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RESOLUCIÓN 10579 DE 2014

(diciembre 2)

Diario Oficial No. 49.355 de 4 de diciembre de 2014

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017>

Por la cual se crea el Comité Estratégico de Capital Humano del Sector Defensa y se dictan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política, los artículos 60 y 61 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2o del Decreto 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 208 de la Constitución Política corresponde a los Ministros formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 2o del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, es función del Ministro de Defensa Nacional, crear y conformar órganos de asesoría y coordinación, que considere necesarios para el desarrollo de las funciones propias del Ministerio y asignarles funciones mediante resolución.

Que de conformidad con el artículo 18 del Decreto número 4890 del 23 de diciembre de 2011, son funciones de la Dirección de Desarrollo de Capital Humano, contribuir en el Direccionamiento Estratégico del Capital Humano de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional e impulsar el lineamiento Estratégico del Sistema de Educación de la Fuerza Pública.

Que el Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, están comprometidos con el Desarrollo de la Gestión y Administración del Capital Humano de la Fuerza Pública.

Que de conformidad con lo anterior se hace necesaria la conformación de un Comité al interior del Ministerio de Defensa Nacional, con el propósito de contribuir en el Direccionamiento Estratégico del Capital Humano de la Fuerza Pública por medio de la formulación de las políticas, hacer seguimiento y estandarización de los procesos ya existentes en cada una de las Fuerzas para dar una solución integral a todas las necesidades del Sector Defensa en materia educativa y de Gestión del Talento Humano,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> Crear el Comité Estratégico de Capital Humano del Sector Defensa para impulsar el desarrollo de las políticas que fortalezcan el Sistema Educativo y el Sistema de Gestión del Talento Humano de la Fuerza Pública, el cual estará integrado como se indica a continuación:

1. El Viceministro para la Estrategia y Planeación, quien lo presidirá.

2. El Jefe de Estado Mayor Conjunto.

3. Los Segundos Comandantes de cada una las Fuerzas Militares.

4. El Subdirector de la Policía Nacional.

5. El Jefe de Doctrina Conjunta de las Fuerzas Militares.

6. Los Jefes de Educación, Instrucción y Entrenamiento de cada una de las Fuerzas Militares.

7. El Director Nacional de Escuelas de la Policía Nacional.

8. El Jefe de Personal del Comando General de las Fuerzas Militares.

9. Los Jefes de Personal de cada una de las Fuerzas Militares.

10. El Director de Talento Humano de la Policía Nacional.

11. El Director de Desarrollo del Capital Humano, quien actuará como Secretario del Comité.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> El Comité Estratégico de Capital Humano del Sector Defensa, tendrá las siguientes funciones:

1. Contribuir en el Direccionamiento Estratégico del Capital Humano de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional.

2. Revisar y aprobar los lineamientos sobre los Sistemas de Gestión del Capital Humano.

3. Apoyar y contribuir a la implementación de la Política Sectorial de Desarrollo integral y Administración del Capital Humano de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional, en las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

4. Realizar seguimiento y evaluación a la Política Sectorial de Desarrollo Integral y Administración del Capital Humano de la Fuerza Pública del Ministerio de Defensa Nacional en las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

5. Elaborar su propio reglamento y las demás que de acuerdo con su naturaleza le sean asignadas.

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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> Funciones del Secretario del Comité Estratégico de Capital Humano del Sector Defensa:

1. Convocar, por instrucción del Presidente del Comité a los miembros, invitados y demás participantes a las reuniones ordinarias y extraordinarias. El Presidente del Comité autorizará en casos excepcionales, la convocatoria a sesiones virtuales, con apoyo de medios técnicos o tecnológicos.

2. Elaborar las actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias y someterlas a aprobación del Comité y custodiar su archivo.

3. Verificar el quórum deliberatorio y decisorio del comité.

4. Monitorear el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el Comité.

5. Elaborar los informes que les sean solicitados, relacionados con la gestión desarrollado por el Comité.

6. Las demás que de acuerdo con su naturaleza le sean asignadas.

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ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> El Comité Estratégico de Capital Humano del Sector Defensa se reunirá cada tres meses en forma ordinaria y en forma extraordinaria cuando lo requiera uno de sus miembros. De sus sesiones se realizarán actas en las que consten los temas tratados.

PARÁGRAFO. A las sesiones del Comité Estratégico de Capital Humano del Sector Defensa se podrá invitar a los servidores públicos de la Entidad cuya presencia se considere necesaria para la mejor ilustración de los diferentes temas de competencia del mismo.

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ARTÍCULO 5o. QUÓRUM DELIBERATORIO Y DECISORIO. <Resolución derogada por el artículo 27 de la Resolución 3144 de 2017> El Comité deliberará con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.

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ARTÍCULO 6o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de 2014.

El Ministro de Defensa Nacional,

JUAN CARLOS PINZÓN BUENO.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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