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RESOLUCIÓN 2467 DE 2019

(mayo 17)

Diario Oficial No. 50.959 de 20 de mayo 2019

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2021.

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el numeral 3 del artículo 59 y el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los artículos 18 y 21 del Decreto-ley 274 de 2000 y el numeral 17 del artículo 7o del Decreto número 869 de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que la Carrera Diplomática y Consular es una carrera especial jerarquizada que regula el ingreso, ascenso, permanencia y retiro de los funcionarios pertenecientes a la misma y cuya administración y vigilancia están a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con el artículo 13 del Decreto-ley 274 de 2000;

Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se efectúa exclusivamente por concurso público de méritos abierto, en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación del Curso de Capacitación Diplomática y Consular, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto-Ley 274 de 2000;

Que la convocatoria al concurso público se debe llevar a cabo anualmente mediante Resolución expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con los artículos 17 y 18 del Decreto-Ley 274 de 2000;

Que la Dirección de la Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo del Ministerio de Relaciones Exteriores tiene la función de realizar los concursos de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 10 del Decreto número 869 de 2016;

Que el mínimo de pruebas de selección que deberán aplicarse en el desarrollo del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se establecerá por Resolución Ministerial, con base en la propuesta del Consejo Académico de la Academia Diplomática, de acuerdo con el artículo 21 del Decreto-ley 274 de 2000;

Que el Consejo Académico de la Academia Diplomática, en sus sesiones del 6 de febrero y 7 de mayo de 2019, adoptó la propuesta de las pruebas de selección, su reglamento y los cupos para el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2021, según dan cuenta las Actas números 02 y 07 de las mismas fechas, respectivamente;

RESUELVE:

TÍTULO 1.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Convocar y reglamentar el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2021, con base en el mérito, a través de procedimientos que garanticen la participación en igualdad de condiciones de quienes demuestren cumplir con los requisitos para tal fin, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 274 de 2000 y en la presente resolución.

TÍTULO 2.

ETAPAS DEL CONCURSO.

CAPÍTULO 1.

CONVOCATORIA.

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ARTÍCULO 2o. CONVOCATORIA. Convóquese a concurso público de méritos abierto para seleccionar hasta 25 profesionales que integrarán el Curso de Capacitación Diplomática y Consular durante el año 2020, con miras a escoger máximo hasta 25 profesionales que ingresarán a la Carrera Diplomática y Consular en el año 2021 como Terceros Secretarios en período de prueba, en los términos contenidos en el Decreto-ley 274 de 2000 y en la presente resolución.

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ARTÍCULO 3o. DIVULGACIÓN. La convocatoria se divulgará mediante publicación en la cartelera de la Academia Diplomática, en la página web de la Cancillería, www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica, a través de las cuentas oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores en las redes sociales y, además, se utilizarán mínimo dos de los siguientes medios:

1. Prensa de amplia circulación nacional: a través de dos (2) avisos en días diferentes.

2. Radio o televisión: a través de emisoras o canales de difusión nacional, al menos dos (2) veces en días distintos y en horarios de alta sintonía.

3. Divulgación en universidades.

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ARTÍCULO 4o. CRONOGRAMA. El Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2021 se desarrollará de acuerdo con la siguiente programación:

ACTIVIDADFECHA
Inscripciones y revisión de documentosLunes 22 de julio al viernes 9 de agosto de 2019
Publicación de la lista de admitidos a presentar pruebas de conocimientoViernes 16 de agosto de 2019
Presentación de pruebas de conocimiento y prueba psicotécnicaSábado 7 de septiembre de 2019
Publicación de resultados de las pruebas de conocimientoViernes 4 de octubre de 2019
Solicitud de revisión de puntajes de las pruebas de conocimientoLunes 7 y martes 8 de octubre de 2019
Publicación de resultados finales de la Fase I y del listado de admitidos a entrevistaViernes 18 de octubre de 2019
Presentación de entrevistasLunes 28 de octubre al viernes 15 de noviembre de 2019
Publicación de resultados de las pruebas de la Fase IIViernes 22 de noviembre de 2019
Solicitud de revisión de puntajes de las pruebas de la Fase IILunes 25 y martes 26 de noviembre de 2019
Publicación de los resultados finales de la Fase II y de la lista de admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2020Viernes 29 de noviembre de 2019
Confirmación de la participación en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2020Lunes 2 al miércoles 4 de diciembre de 2019

CAPÍTULO 2.

INSCRIPCIONES.

