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RESOLUCIÓN 671 DE 2010

(febrero 8)

Diario Oficial No. 47.640 de 3 de marzo de 2010

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS

DIRECCIÓN GENERAL

Por la cual se adopta la Política y Objetivos del Sistema Integrado de Gestión SIGE.

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE DE LLERAS,

en uso de sus facultades legales y estatutarias

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de la Ley 872 de 2003 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar implementó el Sistema de Gestión de la Calidad para todos sus servicios y procesos bajo la norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 adoptada mediante el Decreto 4110 de 2004 por el Gobierno Nacional.

Que el numeral 5.1 de la Norma de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2004 establece que “La alta dirección debe proporcionar evidencia de su compromiso con el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de la Calidad mediante... b) la determinación de la política de la calidad”.

Que en cumplimiento al Decreto 1599 de mayo 25 de 2005, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar implementó el Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 definido por el Gobierno Nacional.

Que el componente de “Administración de Riesgos” del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005 establece la definición de Políticas de Administración de Riesgos.

Que en correspondencia con el artículo 1o de la Ley 99 de 1993, el ICBF formuló y aprobó su Política de Gestión Ambiental mediante Resolución 840 del 13 de marzo de 2009, con la que se promueve el artículo 17 de la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y adolescencia cual define el derecho a la vida, a la calidad de vida y a un ambiente sano.

Que mediante Resolución 5620 de diciembre de 2009, el ICBF organizó los Sistemas de Gestión y definió responsabilidades para su desarrollo.

Que el Decreto 117 del 21 de enero de 2010, en su artículo 15, establece que la Subdirección de Mejoramiento Organizacional debe mantener un sistema de Gestión de la Calidad y ambiental mejorando continuamente su efectividad, y en su artículo 5o, numeral 3 dispone que esa misma dependencia, en conjunto con la Oficina de Control Interno y la Oficina de Aseguramiento a la Calidad, fomente una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo de los procesos y productos en el cumplimiento de la misión institucional.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adóptase la Política del Sistema Integrado de Gestión – SIGE, cuyo texto es el siguiente:

“En el ICBF préstamos servicios de protección integral con altos estándares de calidad, oportunidad y pertinencia a los niños, niñas, adolescentes y sus familias, con el propósito de satisfacer sus necesidades y expectativas, en el marco de la garantía de los derechos, el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios, la responsabilidad social, la gestión de riesgos y la sostenibilidad ambiental.

Para ello contamos con talento humano competente, apropiado de los valores institucionales, que actúa con sensibilidad social para la mejora continua de la calidad de los servicios.”

PARÁGRAFO. Para su desarrollo, en los niveles Nacional, Regional y Zonal se deben establecer e implementar acciones optimizando las capacidades humanas administrativas, financieras y tecnológicas.

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ARTÍCULO 2o. Para el cumplimiento progresivo y permanente adoptada mediante la presente resolución, las áreas de la Sede Nacional revisarán periódicamente, el cumplimiento de los siguientes objetivos del Sistema Integrado de Gestión:

1. Restablecer de manera efectiva los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

2. Promover el reconocimiento y la garantía efectiva de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y prevenir el riesgo de su vulneración.

3. Aumentar los niveles de satisfacción de nuestros clientes.

4. Mejorar continuamente los procesos para una efectiva gestión institucional.

5. Asegurar que los servidores públicos y los contratistas que prestan servicios al ICBF mejoren su competencia para mantener la calidad del servicio.

6. Disminuir los impactos ambientales producidos por los residuos sólidos de los programas de mayor significación ambiental del instituto.

7. Adoptar mejores prácticas ambientales por parte de los servidores públicos, contratistas y operadores de Servicios.

8. Optimizar el consumo de agua y energía en las instalaciones del instituto para mitigar el impacto ambiental asociado al uso indirecto de recursos naturales.

9. Evaluar periódicamente el cumplimiento de la legislación ambiental aplicable al ICBF.

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ARTÍCULO 3o. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la Fuente de Lleras, sus servidores públicos, contratistas y demás personas naturales y jurídicas vinculadas a sus procesos y programas, darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para el cumplimiento y mejora continua del Sistema Integrado de Gestión.

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ARTÍCULO 4o. La política aprobada por la presente resolución deroga las formuladas para el Sistema de Gestión de la Calidad, Administración del Riesgo y la Gestión Ambiental del ICBF.

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ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones internas que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de febrero de 2010.

La Directora General,

ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de marzo de 2018

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