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DECRETO 366 DE 2021

(abril 7)

Diario Oficial No. 51.638 de 7 de abril de 2021

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se hace una apertura de un Consulado Honorario y una designación en el Servicio Exterior.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto número 1067 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante la Ley 17 de 1971, cualquier Estado puede decidir libremente el nombramiento de Cónsules Honorarios.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.2.1 del Decreto número 1067 de 2015, las funciones consulares honorarias podrán ser ejercidas por ciudadanos colombianos o extranjeros con disposición para actuar a favor de los intereses del Estado colombiano y de sus nacionales y que la escogencia del Cónsul Honorario deberá recaer sobre personas que mantengan vínculos con Colombia o la comunidad colombiana, y que acrediten poseer las condiciones económicas y de idoneidad adecuadas para desempeñar honrosamente las funciones que se le asignen.

Que como candidata a ocupar el cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Saint George, Granada, la Embajada de Colombia ante la República de Trinidad y Tobago concurrente para Granda, ha propuesto mediante el memorando ETTPE-126, del 16 septiembre de 2020 a la señora Luz Irene Villamizar Rodríguez, ciudadana colombiana.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3 del Decreto número 1067 de 2015, corresponde a la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores el estudio y evaluación para la creación de Oficinas Consulares Honorarias y su circunscripción, así como de las personas que serán designadas como Cónsules Honorarios.

Que una vez estudiada la propuesta y evaluada la documentación presentada por la Embajada de Colombia ante la República de Trinidad y Tobago concurrente para Granada, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano ha considerado oportuna y, por consiguiente, ha aprobado la apertura del Consulado Honorario en Saint George, Granada, así como el nombramiento de la señora Luz Irene Villamizar Rodríguez, como Cónsul Honoraria.

Que mediante el memorando I-GALC-21-000193 del 7 de enero de 2021, la Dirección de América, igualmente emitió un concepto positivo en relación con la apertura y nombramiento propuestos. Asimismo, con número Nota Verbal 82/2021 del 19 de marzo de 2021, el Ministerio de Asuntos Exteriores, Negocios Internacionales y asuntos de la CARICOM, confirmó el Beneplácito al nombramiento.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Crear el Consulado Honorario de Colombia en Saint George, Granada.

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ARTÍCULO 2o. Designar a la señora Luz Irene Villamizar Rodríguez, como Cónsul Honoraria en Saint George, con circunscripción en todo el territorio de Granada, por un periodo inicial de cuatro (4) años.

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ARTÍCULO 3o. COMUNICACIÓN. Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

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ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2021.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.

La Ministra de Relaciones Exteriores,

Claudia Blum

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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