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RESOLUCIÓN 3865 DE 2014

(junio 6)

Diario Oficial No. 49.178 de 10 de junio de 2014

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2016.

LA VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto-ley 274 de 2000, el Decreto número 3355 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 14 del Decreto-ley 274 de 2000 establece:

“El ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se hará por concurso.

Los concursos de ingreso serán abiertos y tendrán por objeto establecer la aptitud e idoneidad de los aspirantes a la Carrera Diplomática y Consular. El ingreso a la carrera solo podrá hacerse en la categoría de tercer secretario…”.

Que el artículo 17 del Decreto-ley 274 de 2000 establece: “La convocatoria es norma reguladora de todo concurso y obliga tanto a la Cancillería como a todos los participantes y se deberá llevar a cabo anualmente…”

Que el artículo 13 del Decreto-ley 274 de 2000 establece:

“(…)

Por virtud del principio de Especialidad, la administración y vigilancia de la carrera diplomática y consular estará a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de los órganos que en este estatuto se indiquen”.

Que el artículo 9o del Decreto número 3355 de 2009, numerales 1 y 2 establece como funciones de la Dirección de la Academia Diplomática:

(…)

“1. Adelantar el proceso de selección de aspirantes para el ingreso a la Academia Diplomática.

2. Realizar los concursos de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales que la regulan.

 (…)”

Que el artículo 21 del Decreto-ley 274 de 2000 establece:

“(…)

El mínimo de pruebas que deberá aplicarse en desarrollo de los concursos de ingreso, se establecerá mediante Resolución Ministerial, con base en la propuesta que hiciere el Consejo Académico de la Academia Diplomática. Estas pruebas buscarán que los aspirantes tengan un perfil profesional acorde con los principios y objetivos de la Carrera Diplomática y Consular.

Los aspirantes serán seleccionados en estricto orden, según el puntaje total que obtengan y de acuerdo con los cupos establecidos en la convocatoria. Los admitidos ingresarán a la Academia Diplomática para adelantar el curso de Capacitación que esta programe.

(…)”

Que el Consejo Académico de la Academia Diplomática presentó la propuesta a la que se refiere el artículo 21 del Decreto-ley 274, en Sesión número 4 del 9 y 10 de abril de 2014 y en la Sesión número 5 del 22 y 23 de mayo de 2014.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

I. CONVOCATORIA:

ARTÍCULO 1o. CONVOCATORIA. Convocar a concurso abierto para seleccionar hasta sesenta (60) profesionales que integrarán el Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular durante el año 2015, con miras a elegir hasta treinta y cinco (35) profesionales que ingresarán a la Carrera Diplomática y Consular en el año 2016, como Terceros Secretarios en período de prueba, en los términos contenidos en el Decreto-ley 274 de 2000.

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ARTÍCULO 2o. DIVULGACIÓN. La presente convocatoria se divulgará a través de los siguientes medios:

-- Publicación de dos avisos en prensa de amplia circulación nacional, efectuados en días distintos.

-- Divulgación en Universidades.

-- Fijación en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.cancilleria.gov.co/academy)

-- Publicación en la Cartelera de la Academia Diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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ARTÍCULO 3o. REQUISITOS MÍNIMOS PARA CONCURSAR. Podrán participar en el presente Concurso, quienes cumplan con los requisitos mínimos contenidos en el artículo 20 del Decreto-ley 274 de 2000, así:

a) Ser colombiano de nacimiento y no tener doble nacionalidad;

b) Poseer título universitario oficialmente reconocido, expedido por establecimiento de Educación Superior;

c) Tener definida su situación militar;

d) Hablar y escribir correctamente, además del español, otro idioma de uso diplomático.

II. ETAPAS DEL CONCURSO:

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ARTÍCULO 4o. ETAPAS DEL CONCURSO. El proceso de selección de aspirantes a la Carrera Diplomática y Consular, de acuerdo con el artículo 16 del Decreto-ley 274 de 2000, está conformado por las siguientes etapas, a saber:

-- La convocatoria.

-- La inscripción para el Concurso.

-- La aplicación de pruebas de ingreso a la Academia Diplomática, incluida la entrevista personal.

-- Conformación de la lista de elegibles de acuerdo con los resultados del concurso.

-- La evaluación y calificación del rendimiento en la Academia.

-- El nombramiento en período de prueba.

