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DECRETO 0098 DE 1994

(enero 12)

Diario Oficial No. 41.170, del 12 de enero de 1994

Por el cual se modifica el artículo 43

del estatuto de inversiones internacionales.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

en especial las que le confiere el artículo 59 de la Ley 31 de 1992,

en concordancia con los artículos 3o y 15 de la Ley 9o. de 1991

y surtido el procedimiento de que trata el Decreto 2348 de 1993,

DECRETA:

ARTICULO 1o. El artículo 43 de la Resolución 51 de 1991 del conpes, quedará así;

"Limitaciones. Ningún fondo o beneficiario real de un fondo de inversión de capital del exterior podrá poseer el diez por ciento (10%) o más del número de acciones con derecho a voto en circulación de una sociedad. Sin embargo, el límite de participación del Fondo de institucional que se organice bajo la modalidad de cuentas colectivas sin participación proindiviso sobre el patrimonio no podrá superar el 40% de las acciones con derecho a voto en circulación de una sociedad.

Lo anterior, sin perjuicio de que el inversionista cumpla con las disposiciones legales vigentes que condicionen la adquisición de acciones de un determinado sector. En el caso del sector financiero, en inversionistas requerirán de autorización previa de la Superintendencia Bancaria para alcanzar una participación mayor del 5% del total de acciones con derecho a voto.

PARAGRAFO 1o. En el caso de los fondos institucionales que se organicen bajo la modalidad de cuentas colectivas sin participación proindiviso sobre el patrimonio, el límite del 10% mencionado en este artículo se aplicará a cada subcuenta.

PARAGRAFO 2o. Para los efectos del presente artículo, beneficiario real se entiende según los términos contenidos en las normas que regulan el mercado público de valores".

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ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 12 de enero de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO.

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público

encargado de las funciones del Despacho

del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

HECTOR CADENA CLAVIJO.

La Subdirectora del Departamento Nacional de Planeación

encargada de las funciones del Despacho del Director

del Departamento Nacional de Planeación,

CECILIA MARIA VELEZ WHITE.

      

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633]
Última actualización: 10 de Abril de 2016