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RESOLUCIÓN 1707 DE 2022

(marzo 9)

Diario Oficial No. 51.971 de 9 de marzo de 2022

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se adicionan unos numerales al artículo 2o de la Resolución 2638 del 28 de mayo de 2019.

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, especialmente las conferidas por el artículo 3o del Decreto 20 de 1992, el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el artículo 2.2.2.5.3 del Decreto 1072 de 2015, el artículo 9o y el literal a) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los numerales 10 y 17 del artículo 7o del Decreto 869 de 2016, demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 211 de la Constitución Política autoriza a los Ministros, para que puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señala la ley.

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 faculta a los jefes y a los representantes legales de las entidades para delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones, en los servidores públicos que desempeñan cargos del nivel directivo.

Que en desarrollo de los principios orientadores de la Función Pública y del Servicio en el Exterior y con el fin de optimizar el cumplimiento de los mismos, a través de la Resolución 2638 del 28 de mayo de 2019, se delegaron algunas funciones en áreas del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que de acuerdo con lo consagrado en el artículo 39 de la Constitución Política de Colombia, el derecho de asociación sindical implica el reconocimiento a los representantes sindicales de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión, entre las cuales se encuentran los permisos sindicales para los empleados del sector público.

Que el artículo 416-A del Código Sustantivo del Trabajo, señala que las organizaciones sindicales de los servidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas les concedan permisos sindicales a quienes sean designados por ellas, para que puedan atender las responsabilidades que se desprenden del derecho fundamental de asociación y libertad sindical.

Que el artículo 2.2.2.5.1. del Decreto 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, establece que los representantes sindicales de los servidores públicos tienen derecho a que las entidades públicas de todas las Ramas del Estado les concedan permisos sindicales remunerados, razonables, proporcionales y necesarios para el cumplimiento de su gestión.

Que el Secretario General, según lo establecido en el Decreto 869 de 2016, tiene la función de ejecutar las actividades relacionadas con los asuntos de contratación pública, así como dirigir la ejecución de los programas y actividades relacionados con la gestión del talento humano del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que con fundamento en la potestad de delegación establecida en las anteriores normas y con el propósito de continuar con el ejercicio de la función pública bajo los principios de eficacia, economía y celeridad que rigen la función administrativa, la Ministra de Relaciones Exteriores delegará en el Secretario General la suscripción de convenios, contratos y demás acuerdos de voluntades sin cuantía, así como conceder permisos a los representantes de las organizaciones sindicales de la entidad.

En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. ADICIÓN. Adiciónense los numerales 13 y 14 al artículo 2o de la Resolución 2638 de 2019, el cual quedará así:

Artículo 2o. Delegar en el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:

(...)

13. Suscribir los convenios, contratos y demás acuerdos de voluntades sin cuantía y aquellos en los que el Ministerio de Relaciones Exteriores no comprometa su presupuesto.

14. Conceder los permisos a los representantes de las organizaciones sindicales de la entidad para el desarrollo de su gestión”.

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ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y adiciona los numerales 13 y 14 al artículo 2o de la Resolución 2638 del 28 de mayo de 2019.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de marzo de 2022.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Martha Lucía Ramírez Blanco.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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