Las cuatro primeras etapas son objeto de regulación en esta resolución, en armonía con el artículo 21 ibídem, en tanto que las dos últimas deberán reglamentarse posteriormente mediante Resolución Ministerial y con sujeción al Reglamento Académico, como lo disponen los artículos 22 y 23 del Decreto-ley 274 de 2000.

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ARTÍCULO 5o. CONVOCATORIA. La presente convocatoria se encuentra regida por lo dispuesto en el Decreto-ley 274 de 2000, y tiene por finalidad garantizar el ingreso de personal idóneo a la Carrera Diplomática y Consular, con base en el mérito, a través de procedimientos que garanticen la participación, en igualdad de condiciones, de quienes demuestren poseer los requisitos para ingresar a la Carrera Diplomática y Consular.

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ARTÍCULO 6o. CRONOGRAMA. El cronograma del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular 2016, es el siguiente:

ACTIVIDADFECHA
Inscripciones12 al 29 de septiembre 2014
Tiempo para subsanar la inscripciónHasta las 12 de la noche del 30 de septiembre de 2014
Publicación de lista de inscritos y lugar, fecha y hora de presentación de las pruebas 2 de octubre de 2014
Presentación de pruebas escritas9 octubre de 2014
Publicación resultados de las pruebas escritas24 de octubre de 2014
Solicitud de revisiones de las pruebas escritas Desde el 24 octubre hasta el 10 de noviembre de 2014
Publicación de resultados de revisiones de las pruebas escritas13 de noviembre de 2014
ACTIVIDADFECHA
Entrevista24 al 28 de noviembre 2014
Publicación de resultados de las entrevistas 2 de diciembre de 2014
Solicitud de revisión de las entrevistas Desde el 2 hasta el 17 de diciembre de 2014
Publicación lista de admitidos incluidos los resultados de revisiones de entrevista22 de diciembre de 2014
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ARTÍCULO 7o. INSCRIPCIÓN AL CONCURSO. La inscripción al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular de la República de Colombia, se llevará a cabo entre los días calendario comprendidos entre el 12 y el 29 de septiembre de 2014 hasta las 12 de la noche.

La inscripción deberá realizarse a través de la página web www.cancilleria.gov.co/academy mediante el diligenciamiento digital de un formulario de inscripción, y adjuntando los siguientes documentos:

-- Fotografía a color, reciente.

-- Copia simple de la cédula de ciudadanía o contraseña ampliada al 150% por ambos lados.

-- Copia simple de la libreta militar ampliada al 150% por ambos lados.

-- Copia simple del título universitario avalado por el Ministerio de Educación Nacional. En caso de que el título haya sido otorgado en el exterior, deberá adjuntar copia simple de la Resolución de convalidación expedida por el Ministerio de Educación Nacional.

-- Copia simple del acta de grado si el título ha sido expedido en Colombia.

-- Copias simples de los certificados del examen internacional estandarizado que demuestre que el aspirante habla y escribe correctamente otro idioma de uso diplomático distinto al español, en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (CEFR por sus siglas en Inglés). Estos certificados deberán haberse expedido dentro de los veinticuatro (24) meses anteriores a su presentación ante la Academia Diplomática.

PARÁGRAFO 1o. El aspirante podrá acreditar un segundo idioma, mediante un certificado expedido por una universidad reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, que demuestre que habla y escribe correctamente otro idioma de uso diplomático distinto al español, en un nivel B2.

PARÁGRAFO 2o. Cuando los aspirantes hayan cursado sus estudios de educación media o superior en instituciones nacionales cuyo pensum sea dictado completamente en un idioma diferente al español, de acuerdo con la aprobación del Ministerio de Educación Nacional, o cuando hayan cursado sus estudios en el exterior en un Estado cuya lengua materna sea diferente al español, los diplomas correspondientes a tales estudios se aceptarán como certificado de dominio de la lengua en la cual se hayan cursado los estudios.

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ARTÍCULO 8o. TERCER IDIOMA. El aspirante que desee acreditar un tercer idioma, deberá anexar, al momento de la inscripción, copia simple del certificado del examen internacional estandarizado que demuestre que el aspirante habla y escribe correctamente otro idioma de uso diplomático distinto al español, en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (CEFR por sus siglas en Inglés). Estos certificados deberán haberse expedido dentro de los veinticuatro (24) meses anteriores a su presentación ante la Academia Diplomática.

