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RESOLUCIÓN 99 DE 2008
(enero 21)
Diario Oficial No. 47.320 de 14 de abril de 2009
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2221 de 2010>
Por la cual se aprueba el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad versión 1.0 para los servicios del ICBF.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR,
en uso de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de la Ley 872 de 2003 el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ha iniciado la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad para todos sus servicios y procesos.
Que el Decreto 2913 de julio de 2007 unifica el plazo para la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad bajo la norma NTCGP1000:2004 y el Modelo Estándar de Control Interno MECI1000:2005 para el 8 de diciembre de 2008.
Que el numeral 4.2.1 de la Norma de Calidad para la Gestión Pública NTCGP1000:2004 establece que la documentación del Sistema de Gestión de la Calidad debe incluir un Manual de Calidad.
Que el Comité Coordinador del Sistema de Control Interno en su sesión de diciembre 20 de 2007 recomendó aprobar el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad del ICBF en su versión 1.0.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2221 de 2010> Aprobar el Manual del Sistema de Gestión de la Calidad del ICBF en su versión 1.0 el cual hace parte integral de la presente resolución y consta de ocho (8) capítulos y seis (6) anexos.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2221 de 2010> El Manual de Calidad adoptado mediante la presente resolución, se distribuirá en medio magnético y será ubicado en carpetas públicas: Dirección de Planeación/Subdirección de Mejoramiento Organizacional/Sistemas de Gestión.
PARÁGRAFO. Para efectos del Sistema de Gestión de la Calidad las copias impresas se identificarán como NO CONTROLADAS.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2221 de 2010> La Dirección de Planeación coordinará las acciones necesarias para promover la divulgación y aplicación del Manual aprobado mediante la presente resolución.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2221 de 2010> Las modificaciones al Manual serán aprobadas por el representante de la Dirección General ante el Sistema de Gestión de la Calidad, previa revisión de la Subdirección de Mejoramiento Organizacional.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 2221 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 21 de enero de 2008.
La Directora General,
ELVIRA FORERO HERNÁNDEZ.
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