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ARTÍCULO 5o. INSCRIPCIÓN VIRTUAL. La inscripción al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2021 es gratuita y se hace de manera virtual. Se llevará a cabo entre las ocho (8:00) horas del lunes 22 de julio y las diecisiete (17:00) horas del viernes 9 de agosto de 2019, hora colombiana, para lo cual el aspirante deberá:

1. Diligenciar el formulario virtual de inscripción disponible en la página web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica.

2. Adjuntar en copia simple y legible los documentos señalados y en los formatos digitales requeridos en los artículos 7o y 8o de la presente resolución.

3. Escoger la ciudad en la que presentará las pruebas escritas. Una vez seleccionada, no podrá cambiarse.

4. Aceptar la declaración juramentada sobre la veracidad de la información suministrada y la autenticidad de los documentos aportados y los demás términos y condiciones que se indican en la plataforma.

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ARTÍCULO 6o. REQUISITOS MÍNIMOS. Podrán participar en el presente concurso quienes cumplan con los siguientes requisitos:

1. Ser colombiano de nacimiento y no tener doble nacionalidad.

2. Tener título profesional universitario expedido por establecimiento de educación superior oficialmente reconocido por el Ministerio de Educación Nacional.

3. Tener definida su situación militar.

4. No encontrarse inhabilitado para ejercer cargos públicos o suspendido del ejercicio de su profesión.

5. Además del dominio del español, tener conocimiento del idioma inglés mínimo en un nivel B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

PARÁGRAFO. Una vez el aspirante diligencie y envíe el formulario de inscripción, el mismo declara conocer la totalidad de la presente resolución de convocatoria, así como aceptar sus condiciones, requisitos y procedimientos establecidos, reconociéndola como norma reguladora del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2021.

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ARTÍCULO 7o. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS. Los siguientes documentos deberán adjuntarse en formato pdf, de forma legible, al momento de la inscripción virtual:

1. Cédula de ciudadanía o contraseña certificada por la Registraduría Nacional del Estado Civil ampliada al 150% por ambos lados.

2. Documento que acredite tener definida la situación militar.

3. Diploma o acta de grado legible, correspondiente al título profesional universitario acreditado por el aspirante en el formulario de inscripción, expedido por una institución de educación superior oficialmente reconocida. Cuando el título haya sido otorgado en el exterior deberá adjuntar, en formato pdf, la resolución de convalidación expedida por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia.

4. Certificado vigente del examen internacional estandarizado que acredite conocimiento del idioma inglés en un nivel mínimo de B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

PARÁGRAFO 1o. Los documentos requeridos para la inscripción deben ser adjuntados en su totalidad, en los formatos y con las características solicitadas. De lo contrario, será causal de rechazo de la inscripción virtual.

PARÁGRAFO 2o. La vigencia de los certificados de idiomas a los que hace mención la presente resolución se entenderá de máximo dos (2) años contados a partir de la fecha de presentación de la prueba.

PARÁGRAFO 3o. Los certificados vigentes de examen internacional estandarizado, exigidos de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), deberán cubrir las siguientes competencias en un nivel ponderado mínimo de B2 o su equivalente:

1. Hablar

2. Escribir

3. Leer

4. Escuchar

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ARTÍCULO 8o. TERCER IDIOMA. El aspirante podrá acreditar de forma opcional un tercer idioma de uso oficial de la Organización de las Naciones Unidas o de la Organización de los Estados Americanos, distinto al español o al inglés. Para acreditarlo, deberá adjuntar un certificado vigente del examen internacional estandarizado que demuestre que posee un conocimiento de dicho idioma en un nivel mínimo de B2 o su equivalente, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER).

Para el idioma árabe, el aspirante podrá acreditarlo mediante el certificado ALPT (Arabic Language Proficiency Test), el cual deberá demostrar que posee un conocimiento en dicho idioma en un nivel mínimo de B2 o su equivalente.

PARÁGRAFO 1o. Quien logre acreditar un tercer idioma obtendrá un puntaje adicional equivalente al 3% sobre el total del puntaje alcanzado en la Fase I (Pruebas de conocimiento).

PARÁGRAFO 2o. Para acreditar el tercer idioma, el certificado vigente del examen internacional estandarizado deberá cumplir con la vigencia y competencias señaladas en el artículo inmediatamente anterior.

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ARTÍCULO 9o. REVISIÓN DE LA INSCRIPCIÓN. Durante el proceso de inscripciones, la Academia Diplomática verificará la información y los documentos aportados y si estos cumplen o no con lo requerido en la presente resolución.

