DECRETO 2348 DE 1993
(noviembre 2)
Diario Oficial No. 41.119, del 26 de noviembre de 1993
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 4 del Decreto 1801 de 2007>
por el cual se adoptan procedimientos para el establecimiento de políticas y reformas al régimen de inversión de capitales del exterior en el país y de las inversiones colombianas en el exterior.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 59 de la Ley 31 de 1992, en concordancia con los artículos 3o y 15 de la Ley 9a de 1991,
DECRETA:
ARTICULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 4 del Decreto 1801 de 2007> El régimen general de inversión de capitales del exterior en el país, de las inversiones colombianas en el exterior y las reformas al régimen de inversiones internacionales, se fijará mediante Decreto suscrito por el Director del Departamento Nacional de Planeación, los ministros y directores de departamento administrativo correspondientes, dependiendo de la naturaleza de la disposición adoptada, previo estudio y recomendaciones que sobre el particular efectúe el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes.
ARTICULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 4 del Decreto 1801 de 2007> Para los efectos previstos en el artículo anterior, el Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, contará con la asesoría y recomendaciones del Departamento Nacional de Planeación de acuerdo con las funciones asignadas por la Ley y en especial por el Decreto 2167 de 1992.
ARTICULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 4 del Decreto 1801 de 2007> El presente Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Director Departamento Nacional de Planeación,
ARMANDO MONTENEGRO TRUJILLO.