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CIRCULAR 218 DE 2010

(Noviembre 11)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA:Oficinas consulares y encargados de funciones consulares de Colombia en el exterior, gobernaciones y sedes expedidoras de Pasaportes Bogota.
 
DE:SECRETARÍA GENERAL
 
ASUNTO:PRESENTACION DE INFORMES

De acuerdo con las instrucciones dadas por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, sobre el periodo de transición del pasaporte sin zona de lectura mecánica se deberá:

Todas las sedes deben reportar los recaudos por venta de pasaportes con zona de lectura mecánica y sin zona de lectura mecánica en los plazos establecidos por la Resolución 0988 de 2000, en los siguientes formatos: a) DP- F0-05 INFORME SOBRE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (MOVIMIENTO GENERAL); b) DP-FO-06 INFORME SOBRE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (PASAPORTES); c) DP-FO-07 INFORME DE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (MOVIMIENTO DE DOCUMENTOS VALOR) y d) DP-FO-15 INFORME SOBRE ACTUACIONES Y RECAUDOS CONSULARES (MOVIMIENTO GENERAL DE IMPUESTO DE TIMBRE)

Igualmente, de manera atenta les solicitamos que los Consulados, Encargados de Funciones Consulares, Gobernaciones y sedes Bogotá que expiden pasaporte con zona de lectura mecánica presenten a más tardar el 18 de noviembre de 2010 un informe mensualizado de la cantidad de pasaportes con zona de lectura mecánica vendidos entre el 15 de julio y el 31 de octubre, a los correos [email protected]y [email protected]

Cordialmente,

MARÍA MARGARITA SALAS MEJÍA

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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