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INFORMATIVO JURÍDICO INTERNACIONAL

(enero 2010)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS INTERNACIONALES - ÁREA CONSULTIVA

Edición No 3 - Enero 2010

CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA CIJ

-- El 11 de diciembre de 2009 concluyeron las audiencias públicas sobre la Declaración Unilateral de Independencia de las Instituciones Provisionales de Autogobierno de Kosovo. Finiquitado ese estadio procesal, la Corte puede dar inicio a las deliberaciones sobre la concordancia de esa declaración unilateral frente al derecho internacional, de acuerdo con la solicitud de opinión consultiva presentada por parte de la Asamblea General de Naciones Unidas mediante resolución (A/63/3) de fecha 9 de octubre de 2008.

-- Las intervenciones comenzaron el 1o de diciembre de 2009 y participaron los siguientes Estados: Serbia, Albania, Alemania, Arabia Saudita, Argentina, Austria, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Burundi, China, Croacia, Chipre, Dinamarca, España, Estados Unidos, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Jordania, Noruega, Países Bajos, Rumania, Reino Unido, República Bolivariana de Venezuela y Vietnam. En nombre de los autores de la Declaración Unilateral de Independencia de las Instituciones Provisionales de Autogobierno de Kosovo, intervinieron: Su Excelencia el señor Skender Hyseni como Jefe de la Delegación; Su Excelencia el señor Sir Michael Wood, miembro de la Asociación inglesa de juristas, miembro de la Comisión de Derecho Internacional como Consejero; el señor Daniel Müller, investigador del Centro de Derecho Internacional de Nanterre, como Consejero; Profesor Sean D. Murphy y Patricia Roberts Harris profesor de investigación en derecho de la Universidad George Washington University como Consejeros.

-- El 18 de diciembre de 2009 la Corte fijó el 1o de abril de 2010 como fecha límite para que Georgia presente la respuesta por escrito, a las objeciones preliminares, presentadas el 1o de diciembre de 2009, por parte de la Federación Rusa en relación con la jurisdicción de la Corte para dirimir la controversia sobre la Aplicación de la Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Georgia vs Federación Rusa).

-- El 21 de diciembre Bélgica inició los procedimientos ante la Corte Internacional de Justicia contra Suiza, en relación con la controversia sobre la interpretación y aplicación de la Convención de Lugano de 1988 sobre Jurisdicción y Ejecución de Resoluciones Judiciales en Materia Civil y Mercantil.

-- En su aplicación ante la Corte, Bélgica argumenta que la controversia surge debido a que se han adelantado acciones judiciales paralelas tanto en ese Estado como en Suiza en relación con la disputa comercial y civil entre los accionistas mayoritarios de Sabena, la antigua aerolínea belga, ahora en bancarrota. Los accionistas suizos en cuestión hacen parte del grupo SAirGroup (antigua Swissair) y sus subsidiarias SAirLines. En cuanto a los accionistas de la parte belga, se trata del Estado y tres compañías en las cuales éste colocó las acciones.

Más información: http://www.icj-cij.org/homepage/index.php?lang=en

CORTE PENAL INTERNACIONAL  

Situación de la República Centroafricana: en el caso el Fiscal contra Jean- Pierre Bemba Gombo, en el cual se le atribuye a éste dos cargos de crímenes contra la humanidad y tres cargos de crímenes de guerra, la Sala de Apelaciones emitió, el 2 de diciembre de 2009, un texto sumario de la sentencia mediante la cual se revirtió la decisión de la Sala II de Cuestiones Preliminares que había concedido la libertad provisional condicionada a petición del acusado.

En su decisión, la Sala de Apelaciones determinó que la Sala de Cuestiones Preliminares no tuvo en cuenta ciertos aspectos relevantes al concluir que un cambio sustancial de circunstancias podía garantizar la libertad condicional del acusado.

Así mismo, la Sala de Apelaciones establece que la decisión de otorgar libertad condicional debe ser una sola e indisociable y debe especificar las condiciones en que se concede.

