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ACUERDO 14 DE 2022

(abril 19)

Diario Oficial No. 52.020 de 29 de abril de 2022

INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR MARIANO OSPINA PÉREZ

Por el cual se actualiza la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex.

LA JUNTA DIRECTIVA,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo 9o del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, los numerales 1, 4 y 21 del artículo 19 del Acuerdo número 013 del 24 de febrero de 2007 y,

Notas del Editor

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 67 de la Constitución Política establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene como función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura;

Que, la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, transformó al Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio vinculada al Ministerio de Educación Nacional, en el marco del objeto de la entidad se debe canalizar y administrar los recursos, becas y otros apoyos de carácter nacional e internacional, con recursos propios o de terceros;

Que, el numeral 1 del artículo 9o del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, y los lineamientos y políticas del Gobierno nacional en materia de crédito educativo;

Que, de conformidad con lo establecido en los numerales 3, 5, 7, 11, 14, 15, 24 y 30 del artículo 5o del Acuerdo número 013 del 21 de febrero de 2007, corresponde al Icetex “promover y gestionar la cooperación internacional tendiente a buscar mayores y mejores oportunidades de formación del recurso humano en el país o en el exterior, de acuerdo con las políticas del Gobierno nacional”; “canalizar, fomentar y tramitar oficialmente las solicitudes de asistencia técnica y cooperación internacional, relacionadas con becas de estudio y entrenamiento en el exterior, que deseen presentar los organismos públicos nacionales ante los gobiernos y los organismos internacionales”; “fomentar el estudio de idiomas extranjeros de los colombianos para mejorar los niveles de competitividad a nivel internacional”; “recibir las ofertas de becas extranjeras que se hagan en el país, divulgar dichos programas y presentar al gobierno la preselección de los aspirantes, así como prestar orientación profesional para realizar estudios en el exterior”; “administrar los programas de crédito del Gobierno de Colombia en el exterior para artistas nacionales”; “diseñar políticas para los créditos condonables de los programas para reciprocidad para personal extranjero altamente calificado en el país”; “promover el intercambio estudiantil a nivel internacional”; fomentar el estudio de idiomas extranjeros de los colombianos para mejorar los niveles de competitividad a nivel internacional” y preseleccionar los beneficiarios de las becas de cooperación internacional, becas de intercambio y las demás becas internacionales que se ofrezcan a los colombianos a través de las distintas entidades públicas o privadas de orden internacional, con excepción de las becas que las instituciones de educación superior obtengan en forma directa”;

Que, el Icetex, bajo la facultad que le confiere la Ley 30 del 28 de diciembre de 1992 y las modificaciones establecidas en el artículo 10 y 145 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, ha canalizado la cooperación ofrecida en el marco de los convenios suscritos por Colombia con diferentes gobiernos y organismos internacionales para contribuir a la formación y especialización en el exterior de talento humano altamente calificado;

Que, los numerales 1, 4 y 5 del artículo 5o del Decreto número 380 del 12 de febrero de 2007, establece como funciones de la Oficina de Relaciones Internacionales, las siguientes: “Proponer políticas, planes y acciones que permitan establecer convenios y acuerdos de cooperación internacional en materia de educación, y coordinar la elaboración de los términos de referencia para la negociación de convenios, programas de becas de cooperación internacional e intercambio educativo, de acuerdo con las disposiciones vigentes”, “Formular propuestas y diseñar estrategias para ampliación de cobertura educativa con instituciones de educación superior internacionales y fuentes cooperantes nacionales y del exterior” y “ Promover y desarrollar acciones de cooperación internacional para la internacionalización de la educación superior”;

Que, mediante Acuerdo número 047 del 22 de diciembre de 2010, se adoptó la Política de Cooperación Educativa Internacional del Icetex, como instrumento jurídico de los programas de intercambio educativo, derogado por el Acuerdo número 075 del 13 de diciembre de 2013, este a su vez derogado por el Acuerdo número 083 del 2 de diciembre de 2016, derogado por el Acuerdo número 001 del 5 de marzo de 2019 el cual fue derogado por el Acuerdo número 065 del 13 de noviembre de 2020 por el cual se actualiza la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex;

Que, en el marco de las diferentes situaciones evidenciadas en el periodo de pandemia y de los cambios que esta trajo al desarrollo académico de las diferentes modalidades de la educación superior en el mundo, se hace necesario realizar ajustes técnicos a la política de internacionalización del Icetex y los diferentes programas que la integran, de tal manera que esta quede alineada con los aspectos específicos del objeto, requisitos y tipo de beneficiarios;

Que, el objetivo general de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex es “Fomentar el desarrollo de la internacionalización de la educación superior para mejorar la calidad, la pertinencia, la investigación y la innovación a través de la ampliación de mecanismos enlazados con entes gubernamentales, instituciones de educación en el exterior o en el país”;

Que, los objetivos estratégicos específicos de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional son:

a) Contribuir a la cobertura en la Oferta y Demanda de las oportunidades educativas y en la calidad de la educación del país;

b) Contribuir en la Articulación de la Política Pública de educación;

c) Contribuir a la Internacionalización de la Educación Superior en Colombia;

Que, teniendo en cuenta la ampliación del alcance del portafolio internacional del Icetex para la gestión de nuevas líneas de cooperación internacional para colombianos, extranjeros e instituciones educativas, se requiere la actualización de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional ampliando los ejes de desarrollo con el fin de actualizar el alcance de los programas enmarcados en los componentes estratégicos;

Que, con el propósito de alinear la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex con lo establecido en el Acuerdo número 028 del 29 de junio de 2021, el cual adoptó el nuevo Manual de Contratación y sus cuatro anexos, dentro de los que se encuentra la “Política de Celebración y Ejecución de Acuerdos Estratégicos de la entidad, se hace necesario realizar su actualización;

Que, de acuerdo con las diferentes consultas de aclaración sobre la oferta de becas que se elevaron a la Oficina de Relaciones Internacionales en los períodos de 2020-2021, se evidenció que el Programa Becas Mundo se interpretaba como aquella oferta abierta para estudiantes de los diferentes continentes, generando confusión en las postulaciones de estudiantes colombianos en las ofertas académicas publicadas por el Icetex;

Que, el parágrafo segundo del artículo 62 de la Ley 1753 de 2015, estableció que “las Instituciones Estatales no podrán financiar con recursos públicos, aquellos estudios de Educación Superior que conduzcan a la obtención de títulos universitarios propios”;

Que, el artículo 45 de la Ley 489 de 1998 establece que la Comisión Nacional de Becas es un órgano asesor del Icetex y está integrada por representantes de las siguientes instituciones gubernamentales: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Educación Nacional, Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (antes Colciencias), Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC), Departamento Administrativo de la Función Pública (con voz, pero sin voto) y el Icetex que la preside;

Que, la Oficina de Relaciones Internacionales, presentó a la Junta Directiva en la sesión ordinaria del 23 de marzo de 2022, el estudio técnico sobre la propuesta de actualizar la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, con el objeto de alinear los procesos y recursos con las necesidades del país;

Que, de acuerdo con el documento Conpes 3816 de 2 de octubre de 2014, la política de Mejora Normativa tiene como objetivo promover el uso de herramientas y buenas prácticas regulatorias, a fin de lograr que las normas expedidas por la Rama Ejecutiva del Poder Público, en los órdenes nacional y territorial, revistan los parámetros de calidad técnica y jurídica; resultando eficaces, eficientes, transparentes, coherentes y simples en su aplicación. En este sentido, el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez (Icetex) se compromete a promover la calidad en la producción de las normas, su impacto, la racionalización del inventario normativo, la participación y consulta pública en el proceso de elaboración de las normas, al igual que la defensa y la divulgación del ordenamiento jurídico atinente a la Entidad;

Que, conforme con el numeral 8 del artículo 8o del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo el presente acuerdo y sus documentos anexos fueron publicados para comentarios de los ciudadanos por un término de cinco (5) días hábiles entre el 7 y 11 de febrero de 2022 en el link https://portal.icetex.gov.co/ Portal/Home/atencion-al- ciudadano/participaci%C3%B3n-ciudadana/mecanismos-de-participacion;

Que, resultado de la publicación para comentarios, en cumplimiento del ejercicio de participación ciudadana, no se recibieron observaciones al Acuerdo o sus documentos anexos por parte de la ciudadanía;

Que, la Junta Directiva en sesión ordinaria presencial de fecha 23 de marzo de 2022, aprobó la actualización de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, de conformidad con la información presentada por la Oficina de Relaciones Internacionales;

Que, en mérito de lo expuesto;

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la actualización de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, en los términos y condiciones del presente acuerdo.

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ARTÍCULO 2o. OBJETO. Contribuir al fortalecimiento de la internacionalización de la educación superior y al relacionamiento técnico estratégico, a través de la cooperación interinstitucional e internacional, mediante el trabajo articulado con los gobiernos extranjeros, gobiernos territoriales y locales, entes no gubernamentales, sector productivo y académico en Colombia y en el exterior, brindando oportunidades a estudiantes y profesionales, para aportar a sus trayectorias educativas completas.

