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RESOLUCIÓN 3365 DE 2007

(julio 9)

Diario Oficial No. 46.692 de 17 de julio de 2007

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

<Resolución derogada a partir del 17 de enero de 2019  para los nombramientos que se adelantes para la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos por el  artículo 24 de la Resolución 17980 de 2018. La Resolución 6053 de 2000 y sus modificaciones seguirá vigente para los nombramientos que se adelanten para el Consejo Nacional Electoral (CNE) y su Fondo Adscrito>

Por la cual se adiciona parcialmente el artículo 21 de la Resolución 6053 del 27 de diciembre de 2000.

Resumen de Notas de Vigencia

EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,

en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 7o del Decreto 1011 de 2000,

RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO. Adicionar dentro de las areas del conocimiento requeridas como requisitos para desempeñar el cargo Director de Censo Electoral 0110-06, además de las establecidas en el artículo 21 de la Resolución 6053 del 27 de diciembre de 2000, las siguientes:

-- Educación

Título universitario en las siguientes áreas del conocimiento:

– Ingeniería.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de julio de 2007.

El Registrador Nacional del Estado Civil,

JUAN CARLOS GALINDO VACHA.

El Secretario General (E.),

CARLOS ALBERTO ARIAS MONCALEANO.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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