PARÁGRAFO 1o. El aspirante podrá acreditar un tercer idioma mediante un certificado expedido por una universidad reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, que demuestre que habla y escribe correctamente otro idioma de uso diplomático distinto al español, en un nivel B2.

PARÁGRAFO 2o. Cuando los aspirantes hayan cursado sus estudios de educación media o superior en instituciones nacionales cuyo pensum sea dictado completamente en un idioma diferente al español, de acuerdo con la aprobación del Ministerio de Educación Nacional, o cuando hayan cursado sus estudios en el exterior en un Estado cuya lengua materna sea diferente al español, los diplomas correspondientes a tales estudios se aceptarán como certificado para acreditar el tercer idioma de la lengua en la cual se hayan cursado los estudios.

PARÁGRAFO 3o. De conformidad con el artículo 3o de esta resolución, no será causal de rechazo de la inscripción la falta de acreditación de un tercer idioma. No obstante, el aspirante que lo acredite, obtendrá un puntaje adicional, equivalente al 5% del puntaje total del Concurso (100%).

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ARTÍCULO 9o. RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS. Realizada la inscripción y remisión de la documentación relacionada con anterioridad, se recibirá por vía electrónica, un número de confirmación donde conste el recibo de la documentación y el formulario. Con este número se podrá verificar el estado del trámite.

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ARTÍCULO 10. ACEPTACIÓN DE DOCUMENTOS. La Academia Diplomática revisará el formulario y la documentación remitida vía electrónica por el aspirante y, en caso de que se incluyan todos los documentos e información solicitados, enviará por la misma vía la confirmación de la inscripción. De lo contrario, la inscripción será rechazada mediante comunicación que será enviada por vía electrónica al remitente, con indicación del documento o de la información omitida o acompañada de forma irregular.

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ARTÍCULO 11. TIEMPO PARA SUBSANAR. Dentro del término de inscripción y hasta el día siguiente del cierre de la misma, el aspirante podrá subsanar los requisitos indicados como omitidos.

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ARTÍCULO 12. PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ADMITIDOS. El día 2 de octubre de 2014, se fijará en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores www.cancilleria.gov.co/academy, la lista de aspirantes admitidos para presentar las pruebas correspondientes a la primera etapa del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular 2016.

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ARTÍCULO 13. APLICACIÓN DE PRUEBAS DE INGRESO A LA ACADEMIA DIPLOMÁTICA, INCLUIDA LA ENTREVISTA. Las pruebas o instrumentos de selección dirigidos a apreciar la capacidad, idoneidad y potencialidad del aspirante a ingresar al Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular, seleccionados por el Consejo Académico en la propuesta presentada para el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2016, en Sesión número 4 del 9 y 10 de abril de 2014 y en la Sesión número 5 del 22 y 23 de mayo de 2014, son las siguientes:

ETAPASPRUEBADEFINICIÓNMETODOLOGÍAPORCENTAJE
PRUEBAS ESCRITAS
(PRIMERA ETAPA)
Colombia

(prueba de conocimiento)
Aspectos históricos, políticos y económicos de ColombiaSelección múltiple20%
Colombia en el Contexto Mundial

(prueba de conocimiento)
Inserción de Colombia en el contexto mundialEnsayo20%
Negociación

(prueba de competencias)
Ejercicios para aplicar técnicas y estrategias de negociaciónPreguntas y/o Selección múltiple15%
Razonamiento Lógico

(prueba de competencias)
Ejercicios de comprensión de lectura y razonamiento lógicoPreguntas y/o Selección múltiple15%
Evaluación de CompetenciasEvaluación de CompetenciasSelección múltiple15%
ENTREVISTA
(SEGUNDA ETAPA)
Entrevista EntrevistaEntrevista Personal15%
TOTAL100%
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ARTÍCULO 14. PUNTAJE DE LAS PRUEBAS ESCRITAS DE CONOCIMIENTO, Y COMPETENCIAS. Las pruebas escritas de conocimiento y competencias están dirigidas a evaluar los conocimientos de los aspirantes en aspectos históricos, políticos y económicos de Colombia; su habilidad en la comprensión verbal y razonamiento lógico; la aplicación de técnicas y estrategias de negociación y la evaluación de competencias. Dichas pruebas de carácter eliminatorio, y su valor en el Concurso corresponde al 85% del porcentaje total del Concurso (100%).

