Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 796 DE 2014
(abril 10)
Diario Oficial No. 49.119 de 10 de abril de 2014
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se establece la estructura orgánica de la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión, y su organización en las Direcciones Seccionales en materia administrativa y financiera.
EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y especialmente las conferidas por los numerales 6, 19 y 25 del artículo 4o y los artículos 45 y 51 del Decreto-ley número 016 del 9 de enero de 2014, “por el cual se modifica y define la estructura orgánica y funcional de la Fiscalía General de la Nación”,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.
Que el artículo 8o de la Ley 489 de 1998 establece que “La desconcentración es la radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa, sin perjuicio de las potestades y deberes de orientación e instrucción que corresponde ejercer a los jefes superiores de la Administración, la cual no implica delegación y podrá hacerse por territorio y por funciones.”
Que el numeral 19 del artículo 4o del Decreto-ley número 016 de 2014, otorgó al Fiscal General de la Nación la facultad de “Expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación.”
Que el artículo 36 del Decreto-ley número 016 de 2014 creó la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión dignándole sus funciones.
Que el artículo 37 del Decreto número 016 de 2014 crea la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión y le asigna sus funciones, así mismo, estableció en su numeral 3 que el Director Nacional de Apoyo a la Gestión debe impartir los lineamientos, directrices, interpretaciones, orientaciones, herramientas y procedimientos que en materia de gestión administrativa deben cumplir las Direcciones y Subdirecciones Seccionales.
Que el artículo 45 del Decreto-ley número 016 de 2014, determina que “Para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas”.
Que el Fiscal General de la Nación tiene competencia para desarrollar la estructura orgánica de la Entidad definida por la ley, atendiendo a los principios de racionalización del gasto, eficiencia y fortalecimiento de la gestión administrativa y el mejoramiento de la prestación del servicio.
Que por lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. La estructura de la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión quedará conformada de la siguiente manera:
1. DIRECCIÓN NACIONAL DE APOYO A LA GESTIÓN
1.1. Subdirección de Talento Humano
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 38 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.1.1. Departamento de Administración de Personal.
1.1.1.1. Grupo de Gestión de Personal.
1.1.1.2. Grupo de Gestión de Nómina.
1.1.1.3. Grupo de Gestión de la Información.
1.1.2. Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional.
1.1.2.1. Grupo de Gestión de Bienestar.
1.1.2.2. Grupo de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
1.1.3. Departamento de Formación y Desarrollo.
1.2. Subdirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 39 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.2.1 Departamento de Sistemas de Información, Comunicaciones y Seguridad Informática.
1.2.2. Departamento de Infraestructura.
1.3. Subdirección de Gestión Contractual
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 40 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.3.1. Grupo de Gestión de Licitaciones.
1.3.2. Grupo de Gestión de Menor Cuantía.
1.3.3. Grupo de Gestión de Sondeos de Mercado.
1.3.4. Grupo de Contratación Directa.
1.3.5. Grupo de Apoyo Administrativo.
1.4. Subdirección Financiera
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 41 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.4.1. Departamento de Presupuesto y Contabilidad.
1.4.1.1. Grupo de Gestión de Presupuesto.
1.4.1.2. Grupo de Gestión de Contabilidad.
1.4.2. Departamento de Tesorería.
1.4.2.1. Grupo de Gestión de Tesorería.
1.4.2.2. Grupo de Gestión de Cuentas.
1.4.2.3. Grupo de Títulos Judiciales.
1.4.3. Departamento de Viáticos.
1.5. Subdirección de Bienes
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 42 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.5.1. Departamento de Administración de Sedes y Construcciones.
1.5.1.1. Grupo de Gestión de Administración de Sedes.
1.5.1.2. Grupo de Gestión de Construcciones.
1.5.2. Departamento de Almacén, Inventarios y Bodegas de Evidencias.
1.5.2.1. Grupo de Gestión de Almacén.
1.5.2.2. Grupo de Gestión de Inventarios.
1.5.2.3. Grupo de Almacenes Transitorios y Almacenes de Evidencia.
1.5.3. Departamento de Transportes.
1.5.3.1. Grupo de Contratación.
1.5.3.2. Grupo de Facturación.
1.5.3.3. Grupo de Seguros y SOAT.
1.5.3.4. Grupo de Matrículas.
1.5.3.5. Grupo de Mantenimiento.
1.5.4. Departamento Gestión y Manejo de Bienes.
1.5.4.1. Grupo de Manejo de Bienes.
1.5.4.2. Grupo de Estadísticas.
1.5.4.3. Grupo de Seguros.
1.5.4.4. Grupo de Seguimiento Jurídico.
1.5.5. Fondo Especial para la Administración Nación.
1.6. Subdirección de Gestión Documental
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 43 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.6.1. Grupo de Archivo.
