION DE PERSONAL |
GESTION DE BIENESTAR UNIVERSITARIO | JEFE DIVISION DE BIENESTAR UNIVERSITARIO |
GESTION FINANCIERA | JEFE DIVISION FINANCIERA |
GESTION DE BIENES Y SERVICIOS | JEFE DIVISION DE RECURSOS |
GESTION DE INFRAESTRUCTURA | JEFE DIVISION DE SERVICIOS GENERALES |
GESTION DE TECNOLOGIA | JEFE DE CTIC |
GESTION DOCUMENTAL | COORDINADORA GRUPO ADMINISTRACION DE DOCUMENTOS |
GESTION AMBIENTAL | ASESOR EN GESTION AMBIENTAL |
GESTION JURIDICA | JEFE OFICINA JURIDICA |
Y delegar en el Comité Técnico de Gestión la aprobación de la documentación que se cree, modifique o elimine a partir de la fecha.
PARÁGRAFO. Dado que desde el mes de agosto de 2007 se vienen realizando jornadas de levantamiento de información, socialización y documentación de la información, se aprueba con esta Resolución la primera versión de los documentos, la cual se entiende como aceptada por los responsables de los procesos y serán publicados por el Representante de la Dirección, lo cual dará paso a su aplicación, por parte de todos los servidores de la Universidad.
ARTÍCULO 5o. RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES DE LA UNIVERSIDAD. A partir de la publicación de la documentación del SGC en la web de la Universidad, será de obligatorio cumplimiento su aplicación, por parte de todos los servidores públicos de la Institución.
PARÁGRAFO. Hará parte de las obligaciones detalladas en los contratos que celebre la administración con terceros el cumplimiento del contenido de la presente resolución.
ARTÍCULO 6o. DIVULGACIÓN Y APLICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL SGC. El Representante por la Dirección apoyado en la Oficina Asesora de Calidad - MECI, asesorará a los Dueños de cada Proceso, para su divulgación, implementación, aseguramiento y mejoramiento continuo.
ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en la página web institucional y dejará sin efecto los actos administrativos que le sean contrarios en la medida que se aprueben y publiquen los documentos del SGC.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Neiva, a 22 de octubre de 2008.
El Rector,
HÉCTOR HERNÁN ZAMORA CAICEDO.
El Secretario General,
ALBERTO POLANÍA PUENTES.
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