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RESOLUCIÓN 1252 DE 2015
(marzo 13)
Diario Oficial No. 49.455 de 16 de marzo de 2015
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016>
Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de algunos empleos de la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar adoptado mediante Resolución número 8484 del 26 de septiembre de 2013.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,
en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto número 2539 de 2005 y en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto número 1785 de 2014,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 8484 del 26 de septiembre de 2013, se estableció el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”.
Que el Decreto número 1785 del 18 de septiembre de 2014, “por el cual se establecen las funciones y los requisitos generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de los organismos y entidades del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, dispone que para la determinación de las disciplinas académicas o profesiones a prever en los manuales específicos de funciones y de competencias laborales, es necesario tener en cuenta la agrupación de estas conforme la clasificación determinada en los núcleos básicos del conocimiento, que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES).
Que el citado Decreto número 1785 de 2014, en el artículo 30, establece el contenido mínimo del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales y en el artículo 35 Ibídem, dispone que en un término de seis (06) meses los órganos y entidades del orden nacional deberán ajustar los manuales específicos de funciones y de competencias laborales.
Que atendiendo las nuevas disposiciones establecidas en el Decreto número 1785 de 2014, se hace necesario actualizar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”, actualización que se hará por etapas, iniciando con el nivel directivo.
Que se hace necesario ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras” atendiendo lo previsto en el Decreto número 1785 de 2014, en su primera etapa para los empleos del nivel Directivo.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> <Esta norma no incluye análisis de vigencia> Ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, para los empleos de libre nombramiento y remoción que integran el nivel directivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “Cecilia de la Fuente de Lleras”, cuyas funciones deberán ser cumplidas con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al ICBF, según el “Anexo Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras - Nivel Directivo”, que hace parte integral del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> <Esta norma no incluye análisis de vigencia> El Director de Gestión Humana entregará a cada servidor público copia de las funciones y competencias determinadas en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales ICBF – Nivel Directivo, para el respectivo empleo. Cuando un servidor público sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante modificación del Manual se afecten las establecidas para los empleos, se le hará entrega de las nuevas funciones al servidor público y los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> <Esta norma no incluye análisis de vigencia> Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, los grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> <Esta norma no incluye análisis de vigencia> La Oficina Asesora de Comunicaciones procederá a comunicar la presente Resolución junto con el “Anexo Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras - Nivel Directivo, en la página web de la entidad cuya dirección electrónica es www.icbf.gov.co.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 12 de la Resolución 4500 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica lo pertinente al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales ICBF, de los empleos del nivel Directivo contenidos en las Resoluciones número 8484 y número 9047 del 2013.
Comuníquese, y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de marzo de 2015.
La Directora General,
CRISTINA PLAZAS MICHELSEN.
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