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DIRECTIVA 50 DE 2013

(marzo 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA

PARA: Subdirectores misionales, directores regionales y coordinadores misionales.
DE: Director de Migración Colombia
ASUNTO: Adopcion de la politica de atención al migrante en condición de retorno

1. VIGENCIA.

A partir de la fecha.

2. FINALIDAD.

Adoptar la política de atención al migrante en condición de retorno de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, por la cual se establecen lineamientos y medidas institucionales para la atención prioritaria, orientación efectiva y acompañamiento a los retornados en el marco de la gestión migratoria.

3. ALCANCE.

Aplica para los procesos de Control Migratorio, Extranjería y Verificación Migratoria de Migración Colombia y su aplicación de obligatorio cumplimiento.

4. MARCO LEGAL.

Carta de las Naciones Unidas del 26 de junio de 1945.

Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006, artículos 10 y 11.

Conpes 3603/09. El cual establece la Política Integral Migratoria.

Conpes 3649/10. Se establece la Política Nacional de Servicio al Ciudadano.

Convención Americana sobre Derechos Humanos del 22 de Noviembre de 1969: Promueve el respeto los derechos y libertades reconocidos a toda persona que esté sujeta a la jurisdicción.

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes del 10 de diciembre de 1984 y entrada en vigor el 26 de junio de 1987.

Convención Interamericana sobre concesión de los derechos a la mujer del 5 de febrero de 1948.

Convención sobre el Estatuto de los Refugiados (1951): Reconocimiento por parte de los Estados y asegura el ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de los refugiados.

Convención sobre los Derechos del Niño de 1969.

Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948.

Decreto 4000 de 2004 “Por el cual se dictan disposiciones sobre la expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de migración”.

Decreto 4062 de 2011 “Por el cual se crea la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, se establece su objetivo y estructura".

Decreto 4503 de 2009 “por el cual se modifica el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para la determinación de la condición de refugiado y se adoptan otras disposiciones”.

Decreto Ley 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”.

Ley 1151/07. Plan Nacional de Desarrollo 2006 - 2010, “Estado comunitario.

Ley 1448 de 2011 “ Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”.

Ley 1465 de 2011: Por la cual se crea el sistema nacional de migraciones y se dictan otras disposiciones

Ley 1565 de 2011: Por la cual se dictan disposiciones y se fijan incentivos para el retorno de los colombianos residentes en el extranjero.

Ley 16 de 1972: Por medio de la cual se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos).

Ley 35 de 1961: Por la cual se aprueba la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.

Ley 65 de 1979: Por la cual se adopta el Protocolo sobre Refugiados de 1967

Ley 679 de 2001: Se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores.

Ley 747 de 2002: Por medio de la cual se hacen unas reformas y adiciones al Código Penal (Ley 599 de 2000), se crea el tipo penal de trata de personas y se dictan otras disposiciones.

Ley 800 de 2003: Por medio de la cual se aprueban la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional” y el “Protocolo para Prevenir, Reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”.

Ley 985 de 2005: Se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966: Protección y garantías de estos derechos.

Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños del 2000: Establece medidas prácticas para combatir la explotación de las personas, especialmente las mujeres y los niños.

5. INSTRUCCIONES ESPECIFICAS.

Adoptar la política de atención al migrante en condición de retorno de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, el cual hace parte integral de esta Directiva y del Manual de procedimientos del proceso de Control Migratorio.

La implementación, seguimiento, evaluación y socialización la política de atención al migrante en condición de retorno estará a cargo de la Subdirección de Control Migratorio.

Atentamente,

SERGIO BUENO AGUIRRE

Director

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Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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