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ARTÍCULO 3o. ALCANCE. La Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex está dirigida a colombianos, extranjeros, instituciones de educación y otros aliados involucrados al sector académico y productivo.

Esta política está dirigida al establecimiento de principios y de mecanismos de procedimiento del Icetex en su relacionamiento social con individuos, instituciones o entes territoriales de carácter público o privado, ya sean nacionales o internacionales.

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ARTÍCULO 4o. EJES DE DESARROLLO. La política permite el acceso y el fortalecimiento de la formación académica y profesional en modalidad presencial, semipresencial o virtual, así como recibir acompañamiento a través de los siguientes ejes de desarrollo.

PARÁGRAFO. La Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex se aplicará a todos aquellos procesos conducentes al fortalecimiento de la educación, ya sea de manera presencial, semipresencial o virtual y que garanticen impulsar proyectos de vida.

Se desarrollará la presente política sobre los siguientes ejes:

1. ICETEX INTERNACIONAL: Tiene como objetivo fomentar el desarrollo de la internacionalización de la educación superior para mejorar el acceso, la calidad, la pertinencia y la investigación. El Icetex fomentará los procesos de formación, capacitación, alianzas para la investigación y desarrollo académico que involucren simultáneamente actores nacionales e internacionales particulares o institucionales.

2. ALIANZAS PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN: El Icetex a través de los diferentes programas de su portafolio gestiona iniciativas de cooperación para fortalecer la internacionalización de la educación en Colombia, las cuales se desarrollan con la participación de entidades nacionales, internacionales, públicas, privadas, mixtas, del tercer sector y vinculadas a la cooperación académica.

3. COOPERACIÓN PARA LAS REGIONES: En el marco del objetivo estratégico de “Contribuir a la cobertura en la Oferta y Demanda y en la calidad de la educación del país”, el Icetex gestiona, promueve y fortalece programas de cooperación estratégica nacional e internacional para las regiones, con el fin de generar mayores oportunidades de acceso y equidad a las instituciones de educación del país y con prioridad para su población estudiantil. El Icetex mediante programas con enfoque diferencial, fomentará el acceso a la educación superior nacional e internacional para los estudiantes de las regiones y territorios de Colombia, que en razón de sus cualidades culturales y territoriales requieren mayores oportunidades de acceso y sostenibilidad.

4. INTERNACIONALIZACIÓN MEDIADA POR NUEVAS TECNOLOGÍAS: Las dinámicas globales motivan a las Instituciones de Educación Superior y demás actores del sector académico, a tener capacidad de respuesta ante los cambios del sistema. De igual forma, la visión de la internacionalización dejó de estar atada a la movilidad y a la presencialidad, para dar paso a una variable que comprende todo tipo de dinámicas que pueden ser abordadas desde la virtualidad y la generación de condiciones más allá del aula.

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ARTÍCULO 5o. COMPONENTES ESTRATÉGICOS. Los componentes de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional se encuentran alineados al Plan Nacional de Desarrollo y han sido diseñados para determinar los diferentes programas de cooperación internacional con las temáticas dispuestas a los grupos de interés incluidos por esta política.

Respecto a lo anterior, los componentes estratégicos son:

I. PROGRAMAS PARA COLOMBIANOS

II. PROGRAMAS PARA EXTRANJEROS EN COLOMBIA

III. PROGRAMAS PARA INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

IV. PROGRAMAS ESPECIALES DE COOPERACIÓN

Cada componente estratégico contiene un portafolio de programas, los cuales definen las modalidades, estrategias, requisitos y condiciones que han sido desarrolladas, en algunos casos, bajo normas de carácter nacional.

I. PROGRAMAS PARA COLOMBIANOS:

1. Becas en el exterior para colombianos

2. Programa Pasaporte a la Ciencia

3. Programa de Consejería Académica

4. Programa Crédito Condonable Artistas Jóvenes Talentos

5. Programa Mariano Ospina Pérez

6. Programa Jóvenes Ingenieros

7. Programa Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico para colombianos

El objetivo de este componente es apoyar a ciudadanos colombianos mediante oportunidades de educación en el exterior en modalidad presencial y en el país a través de la modalidad virtual, fomentando el acceso, la continuidad y la culminación de estudios.

A continuación, se relacionan los programas:

1. PROGRAMA DE BECAS EN EL EXTERIOR PARA COLOMBIANOS:

El programa de becas en el exterior para colombianos busca generar un impacto en todo el territorio a través de las oportunidades de becas en el exterior como una forma de promover el acceso a educación de alta calidad con el fin de que los colombianos puedan aportar al desarrollo socioeconómico del país desde su desempeño como profesionales.

Mediante este programa, el Icetex facilita el acceso a las oportunidades educativas que brinda la comunidad internacional para elevar la calidad de vida de los colombianos y así contribuir al desarrollo económico y social del país. En consideración a que la oferta de becas para Colombia de los diferentes países y organismos internacionales es limitada, el Icetex ha diseñado estrategias que le permiten incrementar el número de becas, descuentos y exenciones para los estudiantes y profesionales colombianos por medio de acuerdos estratégicos, de cooperación o interinstitucionales.

Desde su creación, el programa ha impactado en la mayoría de los departamentos del país, llegando a beneficiar colombianos de municipios pequeños e intermedios, y grandes capitales. Sin embargo, considerando los obstáculos en cuanto a la interconectividad y movilidad en los municipios, se ha fortalecido, de la mano de la transformación del Icetex, las estrategias tecnológicas con el fin de facilitar el acceso a las oportunidades.

El Icetex, en el marco de la Ley 30 de 1992, es la entidad del Gobierno colombiano encargada de canalizar las becas de cooperación internacional que ofrecen al país los Gobiernos y Organismos Internacionales, con el fin de contribuir a la formación en el exterior de talento humano altamente calificado.

BECAS: Las becas en el exterior para colombianos son ayudas financieras no reembolsables, destinadas a cubrir en forma total o parcial los costos de formación, perfeccionamiento, actualización o cualquier actividad de movilidad académica en la modalidad presencial que se adelante en el exterior y en modalidad virtual que se desarrolle desde Colombia.

RUBROS: En modalidad presencial para algunas ofertas de becas, puede incluir, matrícula, tiquetes aéreos, sostenimiento, seguro de salud, viajes internos, cursos de idiomas.

En modalidad virtual, el costo total de matrícula o porcentaje de descuento de esta.

De acuerdo con los lineamientos de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, estas son las definiciones para tener en cuenta en cada convocatoria:

-- TÍTULO PROPIO: Dirigido a profesionales de diferentes disciplinas en especial las relacionadas con las ciencias administrativas y económicas, entre otras, y cuyo interés sea el de generar empleo a través de la constitución de una empresa o negocio o el de prestar sus servicios profesionales a empresas del sector privado donde no se le exija la convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional del título obtenido, pueden optar a este tipo de programas.

* El Icetex no financiará estudios de educación superior que conduzcan a la obtención de títulos propios (Ley 1753 de 2015).

-- TÍTULO OFICIAL: Dirigido a profesionales de diferentes disciplinas en especial las relacionadas con las ciencias administrativas y económicas, entre otras, y cuyo interés sea el de desempeñarse en el sector público, ascender en sus cargos o en la búsqueda del escalafón de docente.

-- EXENCIÓN DE IMPUESTO DE SALIDA DEL PAÍS: Descuento para el pago del impuesto de timbre nacional de salida del país, según Ley 2 de 1976, Sección 3 artículo 26, concedida a estudiantes y profesionales colombianos que hayan obtenido un servicio del Icetex a través del crédito educativo para el exterior, fondos en administración o becas internacionales para realizar estudios a nivel de pregrado o posgrado en el exterior.

a) El candidato a quien se le haya concedido una beca a través del Icetex –presencial o virtual– cuya duración haya sido igual o superior a 3 meses y decida renunciar a la beca por razones no justificadas, deberán esperar dos años, contados a partir de la fecha de finalización del programa, para realizar nuevamente una postulación y posteriormente llegar a ser beneficiario de la misma bajo el cumplimiento de los requisitos de la respectiva convocatoria;

b) El aspirante a becas no podrá presentarse a más de un (1) programa simultáneamente. En caso de ser preseleccionado por la Comisión Nacional de Becas, deberá esperar la decisión final por parte del oferente para volver a participar en una nueva convocatoria;

c) Toda la información suministrada por los candidatos deberá ser veraz y estará sujeta a verificación de acuerdo con lo estipulado en el artículo número 83 de la Constitución Nacional y en los artículos 286 a 296 del Código Penal Colombiano relacionados con la Falsedad en Documentos; el aspirante deberá cumplir estrictamente con los requisitos exigidos para este programa y deberán cargar la documentación como soporte de su aplicación, en la fecha límite relacionada en esta convocatoria. Igualmente, si se encuentra alguna incoherencia o inconsistencia entre los requisitos exigidos en la convocatoria, los datos registrados en el formulario virtual y la documentación aportada como soporte a esta solicitud quedará excluida del proceso, tendrá una sanción de 2 años y no podrá aplicar a ningún programa de becas en el exterior para colombianos a través del Icetex no habrá derecho a reclamo;

d) Las aplicaciones a las becas en el exterior para colombianos se realizarán por la herramienta tecnológica del Icetex, o las oficinas territoriales según el caso, de lo contrario no serán tenidos en cuenta por la Comisión Nacional de Becas;

e) El Icetex adelanta el otorgamiento de becas en el exterior para colombianos de acuerdo con el procedimiento de “Otorgamiento de servicios programas internacionales”.

