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RESOLUCIÓN 6971 DE 2014

(noviembre 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR – ICBF

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016>

Por la cual se Modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, los Decretos 770 y 2539 de 2005 y el Decreto 1785 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo previsto en la Ley 909 de 2004, y en los Decretos 770, 2539 de 2005 y 1785 de 2014, las entidades públicas deben ajustar los Manuales Específicos de Funciones señalando las competencias laborales para los empleos que conforman su planta de personal.

Que en el Decreto 1785 de 2014 se establecen las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y se dictan otras disposiciones.

Que mediante la Resolución 8484 del 26 de septiembre de 2013, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”, estableció el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto.

Que la Corte Constitucional mediante Sentencia C-505 de 2014 declaró exequibles los apartes demandados de los artículos 73 (parágrafo 2a), 79 (inciso segundo) y 84 (inciso segundo) de la Ley 1098 de 2006, Código de la Infancia y la Adolescencia, para los cargos de “trabajador social”, siempre y cuando se entienda que la expresión “trabajador social”, también comprende a los profesionales en Desarrollo Familiar.

Que en consecuencia, el perfil profesional de Desarrollista Familiar tiene una relación directa, clara e inequívoca con las funciones a desempeñar en los Comités de Adopción del ICBF y los equipos interdisciplinarios de las Defensorías y Comisarías de Familia, razón por la que, al igual que los Profesionales en Trabajo Social, pueden ejercer sus labores en estas instancias del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.

Que por tal motivo, resulta procedente modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”, adoptado con Resolución 8484 del 26 de septiembre de 2013, adicionando como requisito de estudio el Título de Profesional, Licenciado o Doctor en Desarrollo Familiar para los empleos de la Planta de Personal del Instituto, con funciones a desempeñar en los Comités de Adopción del ICBF y los equipos interdisciplinarios de las Defensorías y Comisarias de Familia; las cuales deberán ser cumplidas por los servidores públicos, con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al ICBF, según el Anexo “Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales ICBF".

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> Modificar el “Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras", adoptado con Resolución 8484 del 26 de septiembre de 2013, adicionando para los empleos de la Planta de Personal del Instituto cuyo requisito de estudio sea Trabajador Social y desempeñen funciones en los Comités de Adopción del ICBF y los equipos interdisciplinarios de las Defensorías y Comisarías de Familia, el Título de Profesional, Licenciado o Doctor en Desarrollo Familiar conforme a lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo. De acuerdo con la distribución de la planta, esta profesión será incluida en los Perfiles Misionales Nacionales y los Perfiles Misionales Regionales conservando la actual estructura del manual específico de funciones y competencias laborales para los siguientes empleos:

Nivel ProfesionalCódigoGrado
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202824
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202821
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202819
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202817
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202816
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202815
PROFESIONAL ESPECIALIZADO202813
PROFESIONAL UNIVERSITARIO204411
PROFESIONAL UNIVERSITARIO20449
PROFESIONAL UNIVERSITARIO20448
PROFESIONAL UNIVERSITARIO20447

ARTÍCULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> La Dirección de Gestión Humana adelantará las acciones pertinentes a fin de ajustar el Anexo “Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales ICBF", para los respectivos empleos a que se hace mención en el Artículo Primero.

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ARTÍCULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> La Oficina Asesora de Comunicaciones procederá a publicar el Anexo “Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales ICBF” en la página web de la entidad cuya dirección electrónica es www.icbf.gov.co

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ARTÍCULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el "Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras", adoptado con Resolución 8484 del 26 de septiembre de 2013.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 21 NOV. 2014

CRISTINA PLAZAS MILCHELSEN

Directora General

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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