Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

DECRETO 47 DE 2013

(enero 17)

Diario Oficial No. 48.676 de 17 de enero de 2013

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Resumen de Notas de Vigencia

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó al Departamento Administrativo de Función Pública el Estudio Técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la Planta de Personal, encontrándolo ajustado técnicamente y emitiendo, en consecuencia, concepto favorable.

Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Esta norma no incluye análisis de vigencia> Créanse en la planta de personal el Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes cargos:

No DE CARGOSDENOMINACIÓNCÓDIGOGRADO

DESPACHO DE JEFES DE MISIÓN DIPLOMÁTICA

Tres (3)Embajador Extraordinario y Plenipotenciario003625
Veinticinco (25)Auxiliar de Misión Diplomática485026

DESPACHO DEL MINISTRO

Cinco (5)Conductor Mecánico410319

PLANTA GLOBAL

Cuatro (4) Ministro Plenipotenciario 007422
Dos (2) Consejero de Relaciones Exteriores 101211
Siete (7)Primer Secretario de Relaciones Exteriores211219
Treinta (30)Tercer Secretario de Relaciones Exteriores211611
Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. <Esta norma no incluye análisis de vigencia> Amplíese en diez (10) el número de personas locales que, por necesidades del servicio y para desempeñar labores de apoyo administrativas y técnicas en el exterior, podrá contratar el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con la normatividad del país receptor.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona el Decreto 3358 del 7 de septiembre de 2009 y el Decreto 1444 del 5 de mayo de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Ministra de Relaciones Exteriores,

MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

MAURICIO CÁRDENAS SANTA MARÍA.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.