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RESOLUCIÓN 5054 DE 2008
(septiembre 29)
Diario Oficial No. 47.128 de 30 de septiembre de 2008
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4o de la Resolución 4179 de 2009>
Por medio de la cual se delegan unas funciones.
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,
en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 70 y 78 del Decreto 1950 de 1973; 12 de la Ley 80 de 1993; 37 del Decreto 2150 de 1995; 9, 10 y 12 de la Ley 489 de 1998; 6 del Decreto 110 de 2004; literal A del artículo 38 del Decreto 4944 de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política, en su artículo 208, define a los Ministros como Jefes de la Administración en sus respectivas carteras, a quienes les corresponde, bajo la Dirección del Presidente de la República, formular las políticas atinentes a su Despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley;
Que el artículo 209 de la Constitución Política enuncia, entre otros, a la delegación como uno de los medios para desarrollar la función administrativa, y el artículo 211 de la Carta señala que la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos;
Que de conformidad con lo dispuesto en el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, son funciones de los Ministros, además de las que le señalan la Constitución Política y las disposiciones legales especiales, las de “Dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia”;
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o prevé que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarias”;
Que en desarrollo de los principios constitucionales que inspiran la función administrativa asignada al Ministerio de Relaciones Exteriores, se hace necesario delegar en algunos funcionarios del nivel directivo y asesor, algunas funciones inherentes a la gestión del Ministerio;
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4o de la Resolución 4179 de 2009> Delegar en la Secretaría General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:
En materia de administración de personal:
1. Conferir de acuerdo con la normatividad vigente y previa aprobación del Jefe de Gabinete, comisiones de estudio y de servicio al exterior, en el exterior y del exterior al interior, y reconocer y ordenar el pago de viáticos y transporte cuando a ello hubiere lugar, a los funcionarios de la planta interna y externa del Ministerio de Relaciones Exteriores, para lo cual se deberá tramitar cuando sea necesario la autorización respectiva para aceptar una invitación de gobierno extranjero. 2. Conferir comisiones al interior del país, previa aprobación del supervisor del contrato, a los contratistas cuando así se haya pactado en el respectivo contrato, y al exterior del país previa aprobación del supervisor del contrato y del Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4o de la Resolución 4179 de 2009> Delegar en la Directora del Talento Humano, las siguientes funciones:
En materia de administración de personal:
1. Ordenar los gastos inherentes a la nómina del Ministerio de Relaciones Exteriores, a las contribuciones inherentes a la nómina y a las cuentas que deban reconocerse por concepto de pago de servicios personales de los servidores del Ministerio, y expedir los actos administrativos necesarios para su cumplimiento.
2. Autorizar las comisiones de servicio dentro del territorio nacional de los servidores del Ministerio, previa aprobación del superior inmediato.
3. Conceder vacaciones a los servidores del Ministerio de la planta interna y externa, previa aprobación del superior inmediato, y a los Jefes de Misión Diplomática y Consular previa aprobación del Jefe de Gabinete.
La delegación para conceder vacaciones a que se refiere el presente numeral, comprende la facultad para reconocerlas y autorizar su pago, compensarlas en dinero, interrumpirlas o aplazarlas, todo de conformidad con las normas vigentes que regulan la materia.
4. Conceder licencia ordinaria, licencia por enfermedad o por maternidad a los servidores de la planta interna y externa del Ministerio.
5. Encargar en planta interna y externa, previa aprobación del superior inmediato, de las funciones del cargo del servidor que se encuentre en vacaciones, licencia ordinaria, licencia por enfermedad o por maternidad, comisiones de servicio, renuncia y/o vacancia mientras se designa su titular; así mismo, designará encargado de negocios a.i., cuando se trate de Jefes de Misión Diplomática, y encargado de funciones consulares, cuando se trate de Jefes de Oficina Consular, que se encuentren en alguna de las situaciones anteriores, previa aprobación del Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4o de la Resolución 4179 de 2009> Los permisos remunerados hasta por tres (3) días, los concederá el Jefe Inmediato siempre y cuando medie justa causa e informe a la Dirección del Talento Humano.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4o de la Resolución 4179 de 2009> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones números 5440 del 30 de noviembre de 2001, 5320 del 4 de diciembre de 2006, y el artículo 3o de la Resolución 4443 del 12 de octubre de 2006.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 29 de septiembre de 2008.
El Ministro de Relaciones Exteriores,
JAIME BERMÚDEZ MERIZALDE.
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