Por tanto, la sumatoria de los puntajes otorgados frente a estas cinco pruebas escritas, debe ser igual o superior al 70% del 85%, equivalente al 59.50%, so pena de que el aspirante quede eliminado y no pueda continuar a la siguiente etapa del Concurso.

PRUEBAS ESCRITASPORCENTAJE
Colombia20%
Colombia en el Contexto Mundial20%
Negociación15%
Razonamiento Lógico15%
Evaluación de Competencias15%
TOTAL85%
70%59,50%
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ARTÍCULO 15. PUNTAJE DE LA ENTREVISTA. La entrevista está dirigida a evaluar la idoneidad y aptitud del aspirante para iniciar el proceso de formación con miras a ingresar a la Carrera Diplomática y Consular de la República de Colombia, teniendo en cuenta para ello el perfil deseable que debe reunir el funcionario diplomático contemporáneo, con sujeción a los desafíos y retos de la política exterior colombiana.

La entrevista tiene carácter clasificatorio y su valor en el Concurso corresponde al 15% del porcentaje total del Concurso (100%).

PRUEBAMETODOLOGÍA VALOR
EntrevistaEntrevista personal15%
TOTAL15%
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ARTÍCULO 16. PUNTAJE DEL TERCER IDIOMA. De conformidad con lo establecido en artículo 7o de la presente resolución, el aspirante que acredite un tercer idioma, se le otorgará un puntaje adicional equivalente al 5% del puntaje total del Concurso (100%).

Una vez se tengan los resultados finales del Concurso, el aspirante que acredite un tercer idioma se le sumará un valor adicional del tercer idioma (5%) hasta completar el máximo puntaje del Concurso. En caso que la suma total del puntaje obtenido en todas las pruebas y el puntaje adicional del tercer idioma, sea mayor al máximo puntaje total del Concurso, se tendrá como resultado, el máximo puntaje del Concurso (100%).

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ARTÍCULO 17. CONFORMACIÓN DE LA LISTA DE ADMITIDOS DE ACUERDO CON LOS RESULTADOS DEL CONCURSO. Los aspirantes que ingresarán a la Academia Diplomática para adelantar el Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular programado para el año 2015, serán seleccionados en estricto orden descendente, según el puntaje total obtenido en el Concurso y de acuerdo con los sesenta (60) cupos establecidos en esta convocatoria.

Quien ingresa al Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular deberá haber cumplido de manera concurrente, los siguientes requisitos:

1. Haber satisfecho los requisitos mínimos para concursar establecidos en el artículo 20 del Decreto-ley 274 de 2000.

2. Haber aprobado las pruebas de conocimiento y competencias, con un porcentaje igual o superior al 70% del puntaje otorgado en el Concurso a dichas pruebas.

3. Haber obtenido un puntaje igual o superior al 70% del puntaje total del Concurso.

Entre los aspirantes que cumplan con los anteriores requisitos, serán escogidos los sesenta (60) mejores puntajes, los cuales corresponden a los cupos establecidos en la presente convocatoria.

III. CONVOCATORIA Y ESTRUCTURA DE LAS PRUEBAS ESCRITAS DE CONOCIMIENTOS, COMPETENCIA Y PSICOTÉCNICA

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ARTÍCULO 18. CIUDADES DONDE SE PRACTICARÁN LAS PRUEBAS ESCRITAS DE CONOCIMIENTOS Y COMPETENCIAS. Los exámenes se realizarán en las ciudades de Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Medellín, Pasto, Pereira, San Andrés, Leticia, Quibdó y Villavicencio.

PARÁGRAFO 1o. Una vez el concursante seleccione la ciudad en la que presentará las pruebas escritas, no podrá efectuar cambio alguno.

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ARTÍCULO 19. FECHA DE LAS PRUEBAS ESCRITAS. Las pruebas escritas de conocimiento y competencia se practicarán el día 9 de octubre de 2014 a partir de las 8:00 horas, de forma presencial.

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ARTÍCULO 20. PUBLICACIÓN DEL LUGAR Y HORA DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS ESCRITAS. La Academia Diplomática publicará el día 2 de octubre de 2014, a través de la página de internet del Ministerio de Relaciones Exteriores www.cancilleria.gov.co/academy, la lista de admitidos y el lugar y hora de realización de las pruebas escritas, en las ciudades antes mencionadas.

