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RESOLUCIÓN 3560 DE 2017

(mayo 25)

Diario Oficial No. 50.245 de 26 de mayo de 2017

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se convoca a Concurso para Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2019.

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política; por el artículo 61 de la Ley 489 de 1998; por los artículos 13 al 24 del Decreto-ley 274 de 2000 “por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”; y

CONSIDERANDO:

Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se efectúa exclusivamente por concurso abierto, en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación del Curso de Capacitación Diplomática y Consular.

Que de acuerdo con el artículo 13 del Decreto-ley 274 de 2000, la administración y vigilancia de la Carrera Diplomática y Consular están a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que de conformidad con los artículos 17 y 18 del Decreto-ley 274 de 2000, la convocatoria para seleccionar los aspirantes a ingresar a la Carrera Diplomática y Consular de la República, se efectuará anualmente mediante resolución expedida por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Que por medio del numeral 2 del artículo 10 del Decreto 869 de 2016 se asigna a la Academia Diplomática la función de realizar los concursos de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, de conformidad con lo establecido en las disposiciones legales que la regulan.

Que es necesario establecer y reglamentar las pruebas que deberán aplicarse en desarrollo del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, con base en la propuesta que hace el Consejo Académico de la Academia Diplomática.

Que el Consejo Académico de la Academia Diplomática presentó la propuesta a la que se refiere el artículo 21 del Decreto-ley 274, en sesión del 23 de marzo registrada en el Acta número 02 y en sesión virtual citada oportunamente y registrada en el Acta número 03 del 25 de mayo de 2017.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

TÍTULO I.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Convocar y reglamentar el concurso de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2019, con base en el mérito, a través de procedimientos que garanticen la participación en igualdad de condiciones, de quienes demuestren cumplir con los requisitos para tal fin, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 274 de 2000.

TÍTULO II.

ETAPAS DEL CONCURSO.

CAPÍTULO I.

CONVOCATORIA.

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ARTÍCULO 2o. CONVOCATORIA. Convocar a concurso abierto para seleccionar hasta 35 profesionales que integrarán el Curso de Capacitación Diplomática y Consular durante el año 2018, con miras a elegir hasta 20 profesionales que ingresarán a la Carrera Diplomática y Consular en el año 2019, como Terceros Secretarios en período de prueba, en los términos contenidos en el Decreto-ley 274 de 2000 y en la presente resolución.

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ARTÍCULO 3o. DIVULGACIÓN. La convocatoria se divulgará mediante su publicación en la cartelera de la Academia Diplomática, en la página web de la Cancillería, www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica a través de las cuentas oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores en las diferentes redes sociales y, además, se utilizarán mínimo dos de los siguientes medios:

1. Prensa de amplia circulación nacional: Publicación de dos (2) avisos en días distintos.

2. Radio o televisión: al menos dos (2) avisos en días distintos y en horarios de alta sintonía.

3. Universidades.

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ARTÍCULO 4o. REQUISITOS. Podrán participar en el presente Concurso quienes cumplan con los siguientes requisitos, de lo cual el aspirante dará fe ante el Ministerio de Relaciones Exteriores con el diligenciamiento del formulario de inscripción:

1. Ser colombiano de nacimiento y no tener doble nacionalidad.

2. Tener título profesional universitario expedido por establecimiento de Educación Superior oficialmente reconocido.

3. Tener definida su situación militar.

4. No encontrarse inhabilitado para ejercer cargos públicos o suspendido del ejercicio de su profesión.

5. Hablar y escribir, además del español, el idioma inglés mínimo en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

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ARTÍCULO 5o. CRONOGRAMA. El Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2019 se desarrollará de acuerdo con la siguiente programación:

ACTIVIDADFECHA
Inscripciones y revisión de documentos Lunes 4 al viernes 15 de septiembre de 2017.
Publicación de la lista de aspirantes admitidos para presentar pruebas. Viernes 22 de septiembre de 2017.
Presentación de pruebas de conocimiento y prueba psicotécnica.Sábado 30 de septiembre de 2017.
Publicación de resultados de las pruebas de conocimiento.Jueves 19 de octubre de 2017.
Solicitud de revisión de puntajes de las pruebas de conocimiento.Viernes 20 de octubre al martes 24 de octubre de 2017.
Publicación de resultados finales de las pruebas de conocimiento y del listado de admitidos a entrevista Jueves 2 de noviembre de 2017.
Presentación de entrevistas Martes 14 de noviembre al miércoles 22 de noviembre de 2017.
Publicación de resultados de las entrevistas Lunes 27 de noviembre de 2017
Solicitud de revisión de puntajes de entrevistasMartes 28 al jueves 30 de noviembre de 2017.
Publicación de los resultados finales de las entrevistas y de la lista de admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2018.Jueves 7 de diciembre de 2017.
Confirmación de la participación en el Curso.Hasta el viernes 15 de diciembre de 2017.

