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RESOLUCIÓN 740 DE 2011

(mayo 18)

Diario Oficial No. 48.082 de 27 de mayo de 2011

MINISTERIO DE CULTURA

LA MINISTRA DE CULTURA

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las atribuciones que le confiere la Ley 397 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que en Colombia habitan un total de 4.311.757 de afrodescendientes, incluyendo las categorías de raizal, palenquero, comunidades negras y afrocolombianas, que representan un 10.4% del total de la población nacional.

Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Resolución 64/169 “año Internacional de los Afrodescendientes”, la cual proclama el 2011 como año Internacional de los Afrodescendientes, con miras a fortalecer las medidas nacionales y la cooperación regional e internacional en beneficio de las personas de ascendencia africana en relación con el pleno disfrute de los derechos económicos, culturales, sociales, civiles y políticos, su participación e integración en todos los aspectos políticos, económicos, sociales y culturales de la sociedad, y la promoción de un mayor conocimiento y respecto de la diversidad de la herencia y la cultura de estas personas.

Que por iniciativa del Gobierno Nacional se promulgó la Ley 21 de 1851 mediante la cual se estableció la abolición legal de la esclavitud en Colombia; 150 años después El Congreso de la República estableció el 21 de mayo como la fecha en la que el país conmemora el día nacional de la Afrocolombianidad por medio de la Ley 725 de 2001.

Que por iniciativa del Gobierno Nacional se promulgó la Ley 1381 de 2010 denominada Lenguas Nativas, como una herramienta para la defensa de las lenguas de los pueblos indígenas, palenquero, raizal y rom, que entre las 68 lenguas, dos son criollas, la raizal y la palenquera, presentes en San Basilio de Palenque, Barranquilla y Cartagena; y en las comunidades raizales del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

Que el Gobierno Nacional en cumplimiento a las obligaciones contempladas en la Ley 70 de 1993, presenta como avance en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 “Hacia una Colombia pluriétnica y multicultural con prosperidad democrática”, la inclusión estructural de estas comunidades en términos técnicos y financieros en las políticas, planes, programas y proyectos, destacando la cultura como componente fundamental para lograr una efectiva participación de las comunidades, a partir del enfoque diferencial,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Reafirmar el mes de mayo como mes de la Herencia afrocolombiana de las comunidades negras, raizales, palenqueras de Colombia.

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ARTÍCULO 2o. Instar a las entidades del Gobierno Nacional y del orden territorial a aunar esfuerzos para visibilizar a las comunidades afrodescendientes durante el mes de mayo, mediante acciones afirmativas desarrolladas en el marco cultural, educativo y pedagógico del Estado colombiano.

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ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D.C., a 18 de mayo de 2011.

La Ministra de Cultura,

MARIANA GARCÉS CÓRDOBA.

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 10 de Abril de 2016