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RESOLUCIÓN 1296 DE 2004

(Agosto 10)

<Fuente: Archivo interno de la entidad emisora>

MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA

Por el cual se modifica la Resolución 2245 del 18 de diciembre de 2003

En uso de sus facultades legales, en especial las previstas en los artículos 4 y 6, numeral 12 del Decreto 200 de 2003 y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 2245 del 18 de diciembre de 2003, se creó el Comité para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos, como órgano Asesor del Ministro del Interior y de Justicia.

Que el mencionado Comité está conformado por el Viceministro de Justicia o su delegado; el Director del INPEC o su delegado: el Jefe de la Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional del Ministerio o su delegado y el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica o su delegado.

Que dada la naturaleza y funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, especialmente las referidas a su condición de interlocutor, coordinador y enlace para todas las gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades gubernamentales y los gobiernos de otros países y el: desarrollo de actividades de protección de los derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y la de ejercer ante las autoridades del país donde se encuentren, las acciones pertinentes, de conformidad con los principios y normas del Derecho Internacional, se considera procedente que haga parte del mencionado Comité un delegado del señor Canciller.

RESUELVE.

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo segundo de la Resolución 2245 del 18 de diciembre de 2003, el cual quedará así:

Artículo Segundo. Integración, el Comité para el Estudio de las Solicitudes de Repatriación de Presos, estará integrado así.

1. El Viceministro de Justicia o su delegado;

2. Un delegado des Ministro de Relaciones Exteriores;

 3. El Director del INPEC o su delegado;

4. El Jefe de la Oficina de Asuntos de cooperación Internacional del Ministerio o su delegado;

5. El jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio o su delegado.

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ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 10 AGO. 2004.

SABAS PRETELT DE LA VEGA

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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