CAPÍTULO II.

INSCRIPCIONES.

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ARTÍCULO 6o. INSCRIPCIÓN. La inscripción al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2019 se llevará a cabo entre las ocho (8:00) horas del lunes 4 de septiembre de 2017 y las diecisiete (17:00) horas del viernes 15 de septiembre de 2017, hora colombiana, para lo cual el aspirante deberá:

1. Diligenciar el formulario virtual de inscripción disponible en la página www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica.

2. Adjuntar copia simple de los documentos señalados en los artículos 7o y 8o de la presente resolución.

3. Escoger la ciudad en la que presentará las pruebas escritas. Una vez seleccione la ciudad, no podrá efectuar ningún cambio.

4. Aceptar la declaración juramentada de veracidad de la información, documentos presentados y de requisitos exigidos.

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ARTÍCULO 7o. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS. Los documentos que deberán adjuntarse al momento de la inscripción virtual, son los siguientes:

1. Fotografía reciente, a color, tipo documento (Formato JPG).

2. Cédula de Ciudadanía o contraseña ampliada al 150% por ambos lados (Formato PDF).

3. Documento que acredite tener definida la situación militar (Formato PDF).

4. Diploma de grado correspondiente al título profesional universitario expedido por una institución de educación superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Cuando el título haya sido otorgado en el exterior, deberá adjuntar copia simple de la Resolución de Convalidación expedida por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia (Formato PDF).

5. Certificado vigente del Examen Internacional Estandarizado que demuestre que habla y escribe el idioma inglés en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

PARÁGRAFO 1o. La vigencia del certificado correspondiente al idioma inglés, será la establecida en el mismo documento.

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ARTÍCULO 8o. TERCER IDIOMA. El aspirante podrá acreditar un tercer idioma de uso diplomático, para lo cual deberá aportar copia simple del certificado vigente del Examen Internacional Estandarizado que demuestre que habla y escribe dicho idioma en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

PARÁGRAFO 1o. La vigencia del certificado correspondiente al tercer idioma será la que figure en el mismo documento.

PARÁGRAFO 2o. Si aporta la certificación correspondiente del tercer idioma, el aspirante obtendrá un puntaje adicional equivalente al 1% del puntaje total alcanzado en la Fase I (Pruebas de conocimiento).

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ARTÍCULO 9o. REVISIÓN DE LA INSCRIPCIÓN. Realizada la inscripción virtual, el aspirante recibirá un correo electrónico automático del usuario [email protected] con el código asignado a su inscripción y la información de que esta se encuentra en proceso de revisión. La Academia Diplomática verificará la información y los documentos aportados por el aspirante, y si estos cumplen con lo requerido en la presente resolución, le informará por vía electrónica la aceptación definitiva de su inscripción. De lo contrario, le indicará el motivo de rechazo para que el aspirante ingrese nuevamente al formulario virtual con su código de inscripción y realice las correcciones correspondientes, para lo cual contará con tres días hábiles a partir de la notificación de rechazo.

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ARTÍCULO 10. PUBLICACIÓN LISTA DE ASPIRANTES ADMITIDOS. La lista de aspirantes admitidos a presentar las pruebas, se publicará en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web de la Cancillería www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el viernes 22 de septiembre de 2017.

CAPÍTULO III.

PRUEBAS DEL CONCURSO.

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ARTÍCULO 11. PRUEBAS. Son instrumentos de selección dirigidos a evaluar la capacidad, idoneidad y potencialidad del aspirante a ingresar al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2018, y fueron propuestas por el Consejo Académico en sesión del 23 de marzo registrada en el Acta número 02 y en sesión virtual citada oportunamente y registrada en el Acta número 03 del 25 de mayo de 2017.

Las pruebas son de carácter obligatorio, por lo que el aspirante inscrito deberá presentar la totalidad de las mismas.

Las pruebas para el Concurso se realizarán en dos fases:

1. Pruebas de conocimiento, que se practicarán en cada ciudad autorizada; y

2. Evaluación personal, compuesta por una prueba psicotécnica y una entrevista, esta última a realizarse en la ciudad de Bogotá.

