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RESOLUCIÓN 127 DE 2014
(julio 3)
Diario Oficial No. 49.202 de 4 de julio de 2014
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se modifican y adicionan las Resoluciones números 0011 y 0012 del 4 de noviembre de 2008.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 3 y 22 del artículo 6o y por los artículos 50 y 51 del Decreto número 4048 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, administrar el recurso humano y definir la organización interna de la Entidad, así como crear los Grupos Internos de Trabajo que sean necesarios para garantizar la adecuada gestión de la misma;
Que se hace necesario procurar la eficiencia y especialización en cumplimiento de las competencias a cargo de las dependencias del Nivel Central;
Que de conformidad con el artículo 8o del Decreto número 2489 de 2006, la integración de los Grupos Internos de Trabajo, conformados al interior de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva del Poder Público, no puede ser inferior a cuatro (4) empleados;
Que las funciones de la Coordinación de Convenios Tributarios Internacionales pueden ser asumidas por el Despacho de la Dirección de Gestión Jurídica, según el numeral 5 del artículo 19 del Decreto número 4048 del 22 de octubre de 2008;
Que en razón a lo expuesto es necesario reorganizar el Despacho de la Dirección de Gestión Jurídica, suprimiendo la Coordinación de Convenios Tributarios Internacionales;
Que entre los años 1997 y 2013 se han gestionado 76.561 denuncias de las cuales se terminaron 49.266 y a 31 de diciembre de 2013 se encuentran activas un total de 27.295 denuncias;
Que se requiere efectuar acompañamiento y controlar la gestión que realizan los Grupos Internos de Trabajo de Unidad Penal de las Direcciones Seccionales, o quien haga sus veces, respecto a las denuncias que reciba la Entidad;
Que es necesario crear un Grupo Interno de Trabajo que unifique criterios y genere lineamientos en materia procedimental penal que se deben seguir en la Entidad, así como promover actividades de actualización normativa y jurisprudencial;
Que las actuaciones penales cuentan con términos procedimentales o de respuesta y deben priorizarse para garantizar el principio de celeridad, lograr la correcta defensa judicial de la Entidad y evitar el detrimento patrimonial de la misma;
Que en razón a lo expuesto es necesario reorganizar la Subdirección de Gestión de Representación Externa creando la Coordinación Penal;
Que para efectos del control de la estructura interna y estadística es necesario dejar sin efectos administrativos el código de la dependencia que se suprime;
Que es necesario renumerar el artículo que señala la vigencia de la Resolución número 0011 de del 4 de noviembre de 2008,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Suprimir la Coordinación de Convenios Tributarios Internacionales del Despacho de la Dirección de Gestión Jurídica, creada mediante el artículo 11 de la Resolución número 02281 de diciembre 30 de 2008, el cual adiciona el artículo 117 de la Resolución número 0011 del 4 de noviembre de 2008.
ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 130 de la Resolución número 0011 del 4 de noviembre de 2008, el cual quedará así:
“Artículo 130. Crear la Coordinación Penal en el despacho de la Subdirección de Gestión de Representación Externa de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para que además de lo dispuesto en el artículo 113 de la presente resolución, cumpla las siguientes funciones:
1. Formular las denuncias a que hubiere lugar por la comisión de conductas punibles en materia tributaria, aduanera, cambiaria y demás que disponga la Dirección General de acuerdo a las delegaciones en materia de representación externa, y realizar el seguimiento y control a las mismas.
2. Representar a la DIAN en los procesos penales en que se considere y sea reconocida como víctima, de acuerdo con las delegaciones del Director General, en las etapas procesales de indagación, investigación y juzgamiento.
3. Promover, en los casos a que haya lugar, los Incidentes de Reparación Integral para obtener el reconocimiento y pago de los perjuicios derivados del delito, previa valoración y decisión del Comité Nacional de Conciliación y Defensa Judicial.
4. Coordinar a nivel nacional las labores requeridas para recolectar, perfeccionar y asegurar los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, que se requiera para la formulación de denuncias en materia tributaria, aduanera, cambiaria y delitos Conexos.
5. Asesorar, coordinar, controlar y vigilar en los asuntos de su competencia, a los Grupos Internos de Trabajo de Unidad Penal o quien haga sus veces en las Direcciones Seccionales.
6. Generar estrategias para el acompañamiento, depuración y actualización de actuaciones penales reportadas en bases de datos, con el fin de lograr mayor eficacia en las actuaciones penales por parte de los apoderados de la DIAN.
7. Liderar la aplicación de mecanismos de control sobre la información reportada por los comités de unificación de criterios realizados por las direcciones seccionales y la información obrante en la base de datos y el servicio informático electrónico de planeación”.
ARTÍCULO 3o. Adicionar el artículo 6o de la Resolución número 0012 de noviembre 4 de 2008, con el siguiente código:
Código | Dependencia |
364 | Coordinación Penal |
ARTÍCULO 4o. Dejar sin efectos administrativos a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, el código 350 asignado a la Coordinación de Convenios Tributarios de la Dirección de Gestión Jurídica, mediante el artículo 6o de la Resolución número 0012 de noviembre 4 de 2008.
Igualmente se deja sin efectos administrativos el código 351 asignado a la Coordinación Penal de la Subdirección de Gestión de Representación Externa, a la que se le suprimieron las funciones mediante el artículo 3o de la Resolución número 127 de 2012.
ARTÍCULO 5o. Compulsar copia de la presente resolución para lo de su competencia a la Dirección de Gestión Jurídica, a la Oficina de Comunicaciones; a las Direcciones de Gestión de Recursos Físicos y Administración Económica y de Gestión Organizacional, y a las Subdirecciones de Gestión de Procesos y Competencias Laborales, de Personal, Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y de Recursos Físicos.
ARTÍCULO 6o. Adicionar la Resolución número 0011 del 4 de noviembre de 2008 con el siguiente artículo:
“Artículo 131. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias”.
ARTÍCULO 7o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el artículo 117 de la Resolución número 0011 del 4 de noviembre de 2008.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 3 de julio de 2014.
El Director General,
JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ.
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