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ARTÍCULO 21. COMPOSICIÓN DE LAS PRUEBAS. Las pruebas escritas estarán compuestas por los siguientes módulos:

9 DE OCTUBRE - APLICACIÓN DE PRUEBAS ESCRITAS

PRUEBASDEFINICIÓNMETODOLOGÍAHORARIO
Colombia
(prueba de conocimiento)
Aspectos históricos, políticos y económicos de Colombia
Selección múltiple8:00 – 8:45
Colombia en el Contexto Mundial

(prueba de conocimiento)
Inserción de Colombia en el contexto mundialEnsayo8:45 – 9:45
Negociación

(prueba de competencia)
Ejercicios para aplicar técnicas y estrategias de negociaciónPreguntas y/o Selección múltiple9:45 – 10:45
Razonamiento Lógico

(prueba de competencia)
Ejercicios de comprensión de lectura y razonamiento lógicoPreguntas y/o Selección múltiple10:45 – 11:45
Evaluación de CompetenciasEvaluación de competenciasSelección múltiple12:15 - 1:45
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ARTÍCULO 22. RESULTADOS. Los resultados obtenidos por cada uno de los aspirantes, en las pruebas escritas serán publicados el día 24 de octubre de 2014 en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y en la cartelera de la Academia Diplomática.

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ARTÍCULO 23. SOLICITUD DE REVISIÓN. Los concursantes podrán solicitar la revisión del puntaje obtenido en estas pruebas ante la Academia Diplomática. Esta solicitud debe ser motivada y presentarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de los resultados.

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ARTÍCULO 24. RESULTADOS DE LAS REVISIONES Y ADMITIDOS A ENTREVISTA. Los resultados de la revisión de los puntajes de las pruebas escritas, y la lista de admitidos a la siguiente etapa del Concurso, se fijará en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página de internet del Ministerio de Relaciones Exteriores www.cancilleria.gov.co/academy, el día 13 de noviembre de 2014.

IV. ENTREVISTA

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ARTÍCULO 25. ENTREVISTA PERSONAL. La entrevista personal será desarrollada por tres (3) jurados, entre ellos un (1) psicólogo y estará orientada a la determinación de la idoneidad y aptitud del concursante para iniciar el proceso de formación con miras a ingresar a la Carrera Diplomática y Consular de la República, teniendo en cuenta para ello el perfil deseable que debe reunir el funcionario diplomático contemporáneo, con sujeción a los desafíos y retos de la política exterior colombiana.

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ARTÍCULO 26. PORCENTAJE DE LA ENTREVISTA PERSONAL. La entrevista personal tiene carácter clasificatorio y su valor en el concurso corresponde al 15% del porcentaje total del Concurso (100%).

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ARTÍCULO 27. HORARIO DE LA ENTREVISTA. La Entrevista personal se realizará en la ciudad de Bogotá D. C., en las instalaciones de la Dirección de la Academia Diplomática, entre los días 24 al 28 de noviembre de 2014, a partir de las 8:00 a. m., de acuerdo con los horarios publicados en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores www.cancilleria.gov.co/academy.

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ARTÍCULO 28. EVALUACIÓN DE LA ENTREVISTA PERSONAL. En la entrevista personal se evaluarán los siguientes criterios, cada uno con su respectivo puntaje:

CRITERIOPUNTAJE
ADAPTABILIDAD. Capacidad para ajustarse a diferentes situaciones y apertura al cambio. 20
ESTABILIDAD EMOCIONAL. Capacidad para adaptarse a diferentes ambientes manteniendo el control emocional en situaciones de tensión y condiciones de trabajo apremiantes.15
PERSISTENCIA. Capacidad para ser constante y perseverar en las actividades que se realizan.9
RELACIONES INTERPERSONALES. Capacidad para establecer y mantener relaciones armoniosas y cordiales.13
ACTITUD DE SERVICIO. Se preocupa por entender y resolver los requerimientos de los demás y sus comportamientos están dirigidos a satisfacer las necesidades de las otras personas.9
TRABAJO EN EQUIPO. Capacidad para establecer relaciones de participación y cooperación con otros. 12
LIDERAZGO. Encaminar las acciones de gestión y dirección del grupo hacia una meta.12
CONFIDENCIALIDAD. Manejar la información que llega a su conocimiento en el desempeño de sus funciones con la reserva y el cuidado requeridos.10
TOTAL100 puntos equivalentes al 15% de la Entrevista Personal
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ARTÍCULO 29. GRABACIÓN DE LAS ENTREVISTAS. En desarrollo de los principios de imparcialidad y transparencia, la Academia Diplomática dispondrá de la grabación de las entrevistas y el entrevistador deberá diligenciar los formatos establecidos por la Dirección de la Academia Diplomática para tal fin.

