Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 12 DE 2017

(septiembre 4)

Diario Oficial No. 50.348 de 06 de septiembre de 2017

AUDITORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Por la cual se suspenden términos en las actuaciones administrativas de la Auditoría General de la República autorizado mediante Circular Interna número 07 de 2017.

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA (E),

en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que la Auditoría General de la República es el órgano instituido para ejercer la vigilancia y el control de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y las contralorías territoriales, por lo que el Decreto-ley 272 de 2000, artículo 3o, señala que le corresponde coadyuvar a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control de la gestión fiscal, mediante la promoción de los principios, finalidades y cometidos de la función administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomento de la cultura del autocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción, de conformidad con la normatividad vigente;

Que mediante Resolución Orgánica número 0006 de 2010 se establecieron los lineamientos para la expedición de las resoluciones al interior de la entidad y en sus capítulos III y IV se regula la expedición de las resoluciones reglamentarias;

Que el artículo sexto de la Resolución Orgánica número 0006 de 2010 establece el procedimiento para la expedición de las resoluciones orgánicas y reglamentarias, y al tenor estipula: “Las resoluciones orgánicas y reglamentarias son suscritas por el Auditor General, previa elaboración por parte de la dependencia competente, según el caso, y la revisión de la Oficina Jurídica(…)”;

Que mediante Circular Interna número 07 de 2017 expedida el 1 de septiembre de los corrientes por la Secretaría General se informó que: “Con ocasión de la visita de su Santidad el Papa Francisco a nuestro país el próximo 6 de septiembre de 2017, y en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto número 458 del 30 de agosto de 2017, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Circular Externa número 100-007 expedida por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), les informó que el horario laboral para los días 6 y 7 de septiembre de 2017, es el siguiente: 1. El día 6 de septiembre de 2017, el horario laboral será de 7:00 a. m. a 12:00 p. m. jornada continua. 2. Se otorgará el jueves 7 de septiembre de 2017 como día libre, con el fin de facilitar a quienes así lo deseen, asistan a las diferentes actividades religiosas programadas por el Papa Francisco”;

Que teniendo en cuenta que la entidad NO tendrá atención al público, se requiere no generar traumatismos en el trámite de todas las actuaciones a cargo de la entidad, por lo que se hace necesario tomar las medidas administrativas consistentes en la suspensión de términos para todas sus actuaciones;

Que por lo expuesto anteriormente,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suspender los términos dentro de todas las actuaciones administrativas a cargo de la Auditoría General de la República, incluidas las solicitudes de petición, conceptos y consultas, procesos disciplinarios, procesos de responsabilidad fiscal, administrativos sancionatorios, indagaciones preliminares y jurisdicción coactiva, por media jornada del día miércoles 6 comprendida entre la 1:00 p. m. y las 4:30 p. m. y jornada completa del día jueves 7 de septiembre de 2017 inclusive, por las razones expuestas en la parte motiva.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. Incorporar en cada actuación copia de la presente resolución por la cual será efectiva la suspensión de términos aquí dispuestos.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 4 de septiembre de 2017.

MARGARITA MARÍA MÁRQUEZ FIGUEROA.

La Auditora General de la República (e),

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.