PUBLICACIÓN DE CONVOCATORIAS: Una vez recibida la oferta de becas por parte del oferente, se elabora la convocatoria en donde se establecen los criterios de preselección de forma conjunta con el cooperante y se procede a su publicación en la página web.

COMISIÓN NACIONAL DE BECAS (CNB): Es un órgano asesor del Icetex creado en los términos del artículo 45 de la Ley 489 de 1998. Está integrada por representantes de las siguientes instituciones gubernamentales:

- Ministerio de Relaciones Exteriores

- Ministerio de Educación Nacional

- Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (antes Colciencias)

- Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC)

- Departamento Administrativo de la Función Pública (con voz, pero sin voto)

- El Icetex que la preside

A las reuniones pueden asistir representantes de Gobiernos extranjeros o entidades internacionales que ofrezcan becas a Colombia, en calidad de invitados.

CRITERIOS DE PRESELECCIÓN: En el marco del proceso de preselección de los candidatos que realiza la Comisión Nacional de Becas, se establece que los criterios tienen un peso porcentual donde la suma total es igual a 100%, dividido de acuerdo con la necesidad de la convocatoria y la aprobación del cooperante. Estos pueden variar según sea el caso y pueden ser modificados o actualizados según la necesidad.

PROCESO DE EVALUACIÓN DE CANDIDATOS: Desde el área asignada por el Icetex se realiza la evaluación de los candidatos, de acuerdo con los criterios de preselección establecidos en la convocatoria, en la plataforma donde se reciben las postulaciones y se hace el seguimiento para notificar a los usuarios sobre el estado de su postulación. Para el proceso de evaluación de las candidaturas se tendrá en cuenta la información y la documentación cargada en la plataforma por el candidato a la fecha de cierre de la convocatoria.

PROCESO DE PRESELECCIÓN: Es un proceso a través de la Comisión Nacional de Becas, que en el marco del Decreto 380 de febrero de 2007 establece que una de sus funciones es estudiar las solicitudes de becas internacionales de los ciudadanos colombianos que apliquen a las convocatorias de los gobiernos o instituciones internacionales con el fin de adelantar el proceso de preselección de los mismos, y que responde estrictamente a los requisitos establecidos en los términos de referencia de cada convocatoria publicada en la página web del Icetex.

Este proceso, al ser una actuación de entidades públicas, puede ser objeto de consulta por los organismos de control de la República de Colombia y de la ciudadanía en general, garantizando la aplicación de los principios de transparencia e igualdad y los derechos de libre competencia y equidad consagrados en la Constitución Política de la República de Colombia.

En el caso específico de las becas ofrecidas por los diferentes gobiernos, las convocatorias son socializadas con los oferentes y sus términos de referencia son coordinados con cada uno de ellos, con el fin de que sean revisados antes de su publicación.

Algunos de los criterios son establecidos por el Icetex en el marco de la Ley 30 de 1992 y las modificaciones realizadas por la Ley 1450 de 2011:

- Excelencia académica

- Escasez de recursos económicos del estudiante.

- Distribución regional en proporción al número de estudiantes.

- Distribución adecuada para todas las áreas del conocimiento

SELECCIÓN DE CANDIDATOS: Es un proceso que adelanta el cooperante con el listado de preseleccionados remitido por el Icetex, avalado por la Comisión Nacional de Becas. Es potestad del cooperante elegir los beneficiarios finales de las becas a otorgar.

2. PROGRAMA PASAPORTE A LA CIENCIA:

Es el componente del programa Colombia Científica (Alianza entre el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y el Icetex) que tiene como finalidad incrementar el capital humano del país con el fin de mejorar la calidad de la educación superior, y potenciar las capacidades de innovación, investigación y desarrollo tecnológico del sector productivo a través de un programa de créditos educativos parcialmente condonables para la realización de estudios de maestrías y doctorados en cualquiera de las primeras 500 universidades del Ranking de Shanghái o centros de investigación en áreas pertinentes para el desarrollo del país y para las alianzas creadas en torno a las convocatorias de Ecosistema Científico. Este programa se financia con recursos aprobados por la banca multilateral, para cinco cohortes de convocatoria tipo y cuatro cohortes de convocatoria en alianza con la Comisión Fulbright. Este programa está sujeto a las estipulaciones técnicas y financieras que se reglamentarán en un acuerdo específico.

FINANCIAMIENTO: Este es un crédito condonable para profesionales colombianos, en donde el Icetex facilita los recursos suficientes para cubrir la totalidad de gastos en los que pueda incurrir el beneficiario: matrícula, manutención y tiquetes aéreos. El estudiante se debe ajustar a los montos máximos financiables establecidos en la convocatoria ya sea en el marco de una de las alianzas que suscriba el Icetex o en las convocatorias tipo propias de la entidad.

DURACIÓN DE FINANCIACIÓN: La financiación de esta línea de crédito está condicionada al perfeccionamiento del crédito aprobado por el Banco Mundial que respalda esta operación y que permite contar con la disponibilidad efectiva de los recursos. El Gobierno nacional a través del Icetex financiará estudios de MAESTRÍA o DOCTORADO en los programas con pertinencia en uno de los cinco focos-retos país definidos en las convocatorias, con una financiación máxima hasta el primer semestre de 2023.

MONTOS MÁXIMOS FINANCIADOS: Para las maestrías, la financiación se dio por un período máximo de dos (2) años y por un monto máximo al equivalente en pesos colombianos a USD 78.000 (setenta y ocho mil dólares americanos) el cual es liquidado a la tasa de cambio del momento de desembolso en Colombia o en el exterior. En el caso de los doctorados, la financiación se dio por un período máximo de cuatro (4) años y por un monto máximo al equivalente en pesos colombianos a USD 178.000 (ciento setenta y ocho mil dólares americanos) liquidado a la tasa de cambio del momento de desembolso en Colombia o en el exterior.

PERIODICIDAD DEL PROGRAMA Y TASAS DE INTERÉS: El programa estará dividido en tres periodos: Financiación, gracia, e Inicio de Amortización, Retorno y Permanencia en Colombia. Adicionalmente se contemplará un período de Estudios sin financiación para aquellos que demuestren que no fue suficiente el tiempo de financiación para terminar sus estudios.

PERÍODO DE FINANCIACIÓN: Se denomina el período de tiempo en el cual el estudiante se encuentra estudiando financiado por Icetex para la formación de sus estudios.

PERÍODO DE GRACIA: Se denomina el período de tiempo en el cual el beneficiario ha terminado sus estudios e inicia inmediatamente después del período de financiación.

PERÍODO DE INICIO DE AMORTIZACIÓN, RETORNO Y PERMANENCIA EN COLOMBIA: Se denomina el período de tiempo durante el cual el beneficiario deberá permanecer en Colombia para el cumplimiento de los requisitos de condonación y realizará los pagos correspondientes al plan de amortización del porcentaje no condonable del programa.

Tipo de programa Periodo de financiación Periodo de transición Periodo retorno país
Maestría Máximo 2 años 1 año 2 años
Doctorado Máximo 4 años 2 años 2 años

Fuente: Acuerdo-010-del-29-de-marzo-de-2017.

PARÁGRAFO. Entiéndase como período de Transición el período de gracia de acuerdo con los términos de referencia.

CONDONACIÓN: Para acceder a la condonación del porcentaje de crédito educativo del programa Pasaporte a la Ciencia, el Beneficiario debe cumplir con los requisitos establecidos en los TDR de cada convocatoria. Los porcentajes de condonación establecidos por programa son:

- Maestría 50% del crédito.

- Doctorado 80% del crédito.

El cumplimiento del total de los requisitos presentados por el beneficiario es aprobado o rechazado por el Comité de Alianzas (el cual está reglamentado por la Resolución número 0860 del 5 de agosto de 2019). Para los programas de doctorado y maestría en convenios de colaboración con Fulbright, los porcentajes de condonación serán del 100% del crédito.