FASEPRUEBADEFINICIÓNMETODOLOGÍAVALOR
FASE I

PRUEBAS DE CONOCIMIENTO
Comunicación escrita en español Capacidad argumentativa, síntesis, vocabulario y ortografía.Ensayo15%
ColombiaAspectos constitucionales, históricos, políticos, geográficos, culturales y económicos de ColombiaSelección múltiple15%
El Contexto Internacional y los retos para ColombiaAgenda temática de Colombia en el ámbito bilateral y multilateral. Selección múltiple25%
FASE II

PRUEBAS EVALUACIÓN PERSONAL
Prueba psicotécnicaEvaluación de competencias.Selección múltiple15%
EntrevistaReunión con jurado evaluador Presencial30%

PARÁGRAFO 1o. Para ingresar tanto a las pruebas escritas como a la entrevista, el aspirante deberá presentar el original de su cédula de ciudadanía o contraseña.

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ARTÍCULO 12. PRIMERA FASE. Pruebas de conocimiento. Esta primera fase está conformada por tres pruebas dirigidas a evaluar al aspirante en las materias establecidas, y su valor corresponde al 55% del valor total de las pruebas del Concurso. La sumatoria de los puntajes ponderados obtenidos en esta fase, debe ser igual o superior a 38.5% para que el aspirante pueda formar parte de la lista de admitidos a la entrevista.

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ARTÍCULO 13. CIUDADES Y FECHA DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE CONOCIMIENTO. Las pruebas de conocimiento, junto con la prueba psicotécnica, se practicarán de manera presencial, el sábado 30 de septiembre del 2017, en las siguientes ciudades: Barranquilla, Bogotá D. C., Bucaramanga, Cali y Medellín.

PARÁGRAFO. El lugar y hora específicos de realización de estas pruebas, se publicará oportunamente en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica

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ARTÍCULO 14. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DE CONOCIMIENTO. Los resultados de las pruebas de conocimiento se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web de la Cancillería, el jueves 19 de octubre del 2017.

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ARTÍCULO 15. REVISIÓN DE LOS PUNTAJES DE LAS PRUEBAS DE CONOCIMIENTO. Los concursantes podrán solicitar la revisión del puntaje obtenido en las pruebas de conocimiento, mediante comunicación dirigida a la Academia Diplomática al correo [email protected] entre el viernes 20 y el martes 24 de octubre de 2017.

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ARTÍCULO 16. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES DE LAS PRUEBAS DE CONOCIMIENTO Y DEL LISTADO DE ASPIRANTES ADMITIDOS A ENTREVISTA. Los resultados finales de las pruebas de conocimiento se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el jueves 2 de noviembre del 2017, junto con la lista de admitidos a la entrevista, la cual estará conformada por los 105 aspirantes con los mejores puntajes.

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ARTÍCULO 17. SEGUNDA FASE. Evaluación personal. La segunda Fase está compuesta por una prueba psicotécnica y una entrevista personal. Es de carácter eliminatorio y su valor corresponde al 45% del valor total de las pruebas del concurso. La sumatoria de los puntajes ponderados obtenidos en esta segunda Fase (prueba psicotécnica y entrevista) debe ser igual o superior a 31.5%. De lo contrario, el aspirante quedará eliminado del Concurso.

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ARTÍCULO 18. PRUEBA PSICOTÉCNICA. Es un instrumento que permite medir, diferenciar y valorar tanto las habilidades cognitivas (aptitud verbal y solución de problemas) como los rasgos de personalidad de acuerdo con el perfil requerido para el diplomático de Carrera. Constituye un insumo para orientar la entrevista.

PARÁGRAFO. Por razones de logística, la prueba psicotécnica será presentada con las pruebas de conocimiento.

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ARTÍCULO 19. ENTREVISTA. La entrevista estará orientada a medir, evaluar e identificar la idoneidad y el potencial que mejor se ajuste al perfil esperado para el futuro funcionario de Carrera Diplomática y Consular de la República, teniendo en cuenta las condiciones que debe reunir un diplomático profesional durante su trayectoria laboral dentro del Escalafón de Carrera.

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ARTÍCULO 20. JURADOS. La entrevista será presentada ante un jurado conformado por tres personas, dos (2) psicólogos contratados para tal efecto por el Ministerio de Relaciones Exteriores o su Fondo Rotatorio, y un funcionario de nivel directivo del Ministerio de Relaciones Exteriores o un delegado de la Dirección de la Academia Diplomática.

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ARTÍCULO 21. PRESENTACIÓN DE LA ENTREVISTA. La entrevista se realizará en Bogotá D.C., en las instalaciones de la Dirección de la Academia Diplomática entre el martes 14 y el miércoles 22 de noviembre de 2017. En desarrollo de los principios de imparcialidad y transparencia, la Academia Diplomática dispondrá la grabación de la entrevista.

