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CONCEPTO 3294 DE 2022

(marzo 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Memorando

I-GPS-22-003294

Bogotá, D.C., 14 de Marzo de 2022

PARA: Cancilleria interna
Delegaciones en el Exterior
Consulados en el Exterior
Embajadas en el Exterior
DE:Alejandra Bonilla Leguizamon
Directora de Talento Humano
ASUNTO:Lineamientos presentación incapacidades médicas

Respetados Funcionarios:

Reciban un cordial y atento saludo de parte de la Dirección de Talento Humano, y, en aras de velar por la salud y el bienestar de los funcionarios, desea hacer un recuento delos lineamientos a seguir para la validación de incapacidades.

1. Recuerde que, es obligación del funcionario afectado comunicar a su oficina o superior inmediato, cuando le sea concedida una incapacidad y/o aislamiento.

2. EL certificado médico que concede una incapacidad, debe contar con los siguientes requisitos; nombre del paciente, diagnostico (CIE - 10 Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud), origen de la incapacidad, fecha de inicio, fecha final, fecha de expedición y días que ampara en números y letras, nombre del médico, firma, número de identificación y el registro médico, el cual se debe remitir exclusivamente al correo de [email protected]

3. Si el certificado médico fuera expedido en un idioma diferente al español, deberá acompañarse de una traducción simple del documento.

4. El certificado médico que concede la incapacidad debe ser reportado a la Entidad dentro de las 72 horas siguientes a su emisión, en formato PDF, legible y claro. No se aceptan fotografías.

5. El certificado médico que concede la incapacidad debe ser expedido por su EPS, cuando dicho documento sea expedido por un médico particular no adscrito a la red de su EPS, debe ser transcrito directamente por el funcionario ante la EPS respectiva. Sin este paso la incapacidad NO le será validada.

Cabe anotar que, los funcionarios de planta externa del Ministerio están cubiertos por la póliza médica internacional Allianz, en el marco de los dispuesto en el Decreto 1323 de 2009.

6. En cuanto al virus de COVID-19, es importante verificar si el certificado médico que le expiden es una incapacidad o es un asilamiento obligatorio.

- En el primer caso, de incapacidad, genera ausencia temporal del puesto de trabajo y debe enviarse a [email protected].

- Si es un certificado médico que concede un aislamiento obligatorio se debe remitir exclusivamente al correo de [email protected] y seguir los lineamientos impartidos en la comunicación de “Medidas por variante Ómicron”.

Es importante seguir las recomendaciones del Ministerio de Salud, en cuanto a los días de aislamiento, según su esquema de vacunación para los funcionarios de la planta interna. Por otro lado, si se trata de un aislamiento obligatorio para un funcionario de la planta externa, es importante aclarar que, para ejercer sus funciones desde casa, deberá encontrarse dentro de la circunscripción de la misión diplomática u oficina consular a la cual se encuentra adscrito.

7. En ambos casos, se debe enviar a la mayor brevedad posible, el resultado de su examen de COVID-19 expedido por autoridad competente.

8. Si usted está fuera del país, esté atento a las disposiciones del Gobierno Local, contacte a su red hospitalaria y/o a póliza medica internacional e informar inmediatamente a la Dirección de Talento Humano de su situación a los correos electrónicos [email protected] y/o [email protected].

Atentamente,

ALEJANDRA BONILLA LEGUIZAMON

Directora de Talento Humano

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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