El aspirante recibirá un correo electrónico en el que se le comunicará una (1) de las siguientes opciones:

1. La aceptación de su inscripción cuando cumple con los requisitos y los acreditó de forma correcta, o

2. El (los) requisito(s) que no cumple(n) con lo señalado en los artículos 7o y 8o de la presente resolución. En este caso, se le indicará que cuenta con la posibilidad de subsanar dichos requisitos con plazo máximo hasta el cierre de inscripciones, en los horarios que señala el artículo 5o.

La Academia Diplomática podrá solicitar cualquier aclaración, corrección o información adicional al aspirante, quien deberá suministrarla ingresando nuevamente al formulario virtual con su código de acceso, en cualquier caso, antes de la fecha de cierre de las inscripciones.

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ARTÍCULO 10. PUBLICACIÓN DE LA LISTA DE ADMITIDOS A PRESENTAR PRUEBAS. La lista de aspirantes admitidos a presentar las pruebas de conocimiento se publicará en la cartelera de la Academia Diplomática (Calle 10 No. 5-27, Bogotá, D. C.) y en la página web de la Cancillería www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el viernes 16 de agosto de 2019.

CAPÍTULO 3.

PRUEBAS DEL CONCURSO.

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ARTÍCULO 11. PRUEBAS. Son los instrumentos de selección dirigidos a evaluar la capacidad, idoneidad y potencialidad del aspirante a ingresar al Curso de Capacitación Diplomática y Consular, y fueron propuestas por el Consejo Académico en su sesión realizada el 6 de febrero de 2019, registrada en el Acta número 02 de la misma fecha. Las pruebas son de carácter obligatorio, por lo cual el aspirante deberá presentar la totalidad de las mismas en las jornadas programadas por la Academia Diplomática.

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ARTÍCULO 12. FASES. Las pruebas para el Concurso se realizarán en dos fases:

1. Pruebas de conocimiento: se practicarán en cada ciudad autorizada.

2. Evaluación personal: se compone de una prueba psicotécnica y una entrevista, esta última a realizarse en la ciudad de Bogotá, D. C.

PARÁGRAFO 1o. Para presentar las pruebas escritas, psicotécnica o entrevista, el aspirante deberá presentar el original de su cédula de ciudadanía o contraseña certificada por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

FASE PRUEBADEFINICIÓNMETODOLOGÍAVALOR
FASE I PRUEBAS DE CONOCIMIENTO Valor total de la Fase: 60%EspañolCapacidad argumentativa, síntesis, vocabulario y ortografíaEnsayo 20%
ColombiaAspectos constitucionales, históricos, geográficos, políticos, culturales y económicos de ColombiaSelección múltiple 20%
Contexto InternacionalAsuntos actuales y coyuntura política internacional Selección múltiple 20%
FASE II PRUEBAS DE EVALUACIÓN PERSONAL Valor total de la Fase: 40%Prueba PsicotécnicaEvaluación de competencias y habilidades Selección múltiple 20%
EntrevistaReunión con jurado evaluadorPresencial 20%

Fase I (60%) + Fase II (40%) = 100% del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular 2021

PARÁGRAFO 2o. El material utilizado o a utilizarse en la aplicación de las pruebas del Concurso tiene carácter restringido.

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ARTÍCULO 13. FASE I. Pruebas de conocimiento. Esta primera fase está conformada por tres (3) pruebas dirigidas a evaluar al aspirante en las materias establecidas en el artículo 11, y su valor corresponde al 60% del valor total del Concurso.

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ARTÍCULO 14. APROBACIÓN DE LA FASE I. La sumatoria de los puntajes ponderados de las tres (3) pruebas de la Fase I (Español, Colombia y Contexto Internacional) debe ser igual o superior al 70% (equivalente al 70% del 60%). De lo contrario, el aspirante quedará eliminado del Concurso.

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ARTÍCULO 15. CIUDADES Y FECHA DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS. Las pruebas de conocimiento, junto con la prueba psicotécnica, se practicarán de manera presencial el sábado 7 de septiembre de 2019 en las siguientes ciudades: Barranquilla, Bogotá, D. C., Bucaramanga, Cali, Medellín, Quibdó y San Andrés.

PARÁGRAFO. El lugar y hora específicos de realización de estas pruebas se publicará oportunamente en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web de la Cancillería: www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica

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ARTÍCULO 16. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE LA FASE I (PRUEBAS DE CONOCIMIENTO). Los resultados de las pruebas de conocimiento se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web de la Cancillería: www.cancilleria.gov.co/academiadiplomatica, el viernes 4 de octubre de 2019.