1.6.2. Grupo de Correspondencia.
1.6.3. Grupo Derechos de Petición y Quejas y Reclamos.
1.7. Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la Fiscalía General de la Nación
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 44 del Decreto-ley número 016 de 2014.
PARÁGRAFO. El grupo Operativo del Sistema de Gestión Integral será una dependencia adscrita a la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión, de la cual dependerá funcionalmente.
ARTÍCULO 2o. La estructura orgánica de las Subdirecciones Seccionales de Apoyo a la Gestión se conformará de la siguiente manera:
1. DIRECCIÓN SECCIONAL
1.1. Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión
Responsable de garantizar el cumplimiento de las funciones establecidas en el artículo 36 del Decreto-ley número 016 de 2014.
1.1.1. Sección de Talento Humano.
1.1.1.1. Grupo de Gestión de Personal.
1.1.1.2. Grupo de Gestión de Nómina.
1.1.1.3. Grupo de Gestión de la Información.
1.1.1.4. Grupo de Novedades Administrativas.
1.1.1.5. Grupo de Gestión de Bienestar.
1.1.1.6. Grupo de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
1.1.2. Sección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
1.1.3. Sección de Gestión Contractual.
1.1.3.1. Grupo de Sondeos de Mercado.
1.1.3.2. Grupo de Contratos.
1.1.4. Sección Financiera.
1.1.4.1. Grupo de Presupuesto.
1.1.4.2. Grupo de Contabilidad.
1.1.4.3. Grupo de Tesorería y Cuentas.
1.1.4.4. Grupo de Títulos Judiciales.
1.1.4.5. Grupo de Viáticos.
1.1.5. Sección de Bienes.
1.1.5.1. Grupo de Administración de Sedes
1.1.5.2. Grupo de Bodega de Evidencias.
1.1.5.3. Grupo de Transportes.
1.5.5.4. Grupo de Almacén e Inventarios.
1.1.6. Sección de Gestión Documental.
1.1.6.1. Grupo de Archivo.
1.1.6.2. Grupo de Correspondencia.
1.1.6.3. Grupo Derechos de Petición, Quejas y Reclamos.
1.1.7. Sección de Apoyo Jurídico a la Gestión Administrativa.
PARÁGRAFO. El grupo Operativo del Sistema de Gestión Integral será una dependencia adscrita a la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión, de la cual dependerá funcionalmente.
ARTÍCULO 3o. La Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión podrá organizar grupos al interior de los Departamentos que conformen la Dirección Nacional, que garanticen la correcta prestación del servicio, de acuerdo con sus necesidades, perfiles y planta asignada.
ARTÍCULO 4o. Los Directores Seccionales podrán organizar grupos al interior de las Secciones que conforman la Subdirección Seccional de Apoyo a la Gestión, que garanticen la correcta prestación del servicio, de acuerdo con sus necesidades, perfiles y planta asignada.
ARTÍCULO 5o. Las funciones específicas de cada Departamento, Sección o Grupo serán dispuestas por la Dirección Nacional de Apoyo a la Gestión.
ARTÍCULO 6o. Las diferentes dependencias que componen la Fiscalía General de la Nación, facilitarán la información que sea requerida por la Dirección Nacional y Seccional de Apoyo a la Gestión, para el cumplimiento de sus funciones legales, así como apoyarán la gestión administrativa de la misma cuando esta sea solicitada.
ARTÍCULO 7o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, especialmente las Resoluciones número 0-0527 y 0-0782 del 2 y 7 de abril de 2014, respectivamente.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2014.
El Fiscal General de la Nación,
EDUARDO MONTEALEGRE LYNNET.
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.