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RESOLUCION ORGANICA 6 DE 2005

(abril 29)

Diario Oficial No. 45.914 de 20 de mayo de 2005

AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se introducen algunas modificaciones a las Resoluciones números 001 de 14 de marzo de 2003, 002 de 20 de enero y 004 de 26 de enero de 2005, y se adoptan otras disposiciones.

Resumen de Notas de Vigencia

LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, de las conferidas por el artículo 274 de la Constitución Política y por el artículo 17 del Decreto-ley 267 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Auditoría General de la República ejercer control fiscal sobre la Contraloría General de la República y, las contralorías departamentales, distritales y municipales, conforme a lo establecido en el artículo 274 de la Constitución Política, la Ley 330 de 1996 y el Decreto-ley 272 de 2000 y, las precisiones hechas por la Sentencia C-1339 de 2000 proferida por la Corte Constitucional;

Que la vigilancia fiscal que se ejerce sobre las contralorías, debe realizarse con los mismos principios e intensidad con que se ejerce el control fiscal encomendado a la Contraloría General de la República;

Que conforme a lo establecido en el numeral 2 del artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000, corresponde al Auditor General de la República "[...] 2. Prescribir los métodos y la forma en que sus vigilados deben rendir cuentas y determinar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados, entre otros, que deberán aplicarse para la vigilancia de la gestión fiscal y para la evaluación del control fiscal interno";

Que para cumplir con las labores de auditoría se profirió la Resolución Orgánica número 001 de 14 de marzo de 2003 "[p]or la cual se actualiza el Manual de Metodologías Misionales de la Auditoría General de la República", procedimientos que deben ser observados por los funcionarios para el ejercicio del control fiscal;

Que en ejercicio de la facultad conferida por el numeral 2 del artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000 se expidieron, la Resolución número 002 de 20 de enero de 2005 "[p]or la cual se adopta el Manual del Sistema de Evaluación de Instituciones Superiores de Auditoría, Seisa, para la evaluación de la gestión y resultados del proceso auditor y se establecen mecanismos para su mejoramiento permanente" y, la Resolución Orgánica número 004 de 26 de enero de 2005 "[p]or la cual se adopta el Manual Seisa 1, para ejercer la auditoría a la gestión fiscal de las contralorías en los procesos administrativos internos", en las cuales se autorizó la aplicación del referido Manual en su versión 2.0 para la evaluación del proceso auditor y, el Manual Seisa 1, respectivamente;

Que la versión 2.0 adoptada para la evaluación del proceso auditor y el Manual Seisa 1, fueron entregados oficialmente por la firma Ingerschoft Ltda. el pasado viernes veintidós (22) de abril de dos mil cinco (2005), razón por la cual se requiere establecer un período de transición en que se les dé aplicación a manera de prueba, a efecto de identificar e implementar los ajustes que requieran estas herramientas de control fiscal;

Que es necesario aclarar el procedimiento que se deberá observar para el desarrollo de las auditorías autorizadas en el Plan General de Auditorías para la vigencia 2005 e, identificar las metodologías que podrán ser utilizadas en el proceso auditor,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifícase y adiciónase el artículo 1o de la Resolución Orgánica 001 de 14 de marzo de 2003 "[p]or la cual se actualiza el Manual de Metodologías Misionales de la Auditoría General de la República", el cual quedará redactado en los siguientes términos:

"Artículo 1o. Expedir el Manual de Metodologías Misionales para el adecuado cumplimiento de la vigilancia de la gestión fiscal encomendado a la Auditoría General de la República en desarrollo de su autonomía. Dichas metodologías deberán ser cumplidas por los funcionarios de la Entidad, con criterios de eficiencia y eficacia, con el fin de contribuir al logro de la misión.

Las metodologías que se expiden se relacionan a continuación:

Fase de Planeación:

1. Explicación del Macroproceso de control fiscal.

2. Elaboración del Plan General de Auditorías.

3. Planeación de Auditorías (Memorando de Planeación).

4. Comunicación e instalación de auditorías.

5. Evaluación del sistema de control interno.

Fase de ejecución:

6. Evaluación del área financiera.

7. Evaluación del talento humano.

8. Evaluación de recursos físicos.

9. Evaluación de tecnología de información.

10. Evaluación de contratación administrativa.

11. Evaluación de mecanismos de participación ciudadana.

12. Evaluación de gestión y resultados.

13. Evaluación de la gestión ambiental.

14. Evaluación de procesos de responsabilidad fiscal.

15. Evaluación de procesos de jurisdicción coactiva.

16. Evaluación de procesos administrativos sancionatorios.

Fase de elaboración de informes:

17. Elaboración de informes de auditoría.

18. Evaluación y traslados de hallazgos.

Manejo de procesos al interior de la entidad:

19. Proceso de responsabilidad (interno).

20. Jurisdicción coactiva (interno).

21. Administrativo sancionatorio (interno).

Proceso Interno de Manejo de las cuentas recibidas:

22. Rendición de la cuenta.

23. Revisión de la cuenta.

24. Calificación de la cuenta.

PARÁGRAFO. La Auditoría General de la República efectuará sus pronunciamientos con base en los resultados arrojados por la aplicación del Manual de Metodologías Misionales, adoptado mediante Resolución Orgánica número 001 de 14 de marzo de 2003, en versión 1.3 denominadas Metodologías para el desarrollo del proceso auditor, que hace parte integral del presente acto administrativo".

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ARTÍCULO 2o. Establézcase un período de prueba de doce (12) meses para aplicar la versión 2.0 de evaluación del proceso auditor adoptada mediante Resolución número 002 de 2005 y, el Manual Seisa 1 del "Sistema de Evaluación de Instituciones Superiores de Auditoría, Seisa" adoptado mediante Resolución número 004 de 2005, dentro del cual se rán objeto de la validación y de los ajustes requeridos para su adopción definitiva como herramienta de control fiscal de la Auditoría General de la República.

PARÁGRAFO. Los resultados arrojados dentro del período de prueba por la aplicación de las herramientas de control fiscal "Versión 2.0, evaluación del proceso auditor" y "Manual Seisa 1", servirán como fundamento para realizar los ajustes que se deban implementar.

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ARTÍCULO 3o. La Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal es la dependencia responsable de identificar los ajustes que requieran las herramientas de control fiscal conocidas bajo la denominación "Versión 2.0, evaluación del proceso auditor" y "Manual Seisa 1", su consolidación y entrega definitiva al Comité Institucional, que le dará aprobación y establecerá la fecha a partir de la cual podrá aplicarse de manera permanente en las labores de control fiscal a cargo de la Auditoría General de la República.

Para tal efecto se otorga a la Auditoría Delegada para la Vigilancia de la Gestión Fiscal, el término de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, plazo que coincide con el período de prueba antes autorizado.

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ARTÍCULO 4o. Aprobadas las modificaciones requeridas por las herramientas de control fiscal "Versión 2.0, evaluación del proceso auditor" y "Manual Seisa 1" conforme a lo previsto en el artículo 4o de la Resolución 001 de 2003, la Oficina de Planeación se encargará de incorporarlas a los Manuales de Procedimientos adoptados por la Auditoría General de la República.

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ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2005.

La Auditora General de la República,

PIEDAD AMPARO ZÚÑIGA QUINTERO

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 31 de agosto de 2019

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