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CIRCULAR 141 DE 2020

(noviembre 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C.,

PARA:Misiones en el Exterior
DE:Carlos Rodriguez Bocanegra
ASUNTO:Recomendaciones para la prevención ante el COVID-19 en época de rebrote.

Estimados Señores Embajadores, Jefes de Misión, Cónsules y funcionarios:

Con un cordial y atento saludo, me dirijo a ustedes esperando se encuentren bien y agradeciéndoles de nuevo su compromiso, dedicación y esfuerzo que han demostrado en medio de esta época de pandemia.

Por otra parte, este Despacho y la Dirección de Talento Humano agradecen y acatan la información que nos han comunicado con respecto a las decisiones que algunas Misiones han tomado frente a la implementación de ajustes en el horario de la atención al público y del trabajo en oficinas, debido a los rebrotes del contagio del virus COVID-19, que se han presentado en las últimas semanas en Europa.

En línea con lo anterior, me permito solicitarles continuar con la adopción de este tipo de decisiones que ayuden a la mitigación del riesgo de un posible contagio por parte de los colaboradores de las Misiones y que, a su vez, permiten continuar prestando un servicio de calidad a nuestros connacionales. Por otro lado, solicito se sigan aplicando las siguientes medidas preventivas en esta época de rebrote:

- Los colaboradores que desempeñan sus funciones en las Misiones de Colombia en el exterior deben seguir acatando con total rigor todas las medidas de prevención emitidas por las autoridades competentes, en especial las señaladas por los gobiernos donde se encuentren laborando, tanto en el ámbito laboral como en el personal.

- En este sentido, dentro de las medidas impartidas por el Gobierno Nacional que aún siguen vigentes, se encuentran las de seguir promoviendo durante la actual emergencia sanitaria que los colaboradores continúen realizando sus labores mediante el trabajo en casa y la implementación de horarios flexibles.

Es decir que, el desempeño presencial de las funciones por parte de los colaboradores debe ser excepcional y en todo caso debe estar condicionado a que la asistencia del colaborador a la Misión sea indispensable y a que no sea posible que lleve a cabo sus labores desde casa con el uso de las herramientas tecnológicas existentes.

- En los casos que el colaborador indispensablemente deba desempeñar sus funciones de forma presencial, está obligado a seguir implementando las medidas de autocuidado y de bioseguridad, como lo son el uso permanente de elementos de protección personal (tapabocas, protección facial, guantes) y el distanciamiento social, durante la prestación del servicio, el trabajo de oficina y el desplazamiento entre el lugar de domicilio y la Misión.

Sabemos que para detener la propagación del virus COVID-19 y salir adelante y fortalecidos de esta crisis sanitaria, es fundamental nuestro compromiso y responsabilidad, tanto institucional como individual.

Cordialmente,

CARLOS RODRIGUEZ BOCANEGRA

SECRETARIO GENERAL

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"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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