Adicionalmente, debe identificarse de manera previa a la decisión el Estado que recibirá al acusado.

Más información:

http://www.icc-cpi.int/NR/rdonlyres/B70CEAE0-1894-4824-8BCD-C0DF2E526 353/281352/Ed13_ENG.pdf  

*Comité Jurídico Interamericano

-- A través de Resolución No 155 de 2009, el Comité incorporó la Agenda que se desarrollará en el 75o Periodo ordinario de sesiones, que se inició el día 3 de agosto de 2009 y concluyó el 14 de ese mismo mes, en la ciudad de Rio de Janeiro. El 76o periodo, se desarrollará del 15 al 24 de marzo en Lima, Perú.

-- Entre los asuntos abordados por el 75o período de sesiones, se encuentran:

Acceso a la información pública; formas innovadoras del acceso a la justicia en las Américas; Corte Penal Internacional; lucha contra la discriminación y la intolerancia en las Américas; reflexiones sobre una jurisdicción interamericana de justicia; cooperación jurídico-institucional con la República de Haití; seguimiento de la aplicación de la Carta Democrática Interamericana y temas migratorios, entre otros.

-- El último informe anual del Comité, (OEA/Ser.Q/VIII.39 CJI/doc.316/08), relacionado con las actividades adelantadas en el año 2008, fue transmitido a la Asamblea General de la OEA en el mes de enero de 2009, y está disponible para consulta. Se espera la publicación del informe referente a las actividades adelantadas en el año 2009, el cual deberá ser publicado en los primeros meses del año 2010.

Informe disponible en: http://www.oas.org/cji/informes_cji.htm

 TRIBUNAL INTERNACIONAL DE DERECHO DEL MAR  

-- El 4 de diciembre, el Presidente del Tribunal José Luis Jesús se dirigió a la Asamblea General de Naciones Unidas en Nueva York en el marco de las deliberaciones anuales sobre la agenda en el tema “Océanos y el derecho del Mar”.

-- El Presidente le dio la bienvenida a los nuevos Estados Partes de la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (Suiza, República Dominicana, y Chad) y agradeció a los patrocinadores del borrador de resolución sobre los Océanos y el Derecho del Mar por destacar la labor de ese Tribunal en la resolución pacífica de controversias, de acuerdo con la Parte XV de la Convención. Así mismo, el Presidente informó a los delegados que el Juez Jin-Hyun Paik fue elegido como miembro del Tribunal en marzo de 2009.

-- En relación con la jurisdicción del Tribunal para dirimir controversias sobre la interpretación o aplicación de cualquier acuerdo internacional relacionado con el propósito de la Convención, el Presidente Jesús destacó que un número creciente de casos relacionados, inter alia, con la pesca, polución marina, conservación de los recursos marinos y patrimonio cultural sumergido, hacen referencia a esa organismo como instancia para resolver esa clase de litigios.

-- El 14 de diciembre se iniciaron procedimientos ente el Tribunal en relación con la controversia sobre la delimitación de la frontera marítima en la Bahía de Bengala entre la República Popular de Bangladesh y Myanmar. Tanto Bangladesh como Myanmar acordaron someter la controversia al Tribunal. El caso figura como el número 16 en la lista de este organismo.

-- El caso relacionado con la Conservación y Explotación Sostenible de bancos de pez espada en el sur-este del océano Pacífico (Chile vs Unión Europea) fue retirado de la lista de casos que lleva el Tribunal puesto que las partes solicitaron su remoción, luego de llegar a un arreglo directo de la controversia.

Más información: http://www.itlos.org/start2_en.html

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

-- El día 10 de diciembre de 2009, la Corte Interamericana publicó el texto de su nuevo reglamento, como resultado de un trabajo conjunto de retroalimentación con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

-- Con esta reforma la Corte persigue el fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, con el otorgamiento de un nuevo rol a la Comisión, en su actuación en el procedimiento ante la Corte. Es así como las nuevas disposiciones buscan asignar a los representantes de las presuntas víctimas y al Estado demandado, un papel más protagónico en el litigio, procurando que la Comisión ejerza casi exclusivamente su rol de órgano investigativo, lo que permite el equilibrio procesal entre las partes.