Los porcentajes de condonación aplican siempre y cuando el beneficiario cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos en la convocatoria, no hay lugar a condonaciones parciales, este proceso se basa en las disposiciones propias del Acuerdo número 10 del 29 de marzo de 2017 o aquellas en el que el Comité de Alianzas defina criterios propios de los casos que requieran autorizaciones especiales y que no se encuentran reglamentados en las convocatorias.

PERÍODO DE ESTUDIOS SIN FINANCIACIÓN: Se denomina el período de tiempo en el cual el estudiante se encuentra activo en su programa académico, y está financiando el programa con recursos propios o terceros y que ha terminado sus giros de financiación con el Icetex, este período se da una vez terminado el período de financiación realizado por el Icetex, y antes de iniciar su período de gracia. La duración será aprobada por ALIADO e Icetex en virtud de las necesidades del BENEFICIARIO y con el objeto de que este pueda terminar y/o finalizar sus estudios de maestría o doctorado, entregar su proyecto de grado o realizar una estancia posdoctoral o cualquier otra actividad de desarrollo profesional o académica, que no contravenga las restricciones migratorias respectivas del país específico, además de demostrar la continuidad de sus estudios(1).

3. PROGRAMA CONSEJERÍA ACADÉMICA

Es una iniciativa que tiene como objetivo apoyar a los colombianos que están planeando estudios en el exterior, o participar en los programas ofrecidos por el Icetex. Durante cada vigencia se dictarán módulos específicos de charlas informativas, talleres, tutorías entre otros recursos a los que se podrán acceder por medio de la inscripción a diferentes convocatorias públicas.

Este programa se realizará con la participación de diferentes cooperantes, nacionales, internacionales, privados y públicos y se desarrollará de manera virtual o presencial de acuerdo con cada actividad programada.

4. PROGRAMA CRÉDITO CONDONABLE PARA ARTISTAS JÓVENES TALENTOS:

Mediante este programa, el Icetex apoya la formación de jóvenes colombianos en las diferentes disciplinas del arte, las industrias culturales y creativas a través de la internacionalización.

OBJETIVOS: Los objetivos que pretende alcanzar el programa Jóvenes Talentos son los siguientes:

- Contribuir a la formación de capital humano en las áreas de las artes, las industrias culturales y creativas a través de la internacionalización;

- Coadyuvar en el desarrollo de la internacionalización de las artes, las industrias culturales y creativas en Colombia;

- Generar estímulos para jóvenes colombianos sobresalientes con el fin de que puedan mejorar su perfil a través de especialidades o cursos de actualización en el exterior;

- Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de la cooperación estratégica nacional e internacional, buscando impactar a un mayor número de estudiantes colombianos mediante la optimización de recursos a través de la búsqueda y gestión de alianzas nacionales e internacionales en áreas del arte e industrias creativas y culturales.

ALCANCE DEL PROGRAMA: Entregar créditos parcial o totalmente condonables a jóvenes colombianos sobresalientes en las disciplinas de las artes, las industrias creativas y culturales, para que realicen cursos cortos o maestrías en el exterior en la modalidad virtual o presencial.

RUBROS POR FINANCIAR: Los recursos del crédito condonable serán girados directamente al beneficiario y podrán ser empleados para cubrir cualquier rubro vinculado a su estancia en el exterior, como los siguientes:

- Pasaje aéreo internacional

- Manutención y gastos de instalación

- Gastos para libros y materiales

- Seguro médico

- Matrícula y derechos de grado

MODALIDADES: Tendrá las siguientes modalidades en las áreas y disciplinas de las artes, las industrias culturales y creativas:

- Cursos cortos: Los beneficiarios del programa podrán llevar a cabo cursos cortos en el exterior cuya duración mínima será de dos semanas o hasta de seis meses. Dentro de esta modalidad se contemplan estancias de menor duración como audiciones o residencias cuyas condiciones específicas serán determinadas en la convocatoria.

- Maestrías: Los beneficiarios del programa podrán llevar a cabo maestrías en el exterior cuya titulación sea oficial, de acuerdo con la política de convalidación y homologación vigente del Ministerio de Educación Nacional.

- Formación virtual: Los beneficiarios del programa podrán llevar a cabo estudios de mínimo tres meses hasta 2 años en la modalidad virtual.

El Icetex podrá establecer acuerdos estratégicos con actores nacionales e internacionales para generar optimización de los recursos del programa y proyectos de cooperación nacional e internacional de impacto en las áreas vinculadas al programa empleando recursos del CDP asignado para su operación anual, igualmente, a través de ofertas en el marco de alianzas de cooperación con gobiernos, organismos multilaterales, instituciones educativas u otras entidades no gubernamentales para realizar programas en modalidad presencial, semipresencial o virtual.

MONTOS SEGÚN MODALIDAD:

- Cursos cortos presenciales: Hasta USD 13.000, teniendo en cuenta la duración del curso y el presupuesto de gastos

- Maestrías presenciales: USD 20.000

- Estudios virtuales (cursos cortos o maestrías): Hasta USD 10.000

- Los recursos serán girados en un solo desembolso de acuerdo con la modalidad a la que aplicó el beneficiario y deberán ser solicitados en una sola ocasión.

- Para programas virtuales se girará únicamente el rubro correspondiente al valor de la matrícula. El valor de la prima de seguros (fondo de invalidez y muerte) se descontará automáticamente del valor aprobado a desembolsar.

- El valor correspondiente al interés será el del IPC establecido en cada vigencia más los puntos que determine la Oficina de Relaciones Internacionales para cada convocatoria en las diferentes etapas del crédito.

DURACIÓN: La financiación dependerá de la modalidad a la que aplique el beneficiario.

- Cursos cortos tendrán una duración mínima de dos semanas y máxima de seis meses.

- Maestrías tendrán una duración de mínimo un año y máximo dos años. El tiempo de las estancias especiales como audiciones y residencias será determinado en la respectiva convocatoria, de acuerdo con las características concretas de la actividad a realizar.

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: Los interesados en participar realizarán las solicitudes de acuerdo con el cronograma respectivo y de conformidad con lo establecido en cada convocatoria.

REQUISITOS: Para acceder a este crédito condonable se debe cumplir con los siguientes requisitos al momento de la postulación:

a) Ser ciudadano colombiano;

b) Tener entre 18 y 35 años;

c) No haber sido beneficiario del programa Artistas Jóvenes Talentos en ediciones anteriores;

d) Cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento de crédito educativo, en lo que corresponda a crédito exterior;

e) Si el valor del programa supera el monto otorgado por el Icetex, el beneficiario deberá demostrar que cuenta con el apoyo financiero para complementar los gastos relacionados en el presupuesto;

f) Contar con un portafolio artístico y demostrar trayectoria artística;

g) Proponer una persona que funja como deudor solidario el cual deberá respaldar el compromiso financiero;

h) Demás requisitos estipulados en la convocatoria vigente;

i) Se podrán establecer periodos de subsanación de documentos en la etapa de postulación, de acuerdo con los términos de referencia de cada convocatoria.

PROCESO DE APLICACIÓN: Los candidatos al programa deberán aplicar por medio de la plataforma que disponga el Icetex. Los términos de referencia de cada convocatoria se ajustarán periódicamente de acuerdo con los lineamientos priorizados por el Gobierno nacional.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: El Icetex tendrá en cuenta los siguientes criterios para realizar la selección, los cuales contarán con una calificación cuantitativa:

1. Trayectoria o experiencia demostrada en las áreas de las artes o las industrias creativas.

2. Excelencia académica

3. Proyecto de retribución de impacto en Colombia en redes culturales

4. Afinidad entre los estudios realizados, la experiencia y el programa a cursar

5. Viabilidad financiera del proyecto de estudios

6. Procedencia regional del candidato

7. Los demás que sean establecidos en la convocatoria vigente

PROCESO DE APROBACIÓN: El Icetex realiza un proceso de calificación cuantitativa, según los criterios dispuestos en la convocatoria, asignando una puntuación para cada candidato lo cual permitirá realizar la selección de los beneficiarios de cada cohorte. La calificación según los criterios dispuestos en la convocatoria arrojará un puntaje ponderado, para cada candidato sobre cien, lo cual permitirá establecer un escalafón por disciplina.

Teniendo en cuenta la demanda de cada disciplina y el presupuesto disponible se determinará cuántos cupos se otorgarán para cada una de estas, entendiendo que aquella con mayor número de candidatos elegibles recibirá más beneficiarios seleccionados.

Por otra parte, se podrán publicar convocatorias de carácter regional, en alianza con gobernaciones y/o alcaldías, dentro de las cuales el Icetex acompañará el proceso de selección hecho por el aliado, lo cual busca que haya una convocatoria acorde a las características y necesidades de la región. Los resultados del proceso de evaluación y selección serán consignados en un acta que será firmada por el presidente del Icetex, el jefe de la oficina asesora de planeación y el jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales.

Todo el proceso de postulación, evaluación, generación de estados en el proceso y publicación de resultados se hará a través de la herramienta tecnológica dispuesta para el programa.