PARÁGRAFO. El lugar y horario específico de realización de la entrevista, se publicará oportunamente en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica

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ARTÍCULO 22. PUBLICACIÓN RESULTADOS DE LA ENTREVISTA. Los resultados de la entrevista se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el lunes 27 de noviembre de 2017.

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ARTÍCULO 23. REVISIÓN DEL PUNTAJE DE LA ENTREVISTA. Los concursantes podrán solicitar la revisión del puntaje obtenido en la entrevista, mediante comunicación dirigida a la Academia Diplomática al correo [email protected], entre el martes 28 y el jueves 30 de noviembre de 2017. La revisión de la entrevista la efectuarán al menos dos de los miembros del jurado que la realizó.

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ARTÍCULO 24. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES DE LA ENTREVISTA Y LISTA DE ADMITIDOS AL CURSO DE CAPACITACIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR 2018. Los resultados finales de la entrevista, y la lista de aspirantes admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2018, se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el jueves 7 de diciembre de 2017. Contra la lista de admitidos no procede recurso alguno.

CAPÍTULO IV.

CURSO DE CAPACITACIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR.

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ARTÍCULO 25. INGRESO AL CURSO DE CAPACITACIÓN. Los aspirantes a ingresar a la Academia Diplomática para adelantar el Curso de Capacitación Diplomática y Consular programado para el año 2018, serán seleccionados en estricto orden descendente, de acuerdo con el puntaje total obtenido en las pruebas del Concurso hasta suplir los 35 cupos establecidos en esta convocatoria.

Concordancias
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ARTÍCULO 26. CONFIRMACIÓN. Los aspirantes admitidos deberán confirmar, mediante escrito entregado en la Academia Diplomática o remitido al correo [email protected], su participación en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2018, hasta el viernes 15 de diciembre de 2017.

PARÁGRAFO. Si un aspirante admitido no confirma su participación, será convocado el siguiente aspirante en estricto orden descendente, de acuerdo con el puntaje obtenido, siempre que haya cumplido los requisitos y alcanzado los puntajes mínimos establecidos en esta resolución. En este caso, el nuevo aspirante convocado tendrá tres (3) días hábiles para confirmar su participación, a partir del día siguiente a la comunicación en la que se informe de su admisión. De no cumplir este plazo, se procederá de igual manera con el siguiente aspirante en orden descendente.

TÍTULO III.

RECLAMACIONES.

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ARTÍCULO 27. PROCEDIMIENTO. Las reclamaciones sobre el desarrollo del Concurso de Ingreso deberán ser motivadas y presentadas por el interesado en un escrito en el que se relacionen y describan las presuntas irregularidades generales que afecten directamente al Concurso. Estas reclamaciones no corresponden a las solicitudes de revisiones de puntajes de pruebas, a las que ya se ha dado el trámite respectivo de acuerdo con lo señalado en los artículos 16 y 24 de la presente resolución.

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ARTÍCULO 28. INSTANCIA Y OPORTUNIDAD. El escrito en el que se presenten las reclamaciones se deberá interponer ante el Consejo Académico de la Academia Diplomática, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la presunta irregularidad o desde que se tuvo conocimiento del hecho. El Consejo Académico tendrá diez (10) días hábiles para resolver la reclamación.

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ARTÍCULO 29. RECURSOS. Los recursos de reposición y en subsidio de apelación, procederán únicamente contra el pronunciamiento del Consejo Académico que resuelva las reclamaciones de que trata el artículo 27, y deberán interponerse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su comunicación, los que serán resueltos en primera instancia por el Consejo Académico de la Academia Diplomática y en segunda instancia por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.

TÍTULO IV.

DISPOSICIONES FINALES.

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ARTÍCULO 30. La Academia Diplomática podrá verificar en cualquier momento, durante el desarrollo del Concurso, el cumplimiento de los requisitos y la validez de los documentos aportados por el aspirante. Cualquier irregularidad, tanto en los requisitos como en los documentos aportados, causará la descalificación inmediata del concursante.

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ARTÍCULO 31. La Dirección de la Academia Diplomática podrá tomar las medidas necesarias sobre situaciones no previstas en la presente resolución, siempre y cuando estén en concordancia con las normas que regulan el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular consagradas en el Decreto-ley 274 de 2000, y en las funciones de la Dirección de la Academia Diplomática establecidas en el Decreto 869 de 2016. Dichas medidas deberán ser informadas oportunamente a todos los concursantes.

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ARTÍCULO 32. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2017.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR.

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Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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