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RESOLUCION 335 DE 2015

(enero 21)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 78 de la Resolución   8660 de 2016>

Por la cual se modifica parcialmente el artículo segundo de la Resolución 5813 del 16 de noviembre de 2011

Resumen de Notas de Vigencia

LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

En uso de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y numeral 13 del artículo 6 del Decreto 3355 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, Grupos Internos de Trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo, atribución reproducida en lo que respecta a esta Entidad, en el artículo 6, numeral 13, del Decreto 3355 de 2009.

Que en desarrollo de las competencias atrás anotadas, mediante Resolución 5813 del 16 de noviembre de 2011 fueron creados los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que mediante Resolución 7401 del 31 de octubre de 2014, fueron modificados los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, tiene a su cargo, el diseño y ejecución de la Política Migratoria, asuntos consulares y servicio al ciudadano la identificación y caracterización de la migración internacional colombiana y la migración de extranjeros a Colombia, la presentación de informes estadísticos y análisis sobre los trámites y prestación del servicio al ciudadano en el país y en el exterior, el procesamiento de los informes mensuales de los Consulados, la dirección del funcionamiento del Sistema de Quejas y Reclamos, la proposición de soluciones implementadas, la presentación de informes evaluativos, y las recomendaciones pertinentes a la Secretaría General, entre otras funciones (Numerales 1°, 8°, 17 y 19, del artículo 18 del Decreto 3355 de 2009).

Que mediante memorando l-DIMCS-14-038049 del 23 de diciembre de 2014, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano solicitó modificar las funciones del Grupo Interno de Trabajo de Estadísticas Consulares y Análisis de Información.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 78 de la Resolución   8660 de 2016> MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución 5813 del 16 de noviembre de 2011, en relación al Grupo Interno de Trabajo de Estadísticas Consulares y, Analisis de Informacion de la Direccion de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, el cual quedará así:

DIRECCIÓN DE ASUNTOS MIGRATORIOS, CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO

Estadísticas Consulares y Análisis de información

1. Definir parámetros técnicos para la recolección, procesamiento, análisis y difusión de información estadística respebto a los servicios consulares, que contribuya a la definición de políticas públicas y toma de decisiones.

2. Participar en la realización de estudios que permitan identificar y caracterizar la migración internacional colombiana, en coordinación con el Grupo Interno de Trabajo de Colombia nos Une; y emitir informes que contribuyan a la toma de decisiones en materia migratoria y consular.

3. Participar en la realización de estudios que permitan identificar y caracterizar la migración de extranjeros a Colombia, en coordinación con el Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración; y emitir informes que contribuyan a la toma de decisiones en materia migratoria y consular.

4. Coordinar con la Dirección de Tecnología y Sistemas de Información, el desarrollo de aplicativos que permitan la recolección y procesamiento de la información estadística en temas de migración y servicios consulares.

5. Elaborar en coordinación con el Grupo Interno de Trabajo Centro Integral de Atención al Ciudadano, las estadísticas mensuales, trimestrales, semestrales y/o anuales, sobre los servicios que prestan las Oficinas Consulares acreditadas en el exterior y los Grupos Internos de Trabajo de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano; para contribuir a la toma de decisiones de las diferentes dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores.

6. Asesorar a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, con base en el análisis realizado a los datos estadísticos obtenidos, a fin de identificar las causas de determinadas situaciones y proponer las acciones preventivas o correctivas del caso.

7. Elaborar en coordinación con el Grupo Interno de Trabajo de Asuntos Consulares, la actualización y expedición de los actos administrativos por los cuales se establecen las tarifas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino "a su Fondo Rotatorio.

8. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.

9. Presentar los informes que sean requeridos por el Ministro, el Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, el Secretario General, los organismos de control y demás Entidades, relacionados con las funciones asignadas al Grupo Interno de Trabajo.

10. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el Grupo Interno de Trabajo, y velar por su correcto archivo, conservación y respeto a los principios de reserva y conficlencialidad.

11. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.

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ARTÍCULO SEGUNDO. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 78 de la Resolución   8660 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y modifica parcialmente el artículo segundo de la Resolución 5813 del 16 de noviembre de 2011 y el artículo segundo de la Resolución 7401 del 31 de octubre de 2014.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR

Minsitra de Relaciones Exteriores

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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