Los candidatos que hacen parte de la lista de elegibles y han sido seleccionados deberán contar con un deudor solidario para respaldar financieramente el crédito condonable. En este proceso solo se pedirá evaluación de la calificadora de riesgo de crédito que defina el reglamento de crédito de la entidad para el codeudor mas no para el estudiante.

Una vez el beneficiario sea notificado, deberá llevar a cabo el proceso de legalización del crédito de acuerdo con la reglamentación vigente. La autorización del giro está sujeta al cumplimiento del proceso de legalización en el Icetex.

COMITÉ DEL PROGRAMA JÓVENES TALENTOS:

ESTRUCTURA: Este Comité de Selección está conformado por el presidente del Icetex, el jefe de la Oficina Asesora de Planeación y el jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales o quien se designe de forma oficial para dicho comité. El quórum lo conforman mínimo dos (2) miembros del Comité de Selección. En el evento de no haber quórum, no se llevará a cabo.

FUNCIONES: El Comité de Selección está a cargo de la aprobación de preselección y selección de candidatos de las convocatorias del programa Jóvenes Talentos, aprobación de solicitudes de aplazamiento, así como la aprobación o rechazo de solicitudes de casos excepcionales.

Las decisiones se consignarán en acta.

ALCANCES: Con el propósito de adaptar y brindar una respuesta en tiempo real ante nuevas coyunturas y retos, el Comité de Selección podrá tomar decisiones sobre asuntos no previstos en este Acuerdo y que requieran una validación excepcional por tratarse de situaciones atípicas del programa.

CONDONACIÓN: Los beneficiarios del programa deberán cumplir con los siguientes requisitos para que les sea condonado el crédito:

1. Las actividades que deberá realizar el beneficiario para solicitar la condonación de su crédito serán establecidas en cada convocatoria.

2. Iniciar el proceso de condonación dentro de los 90 días posteriores a la terminación del programa.

3. Realizar la condonación en un tiempo no superior a doce meses, contados a partir del momento del inicio del proceso de condonación, de acuerdo con los compromisos aprobados durante la postulación.

4. Entregar los documentos solicitados por el Icetex una vez culmine la actividad de condonación.

5. Los beneficiarios deberán entregar un video contando su experiencia académica y los beneficios que la misma trae o traerá a su vida profesional

El Icetex podrá evaluar los casos excepcionales de beneficiarios que no hayan condonado bajo las condiciones anteriormente expuestas y decidir si se le aprueba un nuevo plazo de acuerdo con las condiciones puntuales del caso.

En el evento en que el beneficiario del crédito condonable suspenda sus estudios o no cumpla con los términos de la condonación, sin aprobación del comité del programa, el crédito pasará al cobro de acuerdo con el reglamento de cartera de la entidad y los intereses serán contados a partir del paso al cobro.

APLAZAMIENTOS: No se aceptarán aplazamientos anteriores al desembolso del beneficio. Para casos de fuerza mayor, se llevará a consideración del comité del programa y este realizará el análisis del caso y tomará la decisión de aprobar o negar la respectiva solicitud o condicionarla según el caso.

LEGALIZACIÓN: Los beneficiarios deberán presentar las solicitudes de legalización, dentro de las fechas establecidas en el cronograma, presentando todos los documentos requeridos.

5. PROGRAMA MARIANO OSPINA PÉREZ:

El Icetex podrá otorgar anualmente dos (2) créditos condonables hasta por USD 16.000 cada uno o su equivalente en pesos colombianos, para la realización de estudios de posgrado en ciencia y tecnología, en el país o en el exterior, que permita a dos (2) profesionales investigadores financiar los costos de matrícula, sostenimiento, transporte y demás gastos necesarios para la realización de su programa académico.

CONVOCATORIA: Se publicará a través de la plataforma del Icetex, previa reunión de representantes del Icetex y de la Fundación Mariano Ospina Pérez, en la cual se establecerán los términos de referencia del programa en la respectiva vigencia y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal.

DESEMBOLSOS: Los recursos serán girados directamente al usuario; en dólares si el programa lo realiza en el exterior y en pesos colombianos de acuerdo con la TRM del día en que se autorice el giro respectivo, si los estudios los realiza en el país.

Para obtener el beneficio, los estudiantes seleccionados no podrán presentar calificación negativa en las centrales de riesgo.

MODALIDADES: El programa podrá llevarse a cabo en Colombia o en el exterior por medio de la modalidad virtual o presencial.

CONDONACIÓN: Los beneficiarios del programa deberán cumplir con los siguientes requisitos para que les sea condonado el crédito:

a) Reportar al Icetex la culminación del programa académico;

b) Presentar copia del título obtenido;

c) Presentar la certificación de la actividad académica desarrollada en virtud de lo establecido en cada convocatoria;

d) Las actividades que deberá realizar el beneficiario para solicitar la condonación de su crédito serán establecidas en cada convocatoria.

APLAZAMIENTOS: No se aceptarán aplazamientos, los beneficiarios deberán iniciar sus estudios dentro de los tiempos estipulados por la convocatoria.

En el evento en que el beneficiario del crédito condonable suspenda sus estudios o no cumpla con los términos de la condonación, el crédito pasará al cobro de acuerdo con el reglamento de cartera de la entidad y los intereses serán contados a partir del paso al cobro.

6. PROGRAMA JÓVENES INGENIEROS:

Mediante este programa que se desarrolla en cooperación con el DAAD de Alemania, se financia a estudiantes colombianos que estén cursando los últimos semestres de ingeniería, para que lleven a cabo actividades de movilidad académica y prácticas empresariales en centros docentes y empresas de Alemania.

RUBROS POR FINANCIAR:

- Tiquetes aéreos internacionales de ida y regreso

- Sostenimiento mensual

- Cubrimiento de costos tutores en Alemania

Estos valores se girarán directa y exclusivamente al aliado internacional en cada vigencia.

En casos excepcionales como emergencias o situaciones especiales que impidan el regreso de los estudiantes a Colombia, el Icetex de acuerdo con su reglamentación y disponibilidad presupuestal, podrá apoyar con el pago del estipendio mensual para el sostenimiento de los estudiantes en Alemania, hasta que las condiciones le permitan el regreso hacia Colombia.

7. PROGRAMA PLATAFORMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL Y ACADÉMICA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO PARA COLOMBIANOS:

Los gobiernos de Colombia, Chile, Perú y México establecieron el programa de becas “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico”, cuyo propósito es contribuir a la formación de capital humano avanzado, mediante el otorgamiento de becas de manera recíproca y en términos de igualdad entre los cuatro países, para el intercambio de estudiantes de pregrado, licenciatura, doctorado, profesores o investigadores, interesados en llevar a cabo actividades académicas en los países que hacen parte de este modelo de integración regional.

Los colombianos pueden participar en el proceso de becas de la “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico”, de conformidad con los términos establecidos en la convocatoria publicada en la página del Icetex, y deberán surtir los mismos procesos correspondientes a las becas internacionales. Igualmente, deben inscribirse en el aplicativo diseñado por la plataforma para todos los países.

II. PROGRAMAS PARA EXTRANJEROS EN COLOMBIA:

1. Programa Asistentes de Idiomas

2. Programa Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico para Extranjeros

3. Programa para extranjeros en Colombia (Beca Colombia)

El objetivo de este componente es apoyar a ciudadanos extranjeros mediante oportunidades de educación en el país a través de la modalidad presencial y virtual, fomentando la cooperación académica entre Colombia y los diferentes países cooperantes. A continuación, se relacionan los programas:

1. PROGRAMA ASISTENTES DE IDIOMAS:

A través de este programa el Icetex contribuye a la Política Nacional de Bilingüismo, con apoyo financiero a ciudadanos extranjeros para realizar asistencia en la enseñanza de un idioma en Colombia, en las instituciones de educación superior, colegios, escuelas normales e instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano, fundamental en el proceso de internacionalización de la educación en Colombia; se ejecuta mediante una convocatoria anual y se convierte en el instrumento de materialización de la Política Nacional de Bilingüismo del Gobierno de Colombia.

DEFINICIÓN: Es un programa cofinanciado con las instituciones de educación colombianas, el cual permite la movilidad hacia Colombia de jóvenes estudiantes o profesionales extranjeros, con el propósito de apoyar los procesos de enseñanza de un segundo idioma en centros docentes colombianos, en virtud de alianzas establecidas con diferentes gobiernos, entidades de carácter internacional, universidades extranjeras y con instituciones de enseñanza de idiomas. Este se desarrolla en el marco de convenios suscritos por Icetex con el British Council, la Embajada de Francia, el DAAD (Servicio Alemán de Intercambio Académico), la Comisión Fulbright Colombia y el Ministerio de Educación Nacional, la Universidad de las West Indies (con sus sedes en Jamaica, Barbados y Trinidad y Tobago), además con el Gobierno de la India (a través del Convenio Cultural entre los dos países), con el Gobierno de la República Popular China y se podrá llevar a cabo con diferentes aliados extranjeros en virtud de alianzas de cooperación en movilidad académica, lingüística y técnica que se suscriban en la vigencia de la presente reglamentación.