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ARTÍCULO 30. JURADOS. Los miembros del jurado calificador que intervendrán en el proceso de calificación de las entrevistas serán seleccionados oportunamente por la Dirección de la Academia Diplomática, y podrán ser funcionarios de nivel Asesor o Directivo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

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ARTÍCULO 31. RESULTADOS DE LAS ENTREVISTAS. Los resultados obtenidos por cada uno de los aspirantes en la entrevista personal serán publicados el día 2 diciembre de 2014 en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y en la cartelera de la Academia Diplomática.

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ARTÍCULO 32. REVISIÓN DE PUNTAJE PRUEBAS. Los concursantes podrán solicitar, mediante escrito motivado, la revisión del puntaje obtenido en la entrevista personal ante la Dirección de la Academia Diplomática dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de los resultados de las mismas.

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ARTÍCULO 33. RESULTADOS DE LA REVISIÓN. La Academia Diplomática publicará los resultados de las solicitudes de revisión presentadas el día 22 de diciembre de 2014 junto con la lista de admitidos para el ingreso al Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular de la Academia Diplomática.

V. CONFORMACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES PARA INGRESO AL CURSO ANUAL DE CAPACITACIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR

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ARTÍCULO 34. CONFORMACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES. Los aspirantes que ingresarán a la Academia Diplomática para adelantar el Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular programado para el año 2015, serán seleccionados en estricto orden descendente, según el puntaje total obtenido en el concurso y de acuerdo con los cupos establecidos en esta convocatoria.

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ARTÍCULO 35. PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ELEGIBLES. La lista para el ingreso al Curso Anual de Capacitación Diplomática y Consular de la Academia Diplomática con los resultados de las revisiones de puntaje se comunicará con la publicación en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.cancilleria.gov.co/academy) el día 22 de diciembre de 2014. Contra la lista de elegibles no procede recurso alguno.

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ARTÍCULO 36. RECLAMACIONES SOBRE IRREGULARIDADES EN EL CONCURSO. Las reclamaciones sobre presuntas irregularidades en el desarrollo del concurso de ingreso deberán ser motivadas y podrán ser presentadas por el interesado, en forma escrita y dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de los resultados de las pruebas, en primera instancia ante el Consejo Académico de la Academia Diplomática y en segunda instancia ante la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión de primera instancia.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

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ARTÍCULO 37. Para la ejecución de la presente convocatoria, se tendrán en cuenta las siguientes disposiciones:

-- No podrán presentarse al Concurso quienes conforme a la Constitución y la Ley se encuentren inhabilitados para ejercer cargos públicos o se encuentren suspendidos del ejercicio de su profesión, tampoco las personas que tengan doble nacionalidad.

-- Con el diligenciamiento del formulario de inscripción el Ministerio de Relaciones Exteriores entenderá que el aspirante no está incurso en ninguna situación de inhabilidad o incompatibilidad para ejercer la profesión o desempeñar cargos públicos.

-- Para ingresar a las pruebas tanto escritas, como orales, el aspirante deberá presentar su cédula de ciudadanía o contraseña expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en original.

-- En desarrollo de los principios de imparcialidad y transparencia, la Academia Diplomática efectuará las grabaciones la entrevista personal.

PARÁGRAFO. La Dirección de la Academia Diplomática podrá tomar las medidas necesarias sobre situaciones no previstas en la presente Resolución, siempre y cuando estén en estricta concordancia con las normas que regulan el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, previstas en el Decreto-ley 274 de 2000, en la presente Resolución y en las funciones de la Dirección de la Academia Diplomática, las cuales deberán ser informadas a todos los concursantes.

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ARTÍCULO 38. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D. C., a 6 de junio de 2014.

La Viceministra de Relaciones Exteriores encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,

PATTI LONDOÑO JARAMILLO.

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