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CONCEPTO 8796 DE 2017

(abril 24)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

MEMORANDO

Para: Marisol Vargas Marín
Asesor - Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano
De: Claudia Liliana Perdomo Estrada
Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna
Asunto: Solicitud trámite pasaporte diplomático JULIO CESAR VILLAMIL HERNANDEZ- Magistrado

Respetada Doctora:

Por medio del presente, allego concepto de la Oficina Asesora Jurídica Interna, en relación con la expedición de pasaporte diplomático al Doctor Julio Cesar Villamil Hernández, en calidad de Magistrado del Consejo Superior de la Judicatura.

CONCEPTO JURIDICO REFERENTE A LA EXPEDICIÓN POR PARTE DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE PASAPORTE DIPLOMATICO A MAGISTRADO DEL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA NOMBRADO EN PROVISIONALIDAD

Ministerio de Relaciones Exteriores Oficina Asesora Jurídica Interna Grupo Interno de Asuntos Legales

Bogotá D.C., abril de 2017

I. INTRODUCCIÓN

El presente concepto jurídico tiene como fin proceder al análisis referente viabilidad de la expedición de pasaporte diplomático al Doctor Julio Cesar Villamil Hernández, en calidad de Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, quien fue nombrado en provisionalidad por un periodo de seis (6) meses, iniciando sus funciones el día 29 de marzo de 2017.

II. ANALISIS JURIDICO.

La Constitución Nacional, en su artículo 189 numeral 2, determina que corresponde al Presidente de la República como Jefe de Estado, Jefe del Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, entre otras funciones, el manejo y la coordinación de las relaciones internacionales. (1)

En desarrollo de este mandato constitucional, el Gobierno Nacional reglamentó las funciones que debe desarrollar el Ministerio de Relaciones Exteriores, tal como lo ordena también la Ley 489 de 1998, que en su artículo 59 dispone:

“(…)

Corresponde a los Ministerios y Departamentos Administrativos... 3- Cumplir las funciones y atender los oficios que les están asignados y dictar, en desarrollo de la ley y de los decretos respectivos, las normas necesarias para tal efecto.

(...)"

Frente al caso concreto, el artículo 4 del Decreto 869 del 25 de mayo de 2016, se fijan las competencias funcionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, encontrándose en el numeral 23 del citado artículo lo relacionado con la expedición de pasaportes, al respecto establece el numeral precitado:

(…)

Numeral 23. Expedir los pasaportes y autorizar mediante convenios con otras entidades públicas, su expedición, cuando lo estime necesario.

De igual manera, el Decreto 869 de 2016 establece las funciones de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, las cuales en el numeral 11 del artículo 21, se establece lo relacionado con la expedición de pasaportes, al respecto, establece el numeral mencionado:

“ (…)

11. Dirigir y coordinar la expedición de pasaportes y visas, expedir los pasaportes diplomáticos y oficiales e instruir y supervisar a las entidades que el Ministerio determine en el proceso de expedición de pasaportes, apostilla y legalización de documentos, de conformidad con los convenios que se suscriban sobre la materia y gestionar su reconocimiento internacional.

(...)

En este contexto es claro que, la facultad de expedir pasaportes, Incluyendo los diplomáticos y oficiales, así como la de regular todo lo atinente a esta función, es del resorte exclusivo del Ministerio de Relaciones Exteriores, y es en virtud de esta atribución legal y constitucional que este Ministerio ostenta, ha expedido siempre las normas que reglamentan la materia, incluyendo la Resolución 5392 de 2015 del 1 de septiembre de 2015, “ Por la cual se reglamenta el Capítulo 4 y capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1067 de 2015”, por el cual se reglamenta la expedición de pasaportes Diplomáticos y Oficiales.

a) DEL PASAPORTE DIPLOMATICO:

Por su parte, el Capítulo V en el artículo 20 de la Resolución 5392 de 2015, determina taxativamente cuales son los funcionarios que tendrán derecho a la expedición de pasaporte diplomático durante el tiempo que ejerzan sus funciones, al respecto la norma dispone:

“ (…)

ARTÍCULO 20. TITULARES RESPECTO DEL CARGO Tendrán derecho a la expedición de Pasaporte Diplomático los titulares de los siguientes cargos durante el desempeño de sus funciones:

….

Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura

(…)”

III. CONCLUSION

Por lo anterior, y de acuerdo a lo establecido en las normas previamente citadas y que regulan lo referente a la expedición del pasaporte diplomático a los altos funcionarios del Estado, la Oficina Asesora Jurídica Interna, considera viable la expedición del documento público al Honorable Magistrado Julio Cesar Villamil Hernández, y cuya vigencia será durante el periodo (6 meses inicialmente) que se desempeñe como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, teniendo en cuenta que hasta el momento en que se nombre otro funcionario en ese cargo, el doctor Villamil Hernández goza de la titularidad del mencionado despacho judicial.

IV. ALCANCE AL CONCEPTO.

Este concepto no compromete la responsabilidad de la Oficina Asesora Jurídica Interna, ni es de obligatorio cumplimiento o ejecución, esto en virtud a lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, en concordancia con el artículo 230 de la Constitución Política.

Atentamente,

CLAUDIA LILIANA PERDOMO ESTRADA

Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna

NOTA AL FINAL:  

1. (...) 2. Dirigir las relaciones internacionales. Nombrara los agentes diplomáticos y consulares, recibir a los agentes respectivos y celebrar con otros Estados y entidades de derecho internacional tratados o convenios que se someterán a la aprobación del Congreso. (...)

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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