MODALIDADES: El programa de Asistentes de Idiomas tendrá las siguientes modalidades:

- Convocatoria General para Estados Unidos, Francia, Reino Unido, Caribe, India y Alemania, para ciudadanos pertenecientes a los países mencionados y que no residan en Colombia.

- Convocatoria de Movilidad Académica China - Colombia, con base en la cooperación existente con el Gobierno de la República Popular China y los compromisos adquiridos en el Plan Educativo entre los dos países.

El Programa de Asistentes de Idiomas se podrá realizar de manera virtual, de conformidad con los términos de referencia que se establezcan en la respectiva convocatoria (educación virtual o educación en línea).

DURACIÓN: Los asistentes de idiomas y participantes en el programa de movilidad académica prestarán sus servicios durante un año académico, con la intensidad horaria semanal establecido en la alianza estratégica o en la convocatoria anual que se divulgue. La duración e intensidad semanal podrán variar si así lo consideran el Icetex y el aliado internacional.

RUBROS POR FINANCIAR: En el marco de las alianzas estratégicas del Programa de Asistentes de Idiomas y de acuerdo con los términos de referencia establecidos, los extranjeros seleccionados podrán recibir los siguientes rubros:

Rubros a cargo del Icetex:

- Póliza de Salud/Seguro médico: Asistencia médica y hospitalaria en Colombia que incluye repatriación en caso de invalidez o muerte. Esta asistencia sólo cubre al asistente durante el período establecido de un año académico, diez (10) meses en Colombia y no es extensiva a familiares. Los asistentes deben asumir los costos de los medicamentos recetados y una cuota moderadora por los servicios médicos requeridos, de acuerdo con las políticas de la póliza para cada vigencia.

- Visa de cortesía: El Icetex remitirá a cada asistente una carta de aval para la solicitud en línea de la visa de cortesía tipo “V”, que otorgará el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia durante el período de estancia en el país. La visa es solamente para el asistente y en caso de requerir visa para familiares, esta debe solicitarse de forma independiente.

- Gastos de estadía durante el período de inducción en Bogotá: Recepción, alojamiento, transporte interno, alimentación, logística para las reuniones programadas durante la inducción en Bogotá.

- Otorgamiento de tiquetes aéreos internacionales y pasajes nacionales, en caso de establecerse como compromiso en los acuerdos suscritos con aliados internacionales y en los convenios del Gobierno nacional o en casos excepcionales si así se requiere.

- Los casos excepcionales de emergencias o situaciones especiales que impidan el regreso a sus países de origen permitirán el pago del estipendio mensual que corresponde a los becarios de beca Colombia, para el sostenimiento del extranjero, hasta que las condiciones le permitan la salida de Colombia.

- Para aquellos asistentes de idiomas que realicen su actividad de manera virtual, el pago del estipendio mensual será hasta por la suma correspondiente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, dando prioridad a aquellos asignados a universidades públicas, universidades formadoras de formadores y centros docentes de región. Lo anterior, solo bajo la disponibilidad presupuestal del Icetex y bajo situación de fuerza mayor que lo amerite.

Rubros a cargo del centro docente colombiano:

1. Estipendio sostenimiento mensual: Las instituciones de educación colombianas apoyarán a cada asistente con un subsidio de manutención mensual hasta por la suma correspondiente a tres salarios mínimos legales mensuales vigentes para cubrir los costos básicos de alojamiento, alimentación y transporte local durante su permanencia en nuestro país realizando la actividad para la cual fue seleccionado.

2. Transporte aéreo nacional. De conformidad con lo establecido en la respectiva convocatoria, el centro docente acepta otorgar los pasajes aéreos en la ruta nacional desde Bogotá hacia la ciudad sede de la institución educativa y el regreso al culminar la actividad.

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: Los candidatos extranjeros acceden a las convocatorias y procesos de selección que realizan las instituciones aliadas o las Embajadas de Colombia en los países participantes. La lista y las hojas de vida de los seleccionados son enviadas por estas instancias al Icetex.

Por su parte, el Icetex recibe las solicitudes de los centros docentes colombianos interesados en contar con un asistente de idiomas, lo cual le permite realizar, junto con el aliado internacional, el proceso de asignación de los extranjeros entre los centros docentes solicitantes.

REQUISITOS GENERALES: Para acceder a este programa, el candidato extranjero debe cumplir con los siguientes requisitos generales.

- Ser ciudadano extranjero.

- No estar residiendo en Colombia en los últimos seis meses al momento de la postulación.

- Contar con un título de licenciatura en lenguas modernas, en idiomas o en áreas relacionadas con la esencia del programa.

- Preferiblemente contar con experiencia pedagógica.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Para la evaluación, asignación y aprobación de los asistentes, el Icetex junto al aliado internacional, tendrá en cuenta los criterios establecidos en cada convocatoria, entre otros, los siguientes:

- Experiencia en la enseñanza de un idioma

- Conocimiento en la metodología en la enseñanza

- Ubicación geográfica de los centros docentes colombianos (distribución regional)

- Instituciones de Educación Superior formadora de formadores

- Carácter de la institución (pública o privada)

SEGUIMIENTO Y CONTROL: El seguimiento y control de los asistentes de idiomas estará a cargo del Icetex, que hará acompañamiento de la experiencia de los asistentes para facilitar la llegada a Colombia e inicio y desarrollo del programa en las instituciones de educación colombianas participantes.

COMPROMISOS DE LOS ASISTENTES DE IDIOMAS: Con el propósito de obtener los mejores resultados en las actividades para las cuales fue seleccionado y lograr una inmersión cultural, el asistente debe cumplir a cabalidad con lo siguiente:

- Cumplir con las actividades académicas y culturales programadas por las instituciones de educación colombianas.

- En caso de presentar alguna inconformidad o situación particular, agotar las instancias que correspondan.

- Dedicar el tiempo establecido y convenido con la institución de educación para el apoyo en la enseñanza de su idioma, ya que no le es permitido establecer contratos laborales, bajo ninguna modalidad, mientras tenga la condición de asistente de idiomas del Icetex. La Visa de cortesía otorgada no permite trabajar.

- Presentar los informes que solicite el tutor, el representante de su gobierno o el Icetex sobre su experiencia durante el desarrollo del programa.

- Cumplir con los reglamentos establecidos por la institución de educación donde presta sus servicios de apoyo en la enseñanza de un segundo idioma e igualmente acatar la normatividad vigente en materia migratoria.

- Mantener actualizados ante el Icetex los datos de contacto y domicilio.

- Asistir a las reuniones convocadas por el Icetex de manera presencial o virtual.

OBLIGACIONES ESPECIALES: El asistente se compromete a no participar en actividades ilícitas relacionadas con el lavado de activos, financiación del terrorismo y delitos fuentes de estos. Asimismo, a comunicar al Icetex o a una autoridad competente toda la información que conozca referente a estos delitos.

VOLUNTARIADO: El Icetex, en el marco de los acuerdos suscritos o por suscribir, podrá gestionar el desarrollo de actividades de voluntariado por parte de los extranjeros participantes en el Programa de Asistentes de Idiomas en Colombia. Cada alianza o convenio de cooperación educativa establecerá los términos de referencia de estas actividades de voluntariado.

2. PROGRAMA PLATAFORMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL Y ACADÉMICA DE LA ALIANZA DEL PACÍFICO PARA EXTRANJEROS.

Los Gobiernos de Colombia, Chile, Perú y México establecieron el programa de becas “Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico”, cuyo propósito es contribuir a la formación de capital humano avanzado, mediante el otorgamiento de becas de manera recíproca y en términos de igualdad entre los cuatro países, para el intercambio de estudiantes de pregrado, licenciatura, doctorado, profesores o investigadores, interesados en llevar a cabo actividades académicas en los países que hacen parte de este modelo de integración regional.

Este programa se lleva a cabo con el apoyo de la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional (APC) Colombia y podrán participar otras instituciones dispuestas a otorgar recursos para su desarrollo. Es importante resaltar que cada país miembro de la Alianza del Pacífico se encarga de otorgar los distintos rubros a los becarios extranjeros que recibe.

RUBROS POR FINANCIAR: Estos rubros están sujetos a la disponibilidad presupuestal de la entidad.

- Estipendio mensual para los estudiantes de posgrado, únicamente durante el período de estudios contemplado en la carta de aceptación emitida por la universidad receptora.

- Seguro médico a través de la póliza de salud para los participantes en la modalidad de posgrado.

3. PROGRAMA DE BECAS PARA EXTRANJEROS EN COLOMBIA (BECA COLOMBIA):

Con el objetivo de crear caminos incluyentes en la educación superior, el Icetex busca impulsar los proyectos de vida de las personas, y es así como, a través de este programa brinda la oportunidad a ciudadanos extranjeros de fortalecer su proceso de formación por medio de la cultura y la tecnología creando y consolidando tejidos sociales que permitan profundizar las interacciones entre extranjeros, nacionales, instituciones de educación superior, cooperantes y demás aliados.

