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RESOLUCIÓN 8958 DE 2013
(noviembre 18)
Diario Oficial No. 48.980 de 20 de noviembre de 2013
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017>
Por la cual se crea el Comité del Sistema para la Administración del Talento Humano (CSIATH) del Sector Defensa y se dictan otras disposiciones.
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
en ejercicio de las facultades legales que le confieren el artículo 208 de la Constitución Política, los artículos 60 y 61 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2o del Decreto número 4890 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política corresponde a los Ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley;
Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 2o del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, es función del Ministro de Defensa Nacional, crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, que considere necesarios para el desarrollo de las funciones propias del Ministerio y asignarles funciones mediante resolución;
Que de conformidad con el artículo 18 del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, son funciones de la Dirección de Desarrollo de Capital Humano, contribuir en el direccionamiento estratégico del capital humano de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, al igual que promover la eficiencia en la administración de datos del capital humano de la Fuerza Pública;
Que el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, están comprometidos con el desarrollo de la gestión y administración del capital humano de la Fuerza Pública;
Que de conformidad con lo anterior se hace necesaria la conformación de un comité al interior del Ministerio de Defensa Nacional, con el propósito de contribuir en el direccionamiento estratégico del capital humano por medio de la formulación de las políticas, hacer seguimiento y estandarizar los procesos ya existentes en cada una de las fuerzas para dar una solución integral a todas las necesidades,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> Crear el Comité del Sistema para la Administración del Talento Humano (CSIATH) del Sector Defensa el cual estará integrado como se indica a continuación;
1. El Director de Desarrollo del Capital Humano, quien lo presidirá.
2. El Jefe de la Oficina Asesora de Sistemas de la Unidad de Gestión General.
3. El Director Administrativo de la Unidad de Gestión General.
4. El Jefe del Departamento de Personal del Comando General de las Fuerzas Militares.
5. El Jefe de Desarrollo Humano del Ejército Nacional.
6. El Jefe de Desarrollo Humano de la Armada Nacional.
7. El Jefe de Desarrollo Humano de la Fuerza Aérea Colombiana.
8. El Director de Talento Humano de la Policía Nacional.
PARÁGRAFO. El Jefe de la Oficina Asesora de Sistemas de la Unidad de Gestión General o quien haga sus veces, actuará como Secretario Técnico del Comité del Sistema para la Administración del Talento Humano (CSIATH) del Sector Defensa.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> El Comité del Sistema para la Administración del Talento Humano (CSIATH) del Sector Defensa y demás canales creados para este fin, en el Ministerio de Defensa Nacional, tendrá las siguientes funciones:
1. Asesorar al Viceministro para la Estrategia y Planeación en relación con la armonización de las políticas para la administración del capital humano en el sector Defensa.
2. Recomendar políticas y directrices que las diferentes Unidades Ejecutoras deban adoptar para la gestión y administración del capital humano en el sector Defensa.
3. Sugerir políticas y recomendar prioridades para la adopción, adaptación, funcionamiento y optimización del Sistema de Información SIATH.
4. Sugerir la destinación de los recursos humanos y técnicos necesarios en cada unidad ejecutora, con miras a la conformación de comités estructuradores y comités evaluadores, de los procesos de contratación conjunta que permita economías de escala y optimización de recursos para la administración y gestión del capital humano.
5. Presentar propuestas tecnológicas claras que coadyuven al avance tecnológico del Sistema para la Administración de la Información del Talento Humano (SIATH) ante el Comité de Tecnologías de Información y Comunicaciones (CITI), que permitan al sistema de información su óptima administración y optimización de recursos tecnológicos, permitiendo además seguridad y oportunidad de la información en tiempo real.
6. Las demás funciones que de acuerdo con su naturaleza le sean asignadas.
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL COMITÉ DEL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017>
1. Convocar, por instrucción del Presidente del Comité a los miembros, invitados y demás participantes a las reuniones ordinarias y extraordinarias.
2. Elaborar las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias y someterlas a aprobación del Comité y custodiar su archivo.
3. Verificar el quórum deliberatorio y decisorio del comité.
4. Monitorear el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Comité.
5. Elaborar los informes que les sean solicitados, relacionados con la gestión desarrollado por el Comité.
6. Las demás que de acuerdo con su naturaleza le sean asignadas.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> El Comité del Sistema de Administración del Talento Humano (CSIATH) del Sector Defensa se reunirá por lo menos dos veces al mes y en forma extraordinaria cuando lo requiera uno de sus miembros. De sus sesiones se dejará constancia en actas en las cuales se evidenciará los temas tratados.
A las sesiones del Comité del Sistema de Administración del Talento Humano (CSIATH) del Sector Defensa se podrá invitar a los servidores públicos de la Entidad cuya presencia se considere necesaria para la mejor ilustración de los diferentes temas de competencia del mismo.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 18 de noviembre de 2013.
El Ministro de Defensa Nacional,
JUAN CARLOS PINZÓN BUENO.
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