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RESOLUCIÓN 6700 DE 2014
(agosto 12)
Diario Oficial No. 49.248 de 19 de agosto de 2014
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1451 de 2015>
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 3549 del 5 de mayo de 2014.
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
en uso de sus facultades legales, en especial la que le confiere el artículo 6o de la Ley 100 de 1948, artículo 140 del Decreto-ley 1790 de 2000, artículo 74 del Decreto-ley 1791 de 2000, artículo 85 del Decreto-ley 1211 de 1990, artículo 87 del Decreto-ley 1212 de 1990, artículo 35 del Decreto-ley 1213 de 1990, artículo 33 del Decreto-ley 1793 de 2000, parágrafo único del artículo 39 del Decreto-ley 1214 de 1990, en concordancia con lo dispuesto en el literal a) del artículo 39 de la Ley 48 de 1993 y el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1451 de 2015> Modificar el artículo 5o de la Resolución número 3549 del 5 de mayo de 2014, el cual quedará así:
Artículo 5o. Las partidas de alimentación de que trata la presente resolución deben ser totalmente invertidas, sin lugar a aprovechamiento.
Las devoluciones de alimentación para el personal de soldados profesionales, soldados bachilleres, regulares y campesinos equivalentes en las fuerzas, se realizarán en los siguientes casos: permios operacionales, esquemas de seguridad, conductores, labores de inteligencia, guardia en unidades distantes de la unidad militar, personal en capacitación en instituciones educativas, permiso por calamidad, excusa de servicio en casa, licencias, se harán por el valor total de la partida deduciendo únicamente el valor de la reserva de los $60 establecidos en el artículo 3o de la presente resolución y por el número de días a que corresponda.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 1451 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., a 12 de agosto de 2014.
El Ministro de Defensa Nacional,
JUAN CARLOS PINZÓN BUENO.
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