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CONCEPTO 17803 DE 2017

(Agosto 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C., 10 de Agosto de 2017

PARA:DIANA PATRICIA MEJIA MOLINA
Coordinadora Grupo Interno de Trabajo Color
DE:CLAUDIA LILIANA PERDOMO ESTRADA Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna
ASUNTO:Comentarios proyecto normativo que modifica el Decreto 1239 de 2003

Respetada Doctora.

De manera atenta y en consideración al memorando l-GCNU-17-015789 de 21 de julio de 2017, mediante la cual se remite a esta Oficina Asesora Jurídica la última versión del proyecto de decreto que busca modificar el Decreto 1239 de 2003 respecto la integración y funcionamiento de la Comisión Nacional Intersectorial de Migración, le informo que el contenido de la memoria justificativa es viable jurídicamente por encontrarse ajustado a la Constitución Política y a la Ley, incluyéndose correctamente la mayoría de las observaciones efectuadas por esta Oficina Asesora Jurídica mediante memorando l-OAJI-17-011600 de 30 de mayo de 2017, empero se considera necesario efectuar modificaciones de forma, tal como se señalaron en el memorando de la referencia y además tener en cuenta lo siguiente:

 Como primera medida es importante mencionar que el Proyecto de Decreto inicialmente se enfocaba en modificar los artículos 2,3,4,5 y 6 del Decreto 1239 de 2003, pero teniendo en cuenta que la modificación abarcaba la mayor parte del Decreto, en esta última versión del proyecto de Decreto acertadamente la dependencia encargada de su proyección propone derogarla, de lo cual sugerimos respetuosamente modificar la redacción de su epígrafe invirtiendo su composición de la siguiente manera:

"Por el cual se dictan normas sobre la integración y funcionamiento de la Comisión Nacional Intersectorial de Migración y se deroga el Decreto 1239 de 2003"

Se recomienda que en la totalidad del articulado se incluya un título por cada artículo, los cuales deben ir en negrilla y minúscula finalizado con punto seguido, para que inmediatamente se plasme el contenido del mismo y no dejarlos por separados tal como se depusieron en los artículos en los artículos 3, 4, 5, 7, 8 y 12 de conformidad a lo dispuesto por el No 1.5.2.2. del Decreto 1081 de 2015 modificado 1609 de 2015, que para el efecto dispone:

"1.5.2.2. Numeración. Los artículos se enumerarán en cardinales arábigos y deberán llevar título. Tras la palabra en negrilla, el cardinal arábigo, seguido de punto y un espacio, sin subrayado, ni cursiva; a continuación, en cursiva y negrilla, el título del artículo en minúscula, salvo la letra inicial, y un punto final. (Ej.: "Artículo 2.

Ámbito de aplicación.)" Los criterios fundamentales para la redacción y división de un artículo son: cada artículo, un tema; cada inciso, un enunciado; cada enunciado, una idea. "

En cuanto la expedición de firmas es menester excluir el nombre del señor Presidente de la República y dejar únicamente el de la señora Ministra de Relaciones Exteriores, tal como lo dispone el No 1.5.1.3.4. del Decreto 1081 e 2015 modificado por el Decreto 1609 de 2015, que para el efecto dispone:

"1.5.1.3.4. Expedición y firma(s): Datos de la dependencia o entidad que lo expide, nombre completo, cargo y firma del Ministro o Director de Departamento Administrativo."

Es menester redactar el proyecto normativo en una plantilla de Decreto, el cual debe contener las directrices propias establecidas por el Decreto 1081 de 2015 modificado por el Decreto 1609 de 2015.

En cuanto la Memoria Justificativa se hace necesario la adecuación de la totalidad de su contenido diligenciando el formato GJ-FO-15, el cual se encuentra para el efecto en el Sistema Maestro.

Por último, resulta importante recordar, que a más tardar el 20 de octubre del presente año deberán remitir completa y debidamente diligenciado a esta Oficina Asesora Jurídica Interna el formato de "Agenda Regulatoria", en el cual se deben señalar las regulaciones de carácter general que las distintas dependencias pretendan expedir para el año 2018.

Por lo demás, esta Oficina Jurídica Interna considera pertinentes la derogatoria que se plantea efectuar en el proyecto de Decreto, por lo cual no hará ninguna observación por considerar que la estructura del Proyecto normativo cumple con los criterios de técnica de redacción de documentos normativos.

Atentamente,

CLAUDIA LILIANA PERDOMO ESTRADA

Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna

Anexos: SIN ANEXOS

Copia: Carlos Eduardo Barranco Caicedo/ANDRES LEONARDO MENDOZA PAREDES

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ISSN [2256-1633 (En linea)]
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