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RESOLUCIÓN SSPD-20188000076635 DE 2018

(junio 22)

Diario Oficial No. 50.672 de 1 de agosto de 2018

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS

Por la cual se modifica el Anexo de la Resolución número SSPD 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015.

LA SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el artículo 53 de la Ley 142 de 1994 y los artículos 14 y 15 de la Ley 689 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001, corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en adelante la Superintendencia, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI), que almacena la información proveniente de los prestadores de servicios públicos sujetos a su inspección, vigilancia y control.

Que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus funciones legales, en especial de las disposiciones referidas, expidió la Resolución número SSPD número 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015(1), la cual fue modificada a través de la Resolución número SSPD 20161300011295 del 28 de abril de 2016(2).

Que en el mes de mayo de 2018, se realizó un análisis de la implementación de la Resolución número SSPD 20151300054575 de 2015, y se identificó la posibilidad de mejora, en la agrupación de las causales y en la descripción de las mismas, con el propósito de lograr mayor precisión conceptual, así como mejorar la calidad de la información disponible en el sistema de gestión documental de la entidad y en el Sistema Único de Información (SUI), en relación con las peticiones presentadas por los usuarios de los servicios públicos domiciliarios.

Que como resultado de esta revisión, se concluyó que las causales asociadas al Grupo instalación, pueden ser incorporadas al grupo prestación, en razón a que las situaciones allí descritas, no solamente se presentan en el momento de la instalación del servicio, sino también con posterioridad a ella.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución número 270 de 2017, expedida por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Superintendencia publicó para participación ciudadana, el proyecto del presente acto administrativo en la página web de la entidad, recibiendo diversos comentarios a la misma, los cuales fueron respondidos a través del documento, “Respuestas a los comentarios al proyecto de Resolución por la cual se modifica el anexo de la Resolución número SSPD 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015” en el que se da cuenta de las observaciones que fueron tenidas en cuenta, y por ende, que fueron incluidas en esta resolución.

Que, de conformidad con lo anterior, se hace necesario modificar el Anexo de la Resolución número SSPD 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Modificar los numerales 7 y 8 del Anexo de la Resolución número SSPD 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015, en el sentido de eliminar el Grupo Causal “Instalación”, los cuales quedarán, así:

“7. Causal. En este detalle deberá indicar, de acuerdo con la siguiente tabla, a queé grupo de causales se debe aplicar el derecho de petición:

8. Detalle de la Causal. Corresponde al código de tres dígitos asignado a la razón del derecho de petición que se encuentra publicado en la página www.sui.gov. co y que hace parte integral de la presente resolución.

PARÁGRAFO. En caso de que las causales definidas no se encuentren acordes con la situación real del prestador, este deberá solicitar a través de mesa de ayuda, la creación de una nueva causal”.

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ARTÍCULO 2o. Las demás disposiciones que no han sido objeto de modificación por el presente acto administrativo, continúan vigentes.

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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 22 de junio de 2018.

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios,

Rutty Paola Ortiz Jara.

ANEXO.

ANEXO-RESOLUCIÒN.

NOTAS AL FINAL:

1. “Por la cual se establece el reporte de información de los derechos de petición, quejas y recursos, presentados por los suscriptores o usuarios a través del Sistema Único de Información (SUI)”.

2. “Por la cual se modifica y aclara la Resolución número SSPD 20151300054575 del 18 de diciembre de 2015 que establece el reporte de información de los derechos de petición, presentados por los suscriptores o usuarios a través del Sistema Único de Información (SUI)”.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de diciembre de 2019

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