DEFINICIÓN DEL PROGRAMA: El Icetex otorga ayudas financieras a ciudadanos extranjeros para realizar estudios de posgrado en Colombia, en las instituciones de educación que hacen parte del Programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia.

Estos apoyos son para el sostenimiento por el número de períodos académicos de acuerdo con el registro calificado del programa vigente al momento de la postulación de la beca. Se desarrollan de manera cofinanciada con las IES colombianas que otorgan los cupos de matrícula en los diferentes programas del Catálogo de Oferta Académica para cada convocatoria o modalidad ofrecida.

Este programa, pionero en la internacionalización de la educación superior en Colombia, se desarrolla en el marco de la política exterior colombiana y se materializa a través de convocatorias generales ofertadas a ciudadanos extranjeros.

Los participantes extranjeros en cada una de las convocatorias podrán acceder para el cumplimiento de requisitos, a un acompañamiento del Icetex, en la búsqueda de la admisión definitiva a los programas establecidos en la oferta académica. Adicionalmente, el Icetex y las instituciones de educación participantes, podrán ofrecer un curso previo de español en modalidad virtual o presencial no superior a seis (6) meses, para el cumplimiento de requisito de idioma, exigido a los ciudadanos no hispanoparlantes en cada una de las convocatorias.

MODALIDADES: El programa para Extranjeros en Colombia tendrá las siguientes modalidades de conformidad con la disponibilidad presupuestal de cada vigencia:

CONVOCATORIAS GENERALES PARA EXTRANJEROS: Estas convocatorias podrán realizarse semestral o anualmente, conforme a los cupos ofertados por las IES colombianas. Las convocatorias deberán permanecer abiertas mínimo tres (3) meses, con el fin de permitir a los aspirantes reunir todos los requisitos para su postulación.

CONVOCATORIA DE BECAS DE RECIPROCIDAD BINACIONALES O MULTILATERALES: Convocatorias desarrolladas en el marco de compromisos binacionales o multilaterales del Gobierno colombiano con gobiernos extranjeros, sobre bases de reciprocidad.

CONVOCATORIAS DE BECAS EN MODALIDAD VIRTUAL: Convocatorias de programas, con base en la oferta académica de las IES colombianas para esta modalidad de estudios.

COBERTURA: La financiación de los rubros cubiertos por el Icetex, tendrán la siguiente duración:

- Especializaciones: Hasta tres (3) semestres.

- Maestrías: Hasta cuatro (4) semestres

- Doctorados: Hasta ocho (8) semestres.

- Perfeccionamiento del idioma español: Hasta un (1) semestre

La duración del apoyo corresponderá como máximo, al número de periodos académicos de acuerdo con el registro calificado del programa vigente al momento de la postulación de la beca.

Este apoyo se aplicará retroactivamente para becarios seleccionados desde 2018 que soporten debidamente los tiempos académicos reglamentados.

Para los casos en que la Institución de Educación informe al Icetex, que, por razones de fuerza mayor, se ve obligada a reprogramar una o varias materias académicas del programa académico, se podrá considerar brindar una prórroga de apoyo económico.

No se aprobarán solicitudes de giros adicionales por tiempos de elaboración o sustentación de trabajos finales de grado y ceremonias de grado. En el caso de los programas de doctorado que excedan los ocho (8) semestres, el becario deberá asumir los costos que generen los periodos adicionales.

DEFINICIONES:

SOLICITUD DE GIRO ADICIONAL: Son todas aquellas solicitudes de sostenimiento económico presentadas por becarios, que ya han cumplido los tiempos de los programas académicos anteriormente establecidos. Únicamente se revisarán solicitudes que, por razones de fuerza mayor, las Instituciones de Educación Superior se vea obligada a reprogramar una o varias materias del programa académico.

RENOVACIÓN DE LA BECA: Son aquellas solicitudes de sostenimiento económico presentadas por becarios que aún se encuentran dentro de los tiempos de los programas académicos anteriormente establecidos. Únicamente se revisarán solicitudes de becarios que remitan al Icetex una carta firmada solicitando la renovación de la beca, certificado de notas con un promedio mínimo de cuatro (4) sobre cinco (5), certificado de matrícula y su informe de experiencia firmado por el tutor.

PÓLIZA DE SALUD/SEGURO MÉDICO: Asistencia médica y hospitalaria en Colombia que incluye repatriación en caso de invalidez o muerte. Esta asistencia sólo se cubre durante el período de estudios en Colombia y solamente al becario, no es extensible a familiares. Los becarios deben asumir los costos de los medicamentos recetados y una cuota moderadora por los servicios médicos requeridos. Estos costos que deben ser asumidos por los becarios, no están enmarcados en el concepto de imprevistos.

VISA DE CORTESÍA: El Icetex remitirá a cada becario una carta para la solicitud en línea de la visa de cortesía tipo “V”, que otorgará el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia durante el período de estudios. Esta visa es solamente para el becario y será otorgada hasta la finalización de su programa académico. En caso de requerir visa para familiares, deben realizar el proceso por su cuenta.

ESTIPENDIO/SOSTENIMIENTO MENSUAL: El Icetex apoyará a cada becario extranjero con un sostenimiento mensual correspondiente a tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes, durante el número de periodos académicos de acuerdo con el registro calificado del programa vigente al momento de la postulación de la beca. Este beneficio se otorgará de manera trimestral, únicamente a becarios que se encuentren adelantando su programa en territorio colombiano. Los becarios deberán acreditar su residencia en el país, de acuerdo con las exigencias del Icetex para acceder a este beneficio.

GASTOS DE INSTALACIÓN: El Icetex apoyará por una única vez a cada becario con un valor para gastos de instalación en Colombia, equivalente a medio (1/2) salario mínimo mensual legal vigente. Este beneficio se otorgará únicamente a becarios que se encuentren adelantando su programa en territorio colombiano.

GASTOS DE LIBROS Y MATERIALES: Por cada año de estudios, el Icetex apoyará a cada becario con un valor para libros y materiales, equivalente a medio (1/2) salario mínimo mensual legal vigente. Este rubro aplica para programas de posgrado de las convocatorias generales o aquellas en que el convenio lo establezca. Para los programas virtuales, el Icetex podrá establecer apoyos, según la convocatoria, para el rubro de gastos de libros.

IMPREVISTOS: Este valor sólo se cancelará una vez durante todo el programa de estudios y será equivalente a una cuarta parte de un salario mínimo mensual legal vigente. Para el otorgamiento de este rubro, el becario debe realizar la solicitud cuando sufra un percance de fuerza mayor que impida el cumplimiento de sus obligaciones académicas, con los soportes correspondientes para aprobación del Icetex. Este rubro aplica para programas de posgrado de las convocatorias generales o aquellas en que el convenio lo establezca. Queda a discreción de Icetex realizar el otorgamiento del rubro de imprevistos, conforme a la disponibilidad presupuestal de cada vigencia.

TIQUETES AÉREOS: El Icetex otorgará los tiquetes aéreos en clase económica ida y regreso desde el país de origen del beneficiario hasta la ciudad sede del centro docente. Este rubro aplica para becarios seleccionados en el marco de convenios en los que se adquiera este compromiso.

Recepción de solicitudes. Los candidatos extranjeros realizarán el proceso de aplicación directamente en la página del Icetex, para el caso de convocatorias generales, y para las convocatorias de reciprocidad binacionales, deberán también realizar su postulación en la página web del cooperante respectivo, si así es requerido.

REQUISITOS GENERALES: para acceder a este apoyo financiero se debe cumplir con los siguientes requisitos generales.

- Ser ciudadano extranjero

- No tener nacionalidad colombiana.

 No estar residiendo, ni haber residido los últimos 6 meses anteriores a la postulación de la beca en territorio colombiano o haber iniciado estudios en Colombia al momento de la aplicación a la convocatoria correspondiente. El Icetex podrá solicitar a los aspirantes el Certificado de Movimientos Migratorios.

- No haber sido beneficiario del Icetex a través del Programa Beca Colombia.

- Contar con un título técnico, tecnológico, profesional, o de licenciatura en cualquier área del conocimiento.

- Tener una carta de preadmisión o una comunicación que se encuentra en trámite su proceso de admisión. El solicitante podrá presentar tres opciones de programas académicos de diferentes IES colombianas relacionadas en el Catálogo de Oferta Académica de la convocatoria correspondiente.

