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RESOLUCIÓN 6282 DE 2021

(noviembre 9)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se convoca y se fija el procedimiento de elección de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de Carrera Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores periodo 2021 - 2023

EL COORDINADOR DEL GIT DE CARRERAS DIPLOMÁTICA Y ADMINISTRATIVA ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO

En uso de sus facultades legales y, en especial, las que le confiere el artículo 16 de la Ley 909 de 2004, el Título 14 del Decreto 1083 de 2015, el numeral 16 del artículo 4 de la Resolución 2638 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 de la Ley 909 de 2004, señala que en todas las entidades reguladas por esta Ley, deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2) representantes de la entidad designados por el nominador o por quién haga sus veces, y dos (2) representantes de los empleados de la entidad quienes deben ser de carrera administrativa y elegidos por votación directa de los empleados.

Que el artículo 2.2.14.1.1 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 3 del Decreto 498 del 30 de marzo de 2020 indica que en todos los organismos y entidades regulados por la Ley 909 de 2004 deberá existir una Comisión de Personal conformada por dos (2) representantes del organismo o entidad, designados por el nominador o por quien haga sus veces y dos (2) representantes de los empleados quienes deben ser de carrera administrativa.

Que los dos representantes que para el efecto designe el jefe del organismo o entidad serán empleados públicos de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa.

Que los dos (2) representantes de los empleados serán elegidos por votación directa de los empleados públicos del organismo o entidad y cada uno tendrá un suplente que deberá acreditar los mismos requisitos y condiciones del titular. En las votaciones que se adelanten para la elección de los representantes de la Comisión de Personal, podrán participar todos los servidores que ocupen empleos de carrera administrativa independientemente de su forma de vinculación y los empleados vinculados en empleos que conforman las plantas temporales.

Que en relación con los empleados vinculados mediante nombramiento provisional el Decreto 1083 de 2015 en su artículo 2.2.14.2.1 contempla una excepción para que puedan postularse a la elección como representantes de los empleados ante la Comisión de Personal, cuando en las entidades no haya personal de carrera administrativa, o el número de empleados de carrera no haga posible la conformación de la Comisión de Personal.

La anterior excepción también aplicará en el evento de que se realice la convocatoria y no se inscriban por lo menos cuatro (4) candidatos o los inscritos no acreditan los requisitos exigidos.

Que en el Artículo 2.2.14.2.13 del Decreto 1083 de 2015 los representantes de los empleados en la Comisión de Personal y sus suplentes serán elegidos para períodos de dos (2) años, que se contarán a partir de la fecha de la comunicación de la elección.

Que en virtud de lo anterior y en atención al concepto 20202010366371 emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil, las votaciones para elegir a los nuevos integrantes de la Comisión de personal podrán realizarse de manera virtual en atención a lo dispuesto en el artículo 258 de la Constitución Política.

Que se hace necesario adelantar el proceso de elección de los dos (2) representantes principales y sus respectivos suplentes de los empleados ante la Comisión de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, utilizando para ello los medios virtuales y electrónicos que permitan el desarrollo del citado proceso.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. CONVOCATORIA. Convocar a los servidores públicos que ocupen empleos de carrera administrativa, independientemente de su forma de vinculación y a los de libre nombramiento y remoción del Ministerio, a fin de que participen en las votaciones electrónicas, para elegir los dos (2) representantes principales y dos (2) suplentes de los empleados ante la Comisión de Personal de Carrera Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores para el periodo 2021 – 2023, elección que se llevará a cabo el día 26 de noviembre de 2021.

ARTÍCULO 2. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE PERSONAL. La Comisión de Personal de Carrera Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, cumplirá las siguientes funciones:

a) Velar porque los procesos de selección para la provisión de empleos y de evaluación del desempeño se realicen conforme con lo establecido en las normas y procedimientos legales y reglamentarios y con los lineamientos señalados por la Comisión Nacional del Servicio Civil. Las citadas atribuciones se llevarán a cabo sin perjuicio de las facultades de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Para el efecto, la Comisión de Personal deberá elaborar los informes y atender las solicitudes que aquella requiera.

b) Resolver las reclamaciones que en materia de procesos de selección y evaluación del desempeño y encargo les sean atribuidas por el procedimiento especial.

c) Solicitar a la Comisión Nacional del Servicio Civil la exclusión de la lista de elegibles de las personas que hubieren sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con violación de las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. En el caso de no atenderse la solicitud, deberán informar de esta situación a la Comisión Nacional del Servicio Civil para que adopte las medidas pertinentes.

d) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera que hayan optado por el derecho preferencial a ser vinculados, cuando se les supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos.

e) Conocer, en primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales o por los encargos.

f) Velar porque los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de economía, celeridad y eficacia de la función administrativa.

g) Velar porque en los procesos de selección se cumplan los principios y reglas previstas en esta ley.

h) Participar en la elaboración del plan anual de formación y capacitación y en el de estímulos y en su seguimiento.

i) Proponer en la respectiva entidad la formulación de programas para el diagnóstico y medición del clima organizacional.

j) Las demás funciones que le sean atribuidas por la ley o el reglamento

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ARTÍCULO 3. DIVULGACIÓN DE LA CONVOCATORIA. La Dirección de Talento Humano durante el periodo comprendido entre el 9 al 15 de noviembre de 2021, realizará una amplia divulgación de la convocatoria, con el fin de garantizar, promover y estimular la participación de los empleados que de acuerdo con las disposiciones vigentes puedan participar en el proceso, mediante la utilización de correo electrónico institucional, intranet, entre otros.

ARTÍCULO 4. CALIDADES DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes a ser representantes de los empleados en la Comisión de Personal de Carrera Administrativa que se inscriban para participar en el proceso de elección deberán acreditar las siguientes condiciones y calidades:

a) No haber sido sancionado disciplinariamente durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la inscripción de la candidatura;

b) Ser empleados de carrera administrativa.

PARÁGRAFO: De conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 2.2.14.2.13 del Decreto 1083 de 2015, los representantes de los empleados y sus suplentes no podrán ser reelegidos para el periodo siguiente.

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ARTÍCULO 5. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS. Los candidatos a ser representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de Carrera Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores, deberán inscribirse mediante la herramienta tecnológica que disponga la Dirección de Talento Humano, desde el 16 al 19 de noviembre de 2021, diligenciando el formulario electrónico que contendrá como mínimo la siguiente información:

1) Nombres y apellidos completos del candidato.

2) Tipo y número de documento de identidad.

3) Dependencia.

4) Cargo.

5) Manifestación expresa que reúne las condiciones y calidades de que trata el artículo 4 de la presente resolución como garantía de seriedad de la inscripción.

PARÁGRAFO 1. Si dentro de dicho término no se inscriben por lo menos cuatro (4) candidatos o los inscritos no acreditan los requisitos exigidos, este término se prorrogará automáticamente por un lapso igual.

ARTÍCULO 6. DIVULGACIÓN LISTA DE INSCRITOS. El listado de los candidatos habilitados para ser elegidos se divulgará el día hábil siguiente al vencimiento de los términos para la inscripción, es decir el 22 de noviembre de 2021. La lista en cuestión se publicará electrónicamente, utilizando los medios virtuales disponibles.

ARTÍCULO 7. DESIGNACION DE JURADOS. La Dirección de Talento Humano designará los jurados de votación, a razón de dos (2) principales y dos (2) suplentes.

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ARTÍCULO 8. CAPACITACIÓN DE JURADOS. Se citará a los jurados de votación para que asistan a una capacitación por la plataforma “Microsoft Teams”, es decir el 24 de noviembre de 2021, con la finalidad de suministrar instrucciones frente a la jornada de elección garantizando así el mecanismo idóneo de seguridad y control de la información que garantice la transparencia y veracidad del proceso electoral.

ARTÍCULO 9. FUNCIONES DE LOS JURADOS. Los jurados de votación tendrán las siguientes funciones:

a) Conocer y verificar que la herramienta dispuesta por la Dirección de Talento Humano es suficiente, confiable y válida para realizar el proceso de votación.

b) Vigilar el proceso de votación.

c) Verificar la identidad de los votantes.

d) Realizar el escrutinio de los votos recibidos por los medios virtuales y consignar los resultados en el acta del escrutinio.

e) Firmar las actas (digital).

ARTÍCULO 10. LISTA DE VOTANTES. La Dirección de Talento Humano publicará la lista general de votantes durante los dos (2) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la elección, es decir el 24 de noviembre de 2021, a través del medio virtual establecido, indicando el número de documento de identidad del votante habilitado.

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ARTÍCULO 11. ELECCIONES. Las votaciones se efectuarán de manera virtual mediante la herramienta tecnológica divulgada mediante correo electrónico con el link habilitado el día de la votación. El acto de votación será nominal, directo y secreto; en consecuencia, el derecho a votar es indelegable, ni los electores pueden hacerse representar.

