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RESOLUCIÓN 8382 DE 2017

(noviembre 10)

Diario Oficial No. 50.417 de 14 de noviembre de 2017

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Por la cual se suprime el Grupo Asesor del Comandante (GAC) y se crea el Grupo de Proyectos Territoriales y Gestión de Regalías (GPTGR).

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 7 del artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que “…con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que mediante Decreto 4890 del 23 de diciembre de 2011, se modificó parcialmente la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, estableciendo como función del Ministro de Defensa Nacional, la creación y modificación de grupos internos de trabajo, necesarios para el desarrollo de las funciones asignadas al Ministerio.

Que a través de la Resolución número 1008 de 2013, “por la cual se adiciona la Resolución 127 del 18 de enero de 2012, se crean y organizan Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General”, se creó el Grupo Asesor de la Campaña, el cual hoy hace parte del Viceministerio para las Políticas y Asuntos Internacionales.

Que la Resolución número 10585 de 2014, “por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 1008 del 15 de febrero de 2013”, actualizó la responsabilidad central y cambió el nombre o denominación del Grupo Asesor de la Campaña a Grupo Asesor del Comandante (GAC).

Que el trabajo desarrollado por el Grupo Asesor del Comandante (GAC) ha sido decisivo en el debilitamiento de factores generadores de violencia, especialmente en zonas vulnerables, adelantando acciones coordinadas y articuladas con las comunidades e instituciones públicas y privadas, así como entidades del Estado, permitiendo mantener y enaltecer la legitimidad de las Fuerzas Militares y Policía Nacional, a través del esfuerzo no armado.

Que el numeral 11 del artículo 7o del Decreto 4890 de 2011, establece entre las funciones del Viceministerio para las Políticas y los Asuntos Internacionales la de “Liderar los programas especiales que corresponda desarrollar al Ministerio de Defensa Nacional y velar por el cumplimiento de sus objetivos”.

Que en el marco del posconflicto, el Ministerio de Defensa Nacional requiere articular y coordinar interinstitucionalmente, el nivel central con las regiones, en aras de optimizar la gestión no armada del Sector Defensa en contribución al desarrollo rural, para facilitar la estabilización y consolidación de las regiones.

Que el Ministerio de Defensa Nacional requiere integrar la estrategia de Acción Unificada, entendida como la sincronización, coordinación y armonización de las actividades entre la institucionalidad, el sector privado, la sociedad civil, la cooperación internacional, los organismos de control y formas de participación comunitaria para lograr la Unidad de Esfuerzo que faciliten la construcción de regiones socialmente sostenibles.

Que con el objetivo de fortalecer la Acción Integral, el Ministerio de Defensa Nacional requiere impulsar proyectos con impacto social, mediante iniciativas sectoriales o generando interlocución con los entes territoriales, ante las instancias de gobierno, sector privado y/o cooperación internacional.

Que conforme lo anterior, se hace necesario replantear la organización para el cumplimiento de los objetivos propuestos, de acuerdo con las necesidades, ajustándolo a los objetivos estratégicos del Sector Defensa y nuevos roles de la Fuerza Pública.

Que en la justificación técnica suscrita por el señor Viceministro para las Políticas y Asuntos Internacionales, requiere la supresión del Grupo Asesor del Comandante y la Creación del Grupo de Proyectos Territoriales y Gestión de Regalías, con el propósito de atender la relación con las autoridades territoriales y las comunidades, que permitan la gestión de proyectos sociales,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprimir el Grupo Asesor del Comandante (GAC) del Viceministerio para las Políticas y Asuntos Internacionales del Ministerio de Defensa Nacional.

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ARTÍCULO 2o. Crear el Grupo de Proyectos Territoriales y Gestión de Regalías (GPTGR), como un Grupo interno de trabajo adscrito directamente al Viceministerio para las Políticas y Asuntos Internacionales, el cual tendrá las siguientes funciones:

1. Planificar, estructurar, y gestionar proyectos que contribuyan al desarrollo, a la estabilización y consolidación institucional del territorio, así como a la seguridad, conforme las necesidades identificadas por la autoridad territorial y/o por el MDN.

2. Gestionar ante entidades del sector público, privado y/o de cooperación internacional, los recursos que permitan financiar proyectos de orden social en los territorios.

3. Coordinar con las autoridades territoriales el desarrollo de los proyectos y la medición del impacto social de los mismos en el territorio, que se adelanten por iniciativa del Sector Defensa.

4. Realizar análisis para la identificación de riesgos que afecten la estabilidad y seguridad de los proyectos.

5. Construir y difundir un plan de comunicaciones en coordinación con la Dirección de Comunicación Estratégica del MDN, que permita dar a conocer la gestión interinstitucional o interagencial sobre el impacto de los proyectos desarrollados por la Fuerza Pública en territorio, con el fin de fortalecer la imagen institucional.

6. Realizar con el apoyo de la Fuerza Pública, el proceso de socialización de los proyectos con la población donde se desarrollarán los mismos, con el fin de facilitar la viabilidad de su ejecución y el impacto esperado, cuando así se requiera.

7. Coordinar con la Fuerza Pública, cuando a ello haya lugar, la ejecución de los proyectos.

8. Acompañar y realizar el seguimiento a las iniciativas y/o proyectos de la Fuerza Pública.

9. Transferir a los territorios conceptos de innovación social en términos de seguridad y defensa.

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ARTÍCULO 3o. La presente Resolución modifica la Resolución número 1008 del 15 de febrero de 2013 y deroga la Resolución número 10585 del 2 de diciembre de 2014, rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de noviembre de 2017.

El Ministro de Defensa Nacional,

LUIS C. VILLEGAS ECHEVERRI

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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