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RESOLUCIÓN 4430 DE 2009
(abril 30)
Diario Oficial No. 47.341 de 6 de mayo de 2009
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se adiciona un código a los artículos 6o y 7o de la Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008, modificada por la Resolución 00870 del 28 de enero de 2009.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 22 del artículo 6o del Decreto 4048 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adoptó la codificación de las dependencias del Nivel Central, Local y Delegado.
Que mediante el artículo 7o de la Resolución 02281 del 30 de diciembre de 2008, se modificó el artículo 91 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, en el sentido de crear el Grupo Interno de Trabajo de Cartera no Exigible en la División de Gestión de Cobranzas de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá.
Que mediante el artículo 9o de la Resolución 4105 del 22 de abril de 2009, se modificó el artículo 118 de la Resolución 0011 del 4 de noviembre de 2008, en el sentido de crear la Coordinación Penal en el despacho de la Subdirección de Gestión de Representación Externa de la Dirección de Gestión Jurídica de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Que por lo anterior se hace necesario asignar códigos, tanto a la Coordinación como al Grupo Interno de Trabajo creados por los actos administrativos mencionados,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase el artículo 6o de la Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008, con el siguiente código:
Código | Coordinación |
351 | Coordinación Penal |
ARTÍCULO 2o. Adiciónase el artículo 7o de la Resolución 0012 del 4 de noviembre de 2008, con el siguiente código:
Código | Grupo Interno de trabajo |
460 | Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Cartera no exigible |
ARTÍCULO 3o. Compulsar copia de la presente resolución a la Subdirección de Gestión de Procesos y Competencias Laborales de la Dirección de Gestión Organizacional.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D. C., 30 de abril de 2009.
El Director General,
NÉSTOR DÍAZ SAAVEDRA.
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