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ARTÍCULO 17. REVISIÓN DE LOS PUNTAJES DE LAS PRUEBAS DE CONOCIMIENTO. Los aspirantes podrán solicitar únicamente la revisión del puntaje obtenido (rectificación del cálculo aritmético de la calificación obtenida) en las pruebas de conocimiento, mediante comunicación dirigida a la Academia Diplomática, al correo [email protected] los días lunes 7 y martes 8 de octubre de 2019. Contra el resultado de dicha revisión no procede recurso alguno.

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ARTÍCULO 18. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES DE LA FASE I Y DEL LISTADO DE ASPIRANTES ADMITIDOS A ENTREVISTA. Los resultados finales de las pruebas de conocimiento se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web www.cancilleria.gov.co/ academia-diplomatica, el viernes 18 de octubre de 2019, junto con la lista de admitidos a la entrevista.

PARÁGRAFO 1o. La lista de admitidos a presentar entrevista estará conformada por aquellos aspirantes que hayan superado el porcentaje al que hace referencia el artículo 14 de la presente resolución.

PARÁGRAFO 2o. Si, dado el caso, hay más de 100 aspirantes que superen el porcentaje del artículo 14, sólo los 100 primeros puntajes serán llamados a presentar entrevista de forma descendente.

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ARTÍCULO 19. FASE II. Evaluación personal. La Fase II está compuesta por una prueba psicotécnica y una entrevista personal. Es de carácter eliminatorio y su valor corresponde al 40% del valor total del Concurso.

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ARTÍCULO 20. APROBACIÓN DE LA FASE II. El puntaje ponderado obtenido en la Fase II debe ser igual o superior al 70% (equivalente al 70% del 40%). De lo contrario, el aspirante quedará eliminado del Concurso.

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ARTÍCULO 21. PRUEBA PSICOTÉCNICA. Es un instrumento que permite medir, diferenciar y valorar tanto las habilidades cognitivas como los rasgos de personalidad del aspirante, de acuerdo con el perfil requerido para el diplomático de carrera. Esta prueba busca determinar la idoneidad o aptitud del aspirante con miras a ingresar a la Carrera Diplomática y Consular.

PARÁGRAFO. Por razones de logística, la prueba psicotécnica será presentada el mismo día de las pruebas de conocimiento.

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ARTÍCULO 22. ENTREVISTA. La entrevista está orientada a medir, evaluar e identificar la idoneidad y el potencial que mejor se ajuste al perfil esperado para el futuro funcionario de la Carrera Diplomática y Consular de la República, teniendo en cuenta las condiciones que debe reunir un diplomático profesional durante su trayectoria laboral.

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ARTÍCULO 23. LUGAR Y FECHA DE LA ENTREVISTA. La entrevista se realizará en Bogotá, D. C., en las instalaciones de la Academia Diplomática entre el lunes 28 de octubre y el viernes 15 de noviembre de 2019. El lugar y horario de la entrevista se publicarán oportunamente en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica

PARÁGRAFO. En desarrollo de los principios de imparcialidad y transparencia, la Academia Diplomática realizará la grabación de la entrevista.

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ARTÍCULO 24. JURADOS. La entrevista será presentada ante un jurado conformado por cuatro personas de la siguiente forma:

a) Un psicólogo designado por la Academia Diplomática;

b) Dos jurados seleccionados a partir de una lista elaborada por el Grupo Interno de Trabajo de Selección y Capacitación para el Servicio Exterior de la Academia Diplomática y escogidos por el Ministro de Relaciones Exteriores. La lista estará integrada por funcionarios de Carrera Diplomática en la categoría de Embajador o Ministro Plenipotenciario, funcionarios del Ministerio de nivel directivo, exembajadores, académicos y/o profesores de la Academia Diplomática;

c) Un funcionario de la Academia Diplomática en la categoría de Embajador o Ministro Plenipotenciario escogido por el Director de dicha dependencia, quien tendrá voz pero no voto.

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ARTÍCULO 25. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE LA FASE II (PRUEBA PSICOTÉCNICA Y ENTREVISTA). Los resultados de la prueba psicotécnica y de la entrevista se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el viernes 22 de noviembre de 2019.

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ARTÍCULO 26. REVISIÓN DEL PUNTAJE DE LAS PRUEBAS DE LA FASE II. Los concursantes podrán solicitar la revisión de los puntajes de la Fase II mediante comunicación dirigida a la Academia Diplomática al correo [email protected], los días lunes 25 y martes 26 de noviembre de 2019. Contra el resultado de dicha revisión no procede recurso alguno.

