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RESOLUCIÓN 11424 DE 2014
(julio 29)
Diario Oficial No. 49.227 de 29 de julio de 2014
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Por la cual se crea el Grupo “Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae).
EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL,
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 26 del Decreto número 2241 de 1986 y el artículo 4o del Decreto 1012 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto-ley 1012 de 2000, el Gobierno Nacional establece la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Que el artículo 4o del Decreto-ley 1012 de 2000, establece:
“Grupos de trabajo. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la entidad, el Registrador Nacional del Estado Civil podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.
En el acto de creación de tales grupos se determinarán las actividades que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades”.
Que mediante la Resolución número 0636 del 29 de enero de 2001, se establecieron los Grupos Internos de Trabajo de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Que mediante Resolución número 4344 del 15 de agosto de 2007, se creó el “Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae), con carácter académico y técnico, para que en forma permanente brinde a los servidores de la Organización Electoral, al personal que interviene en forma permanente o transitoria en el curso de sus procesos y a la ciudadanía en general, la capacitación y formación en temas electorales, de identificación de cultura cívica y democracia. De igual manera, el Centro intensificará e incentivará la investigación y el análisis en los temas relacionados con el sistema de gobierno, electoral y de partidos políticos, y propenderá por la divulgación de sus estudios y trabajos.
Que el inciso tercero del artículo 4o de la Resolución 4344 de 2007, estableció que para el adecuado cumplimiento de sus tareas, el Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales podrá tener asignados algunos otros funcionarios de la entidad.
Que mediante Resolución número 1501 del 18 de febrero de 2013, se modificó parcialmente el artículo 4o de la resolución 4344 de 2007.
Que con el fin de continuar avanzando de manera integral hacia el cumplimiento de los objetivos trazados a partir de la creación del “Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae) es necesario que este Centro cuente con todos los elementos y recursos propios de un grupo de trabajo.
Que de conformidad con lo expuesto, resulta viable la creación del Grupo Interno de Trabajo “Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae), con el propósito de cumplir con los programas y proyectos a cargo de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Crear el Grupo Interno de Trabajo “Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae), el cual quedará adscrito a la Secretaría General de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
ARTÍCULO 2o. El Grupo de “Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae), contribuirá con la Secretaría General, en el apoyo investigativo y académico enfocado a las áreas misionales de la Entidad, en especial con las actividades que se detallan a continuación:
1. Diseñar y desarrollar programas permanentes de capacitación, orientados a fortalecer la calidad de la gestión administrativa en los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana a nivel institucional, y coadyuvar en la difusión del conocimiento y de los procedimientos electorales hacia los diferentes actores de la sociedad civil.
2. Diseñar y desarrollar programas dirigidos a la ciudadanía en general, a los colegios y universidades, con el fin de difundir los valores democráticos, los mecanismos de participación ciudadana, los procesos electorales, los procedimientos de identificación.
3. Estimular y participar en las actividades académicas que desarrollen, en asuntos relativos a los sistemas electorales, garantías ciudadanas, mecanismos de participación ciudadana, temas relativos a la identificación, democracia y valores cívicos, el Consejo Nacional Electoral, las entidades estatales, los partidos y movimientos políticos, las organizaciones no gubernamentales, las universidades, entre otros.
4. Organizar conferencias, seminarios, simposios, talleres, foros, encuentros y cursos especializados, sobre los debates electorales, mecanismos de participación ciudadana y temas de identificación y registro civil, a nivel institucional e interinstitucional y expedir las certificaciones respectivas.
5. Realizar investigaciones que comprendan aspectos estadísticos, económicos, sociales, políticos, jurídicos y culturales que incidan en los procesos electorales, de participación, identificación y registro civil, de forma metodológica y bajo la luz del marco legal, jurisprudencial, doctrinario interno, del derecho comparado y la ciencia política.
6. Promover el intercambio académico y técnico con las organizaciones que cumplan funciones de identificación y registro civil, estamentos electorales y centros de capacitación afines de otros países, con el propósito de enriquecer y ahondar la investigación en estas áreas.
7. Elaborar documentos, revistas, manuales, instructivos y demás publicaciones que permitan a los funcionarios públicos conocer en forma metodológica, pedagógica y actualizada, la información básica en los temas a tratar a través del Cedae, así como la elaboración de material digital para divulgación por medios magnéticos.
8. Contar con una base de datos depurada, actualizada y digitalizada, que permita la consulta permanente de los datos estadísticos electorales, por parte de los funcionarios públicos, los partidos y movimientos políticos, así como de la ciudadanía en general.
9. Analizar los fenómenos sociopolíticos de la abstención electoral, con el propósito de determinar las franjas de población en las que se reporta su mayor índice, detectando y diagnosticando sus posibles causas y planteando mecanismos que conlleven a atenuarla.
10. Liderar campañas pedagógicas para la comunicación, difusión y publicidad de los nuevos mecanismos que se incorporan al sistema electoral, de identificación y registro civil.
11. Construir un “Directorio de Expertos nacionales e internacionales”, que colaboren con la Registraduría Nacional del Estado Civil en la elaboración de propuestas, políticas, programas de mejoramiento y normas sobre los asuntos misionales de la Organización Electoral.
12. Contribuir, en época electoral, en la labor de las diferentes misiones y organizaciones debidamente acreditadas de Observación Electoral, para el adecuado desempeño de sus objetivos y maximización de sus resultados y recomendaciones.
13. Propender por los intercambios académicos y formativos de los servidores de la Organización Electoral, a nivel nacional e internacional.
14. Gestionar los convenios que fueren necesarios para el desarrollo del objeto del Centro de Estudios en Democracia y Asuntos Electorales (Cedae), con entidades nacionales, internacionales y extranjeras, en el marco jurídico colombiano.
15. Apoyar la capacitación del personal de la Organización Electoral en Asuntos Misionales y de la Administración Pública en General.
16. Las demás que le asigne el Registrador Nacional del Estado Civil y la ley.
ARTÍCULO 3o. El Registrador Nacional del Estado Civil, designará el Coordinador del grupo de que trata la presente resolución, previa disponibilidad presupuestal.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2014.
El Registrador Nacional del Estado Civil,
CARLOS ARIEL SÁNCHEZ TORRES.
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