Las votaciones se efectuarán en un solo día, se abrirán a las ocho (8:00 a.m.) del 26 de noviembre de 2021, y se cerrarán el mismo día a las cuatro (4:00 p.m.), a través de voto electrónico desde el usuario institucional del votante habilitado.

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ARTÍCULO 12. ESCRUTINIO VIRTUALY DECLARACIÓN DE RESULTADOS. Cerradas las votaciones, enseguida se efectuará el escrutinio virtual de los votos de acuerdo con los reportes de la plataforma utilizada por la Dirección de Talento Humano, se adelantará una reunión virtual en la que se leerá en voz alta el resultado de la votación, se dejará constancia en el Acta de Escrutinio, que deberá ser firmada por los jurados y por la Dirección de Talento Humano, quien declarará virtualmente la elección a partir del siguiente día hábil.

En el caso de presentarse alguna circunstancia adicional que afecte el proceso se dejará constancia en el acta escrutinio. Igualmente, en el acta de escrutinio se dejará constancia del número de votos emitidos en favor de cada candidato.

PARÁGRAFO: La sesión de escrutinio se realizará por la plataforma “Microsoft Teams”, en la que deberán participar los jurados de votación, y los encargados de la Dirección de Talento Humano. Dicha sesión podrá ser grabada para garantizar la confiabilidad y validez del proceso de votación y escrutinio.

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ARTÍCULO 13. FUNCIONARIOS ELEGIDOS. Serán elegidos como representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de Carrera Administrativa, los dos (2) candidatos que obtengan mayoría de votos en estricto orden. Como suplentes serán elegidos los que obtengan el tercero y cuarto lugar, quienes en su orden reemplazarán a los principales.

Si el mayor número de votos fuere igual para dos de los candidatos, estos serán elegidos como representantes de los empleados ante la Comisión de personal. Si el número de votos a favor de más de dos candidatos fuere igual, la elección se decidirá a la suerte.

ARTÍCULO 14. PERIODO. Los representantes elegidos, conformarán la Comisión de Personal de la Carrera Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores durante un periodo de dos (2) años, que se contarán a partir de la expedición del acto administrativo de conformación de la comisión de personal para el periodo 2021 – 2023.

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ARTÍCULO 15. RECLAMACIONES. Los candidatos en el mismo acto de escrutinio podrán manifestar su intención de reclamación, la cual será formalizada por escrito el mismo día. Las reclamaciones deberán ser resueltas por la Dirección de Talento Humano durante los tres (3) días hábiles siguientes a la elección.

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ARTÍCULO 16. ACTO ADMINISTRATIVO QUE CONFORMA LA COMISIÓN DE PERSONAL. Una vez resueltas las reclamaciones, la Dirección de Talento Humano proyectará para la firma del Despacho de la señora Ministra, el acto administrativo que conforma la Comisión de Personal de Carrera Administrativa del Ministerio de Relaciones Exteriores.

ARTÍCULO 17. CRONOGRAMA. De acuerdo con lo establecido en los artículos anteriores, el cronograma es el siguiente:

ACTIVIDAD FECHAS
Convocatoria 9 de noviembre de 2021
Divulgación de la convocatoria 9 al 15 de noviembre de 2021
Fecha de inscripción de candidatos 16 al 19 de noviembre de 2021
Divulgación lista de candidatos inscritos 22 de noviembre de 2021
Designación jurados de votación 23 de noviembre de 2021
Notificación jurados de votación 23 de noviembre de 2021
Capacitación jurados de votación 24 de noviembre de 2021
Publicación lista votantes habilitados 24 de noviembre de 2021
Elecciones y escrutinio 26 de noviembre de 2021
Resolución de reclamaciones 29 de noviembre al 1 diciembre de 2021
Proyección Resolución mediante la cual se conforma la comisión de personal de carrea administrativa 2021-2023 2 de diciembre de 2021

ARTÍCULO 18. PRÓRROGA DEL CRONOGRAMA. En cumplimiento de lo establecido por el Decreto 1083 de 2015, si vencido el término de cinco (5) días para la inscripción de candidatos no se inscriben al menos cuatro (4), este término se prorrogará por un lapso igual, con el correspondiente ajuste del cronograma.

ARTÍCULO 19. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 9 NOV 2021

JAIME ALEXANDER PACHECO ARANDA

Coordinador GIT de Carreras Diplomática y Administrativa

Encargado de las Funciones de la Dirección de Talento Humano

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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