PARÁGRAFO. La revisión del puntaje obtenido en la entrevista será realizada por los mismos jurados que la efectuaron.

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ARTÍCULO 27. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS FINALES DE LA FASE II Y LISTA DE ADMITIDOS AL CURSO DE CAPACITACIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR. Los resultados finales de la Fase II y la lista de aspirantes admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2020 se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el viernes 29 de noviembre de 2019. Contra la lista de admitidos no procede recurso alguno.

CAPÍTULO 4.

CURSO DE CAPACITACIÓN DIPLOMÁTICA Y CONSULAR.

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ARTÍCULO 28. PARTICIPANTES. Los aspirantes que ingresarán al Curso de Capacitación Diplomática y Consular programado para el año 2020 serán seleccionados en estricto orden descendente a partir de la lista de admitidos al curso, de acuerdo con el puntaje total obtenido en las pruebas del concurso, hasta completar el cupo establecido en el artículo 2o de esta convocatoria.

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ARTÍCULO 29. CONFIRMACIÓN. Los aspirantes admitidos deberán confirmar, mediante escrito entregado en la Academia Diplomática o remitido al correo [email protected], su participación en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2020, entre el lunes 2 y el miércoles 4 de diciembre de 2019.

PARÁGRAFO. Si un aspirante admitido no confirma su participación dentro del plazo establecido, será convocado el siguiente aspirante en estricto orden descendente, de acuerdo con el puntaje obtenido, siempre que haya cumplido los requisitos y alcanzado los puntajes mínimos establecidos en esta resolución. En este caso, el nuevo aspirante convocado tendrá tres (3) días hábiles para confirmar su participación, a partir del día siguiente a la comunicación en la que se informe de su admisión. De no cumplir este plazo, se procederá de igual manera con el siguiente aspirante en orden descendente.

TÍTULO 3.

RECLAMACIONES.

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ARTÍCULO 30. PROCEDIMIENTO. Las reclamaciones sobre el desarrollo del Concurso deberán ser motivadas y presentadas por el interesado por escrito donde se relacionen y describan las presuntas irregularidades generales que afecten directamente al Concurso. Estas reclamaciones no corresponden a las solicitudes de revisión de puntajes de pruebas.

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ARTÍCULO 31. INSTANCIA Y OPORTUNIDAD. El escrito en el que se presenten las reclamaciones se deberá interponer ante el Consejo Académico de la Academia Diplomática dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la presunta irregularidad o desde que se tuvo conocimiento del hecho. El Consejo Académico tendrá diez (10) días hábiles para resolver la reclamación.

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ARTÍCULO 32. RECURSOS. Los recursos de reposición y en subsidio de apelación procederán únicamente contra el pronunciamiento del Consejo Académico que resuelva las reclamaciones de que trata el artículo 31, y deberán interponerse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su comunicación, los que serán resueltos en primera instancia por el Consejo Académico de la Academia Diplomática y en segunda instancia por la Comisión de Personal de la Carrera Diplomática y Consular.

TÍTULO 4.

DISPOSICIONES FINALES.

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ARTÍCULO 33. DESCALIFICACIÓN. Serán causales de descalificación inmediata del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular 2021:

1. No acreditar la totalidad de los requisitos señalados en el artículo 7o dentro del plazo que contempla el artículo 9o.

2. Las irregularidades o inconsistencias en los requisitos o documentos aportados por el aspirante en cualquier etapa del Concurso.

3. El fraude en cualquiera de las etapas del Concurso.

4. No presentar la totalidad de las pruebas, según lo establecido en el artículo 11 de la presente resolución.

5. No obtener el puntaje mínimo requerido en cualquiera de las Fases.

6. No realizar el procedimiento de confirmación establecido en el artículo 29 de esta resolución dentro del plazo establecido.

7. No cumplir con los horarios y condiciones señaladas por la Academia Diplomática para la presentación de las pruebas.

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ARTÍCULO 34. MEDIDAS ESPECIALES. La Academia Diplomática podrá tomar las medidas necesarias sobre situaciones no previstas en la presente resolución, siempre y cuando estén en concordancia con las normas que regulan el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular consagradas en el Decreto-ley 274 de 2000, y en las funciones de la Academia Diplomática establecidas en el Decreto número 869 de 2016. Dichas medidas deberán ser informadas oportunamente a todos los concursantes.

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ARTÍCULO 35. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 17 de mayo de 2019.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos Holmes Trujillo García.

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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