De las reformas incorporadas, cabe destacar:

-- En los casos de peticiones individuales, se establece el impedimento de que los jueces nacionales del Estado demandado participen en el conocimiento y deliberación del caso.

 -- Se introduce la figura del Defensor Interamericano, con el propósito de garantizar a las presuntas víctimas disponer de un abogado defensor en el proceso, y así evitar que la Comisión ejerza una función dual: como representante de las víctimas y como órgano del sistema.

-- Se reglamentan nuevas prácticas procesales, como la acumulación de medidas provisionales y la supervisión de cumplimiento de sentencias, con miras a garantizar los principios de economía y celeridad.

Reglamento disponible en:

http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/CIDH_CP-19-09_%20esp.pdf

Como actuaciones relevantes adelantadas en la Corte, en relación con los casos contenciosos se destacan las siguientes:

-- El día 22 de enero de 2009, en el Caso Cepeda Vargas vs Colombia: durante el desarrollo de la audiencia pública convocada con el objeto de oír los alegatos finales de las partes y las declaraciones de testigos y peritos, el Estado colombiano reconoció responsabilidad internacional en el caso, en los siguientes términos:

“[…] el reconocimiento de responsabilidad (…) es fruto de un auto examen profundo de cada institución implicada en las fallas que propiciaron la violación de los derechos del honorable Senador Manuel Cepeda Vargas y al hecho de que no se haya logrado la plena aplicación de la justicia para todos los responsables. Es asimismo un reconocimiento del incumplimiento de las obligaciones del Estado que emanan de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Es el reconocimiento también de que la obligación del Estado consistía en evitar que hubieran sucedido los hechos.” Comunicado de prensa disponible en:

http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_03_10.pdf

-- En el caso Palmeras vs Colombia, (acerca de la ejecución extrajudicial de seis individuos en el Municipio de Mocoa – Putumayo), la Corte argumentando, la facultad inherente a sus funciones jurisdiccionales de supervisar el cumplimiento de sus decisiones, determinó que transcurridos más de siete años desde la emisión de la Sentencia (6 de diciembre de 2001) en la que se ordena las reparaciones a las víctimas, es preciso conocer con mayor detalle las gestiones adoptadas por el Estado para cumplir con los puntos pendientes de acatamiento, entre ellos, los resultados de los procesos penales adelantados en contra de los presuntos responsables de los hechos. Por consiguiente, resuelve convocar a audiencia privada al Estado colombiano, a la Comisión Interamericana y a los representantes de las víctimas el día 29 de enero de 2010.

Más información: http://www.corteidh.or.cr/casos.cfm?idCaso=331

*El Comité Jurídico Interamericano es un cuerpo consultivo de la Organización de los Estados Americanos, que conoce de asuntos jurídicos de carácter internacional y que busca promover el desarrollo progresivo del derecho internacional de la región, a través del estudio de problemas jurídicos relacionados con la integración de los países en desarrollo del continente y la posibilidad de uniformar sus legislaciones.

El estatuto y el Reglamento de este órgano fueron aprobados en 1972, por la Resolución de la Asamblea General AG/RES.89 (II-O/72). Está integrado por once juristas nacionales de los Estados Partes elegidos por la Asamblea General, de ternas presentadas por dichos Estados, para un período de cuatro años.

Los miembros actuales del Comité son: Jaime Aparicio Otero (Bolivia); Ana Elizabeth Villalta Vizcarra (El Salvador); Freddy Castillo Castellanos (Venezuela); Hyacinth Evadne Lindsay (Jamaica); Jorge Palacios Treviño (México); Joao Clemente Baena Soares (Brasil); Mauricio Herdocia Sacasa (Nicaragua); Guillermo Fernández de Soto (Colombia); Jean-Paul Hubert (Canadá); Fabián Novak Talavera (Perú); David P. Stewart (Estados Unidos); Miguel Aníbal Pichardo Olivier (República Dominicana).

Informativo Jurídico Internacional

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