En los términos de referencia de cada convocatoria anual o semestral se podrán adicionar requisitos de aplicación de tipo académico, o de idioma, conforme a los programas del Catálogo de Oferta Académica.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Para la evaluación, asignación y aprobación de los becarios seleccionados para cada modalidad del Programa Beca Colombia, el Icetex tendrá en cuenta los criterios establecidos en cada una de las convocatorias, los cuales pueden ser los siguientes, entre otros:

1. Excelencia académica.

2. Coherencia del perfil del candidato con el programa académico que desea adelantar.

3. Ubicación geográfica de los centros docentes colombianos.

4. Programas académicos de instituciones técnicas y tecnológicas.

5. Prioridad en reciprocidad para países cooperantes.

ESPECIFICACIONES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS:

El Catálogo de oferta académica de cada convocatoria o modalidad es un consolidado de programas que ofrecen las instituciones de educación superior colombianas que hacen parte del Programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia. En este catálogo se encuentran los cupos por cada programa que se ofrecen. Si varios candidatos extranjeros que cumplen con los requisitos aplican a un mismo programa para el cual la IES sólo ofrece un cupo, dicha plaza la obtendrá el candidato con mayor puntaje en la evaluación.

El candidato extranjero seleccionado no podrá cambiar el programa ni la institución, y se tendrá en cuenta únicamente la carta de admisión definitiva presentada dentro de la documentación recibida inicialmente por el Icetex. Es necesario que el candidato cuente con una carta de preadmisión para tres programas ofrecidos por las IES que se encuentren en el catálogo correspondiente para cada convocatoria y en la carta de motivación establecer la prioridad de cada uno.

Cada candidato debe tramitar directamente la preadmisión o una comunicación que se encuentra en trámite su proceso de admisión y admisión definitiva a los programas académicos ante las instituciones de educación superior colombianas. El solicitante que lo requiera recibirá el acompañamiento del Icetex en su proceso.

El candidato debe sufragar con recursos propios los costos de inscripción y admisión establecidos por las instituciones de educación superior colombianas a las cuales solicita el ingreso o admisión, además de los tiquetes de ingreso y salida de Colombia, a no ser que exista un convenio que contemple el cubrimiento de este rubro por parte de Icetex.

PROCESO PARA APROBACIÓN: El Icetex evaluará las solicitudes de apoyo financiero para el Programa de Reciprocidad para Extranjeros Beca Colombia y las someterá a consideración del siguiente Comité:

COMITÉ DE SELECCIÓN DEL PROGRAMA DE RECIPROCIDAD PARA EXTRANJEROS BECA COLOMBIA:

Este Comité estará conformado por el presidente del Icetex, el jefe de la Oficina Asesora de Planeación y el jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales o quien se designe de forma oficial para dicho comité.

El Comité estará a cargo de la aprobación de selección de candidatos de las convocatorias del programa Beca Colombia, así como de la aprobación de solicitudes de renovación de beca, giros adicionales y revisión, aprobación o rechazo de solicitudes de casos excepcionales.

Las decisiones del comité se consignarán en un acta y se comunicarán a los interesados.

Los resultados de la selección se notificarán a cada candidato, al centro docente colombiano correspondiente y a las Representaciones Diplomáticas. En el caso de solicitudes de renovación de beca y giros adicionales, las aprobaciones se comunicarán a cada becario.

PROCESO DE ACEPTACIÓN DE LA BECA

ACEPTACIÓN DEL BENEFICIO: Los candidatos extranjeros que sean seleccionados y notificados tendrán un plazo estipulado en el correo de notificación para aceptar la beca. La respuesta deberá ser enviada al correo de donde reciba la notificación de selección. El no dar una respuesta dentro de este período de tiempo implica el desistimiento de la beca sin que haya lugar a quejas o reclamos posteriores y el cupo se podrá adjudicar a otro candidato.

CARTA DE COMPROMISOS: Los candidatos seleccionados deberán remitir por correo electrónico la “Carta de Compromisos”, la cual deberá ser leída y firmada por cada becario. Dicha carta estipulará los compromisos y obligaciones académicas, legales y migratorias, que deberá cumplir el becario durante su período de estudios para conservar el beneficio de beca.

CARTA DE SOLICITUD DE VISA DE CORTESÍA: Los candidatos seleccionados, recibirán por parte del Icetex, una carta dirigida al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo, Visas e Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, o al Cónsul de Colombia en su país de origen, con la información pertinente del becario para obtener su Visa de Cortesía. Cada becario deberá solicitar su visa de cortesía en línea en la página web del Ministerio y estampar la visa en el Consulado de Colombia en su país de origen o en la Oficina de Visas en Bogotá, Colombia.

SEGUIMIENTO Y CONTROL: El seguimiento y control de los becarios extranjeros estará a cargo del Icetex, que hará acompañamiento de la experiencia de los becarios para facilitar la llegada a Colombia e inicio de estudios, además de efectuar de forma oportuna las transferencias o pagos de estos compromisos.

COMPROMISOS DE LOS BECARIOS EXTRANJEROS

Con el propósito de obtener los mejores resultados en las actividades académicas, de lograr una experiencia enriquecedora y de mantener su bienestar y seguridad, el becario debe cumplir a cabalidad con lo siguiente:

OBLIGACIONES LEGALES:

- Cumplir y acatar las leyes colombianas.

- Respetar las normas de conducta y costumbres sociales.

- Realizar los trámites migratorios de visa de cortesía y cédula de extranjería en los tiempos exigidos, asegurándose de no dejar vencer estos documentos ya que esto le generaría multas y sanciones. Si el becario infringe lo anterior, debe asumir los costos adicionales de los trámites.

- De manera periódica, se solicitará a los becarios el diligenciamiento de encuestas para mantener informado al Icetex sobre su situación actual. Será obligación de los becarios el diligenciamiento de estas encuestas con información veraz.

- Permanecer en territorio colombiano para que se realice el giro de sostenimiento en cada período

OBLIGACIONES ACADÉMICAS:

- Cursar y culminar exitosamente el programa académico dentro del período para el cual se aprobó la beca y cualquier novedad o aplazamiento debe ser autorizado por el Icetex. Se recuerda que no es posible cambiar de programa ni de centro docente.

- Dedicar tiempo completo a la realización del programa académico, ya que no le es permitido establecer contratos laborales, bajo ninguna modalidad, mientras tenga la condición de becario del Icetex. La Visa de cortesía no permite trabajar.

- Mantener un desempeño académico sobresaliente que pueda ser certificado por la Institución de Educación Superior a manera de promedio académico acumulado y/o posición en el cuartil superior de la cohorte.

- Presentar un informe de experiencia cada trimestre, de acuerdo con el cronograma y la metodología indicada por Icetex. De no presentar los informes en las fechas estipuladas, no se realizará el desembolso correspondiente al siguiente trimestre, hasta que el becario envíe los documentos.

- Cumplir a cabalidad con las normas de la institución donde realiza sus estudios.

- Actualizar ante el Icetex los datos de contacto y domicilio de manera permanente.

- Asistir a todas las reuniones convocadas por el Icetex.

- Elaborar el trabajo de grado según los términos de referencia definidos en cada convocatoria. La tesis o trabajo de grado debe ser terminado al tiempo con el programa académico, puesto que el apoyo económico del Icetex se mantendrá hasta la finalización de las materias del último semestre aprobado.

- Notificar al Icetex la terminación de los estudios y la fecha exacta de regreso a su país.

- Realizar la evaluación final de su experiencia, de acuerdo con la metodología indicada por el Icetex.

OBLIGACIONES ESPECIALES: El becario se compromete a no participar en actividades ilícitas, relacionadas con el lavado de activos, financiación del terrorismo y delitos fuentes de estos. Asimismo, a comunicar al Icetex o a una autoridad competente toda la información que conozca referente a estos delitos.

DESEMBOLSOS POR SOSTENIMIENTO

PERIODICIDAD: Para el pago del dinero correspondiente a los rubros asignados, el cual se efectuará trimestralmente, el becario deberá realizar la apertura de una cuenta de ahorros, corriente o una cuenta de ahorro de trámite simplificado en Colombia. Una vez el becario extranjero cuente con este documento, deberá presentar al Icetex, vía correo electrónico, la certificación correspondiente.

ESTIMACIÓN DEL SOSTENIMIENTO: El pago del sostenimiento dependerá de la fecha de inicio presencial del programa académico del becario, y no del tiempo que lleve en Colombia. Es decir, si el becario ingresa al país un mes antes del inicio del programa, los recursos serán depositados teniendo en cuenta la fecha oficial de inicio presencial del Programa Académico, la cual será verificada con la institución en donde iniciará estudios.

SUSPENSIÓN DE LA BECA

El Icetex podrá suspender en forma temporal o definitiva los desembolsos de la beca, cuando el becario incurra en cualquiera de los siguientes casos:

SUSPENSIÓN TEMPORAL: La suspensión temporal de la beca implica la suspensión de los desembolsos por enfermedad, incapacidad mental o física, o salida del territorio colombiano o causas debidamente justificadas según certificado médico.

Una vez superada la causa por la cual se suspendió de manera temporal la ejecución de la beca, el becario deberá informar a Icetex para continuar recibiendo el beneficio de sostenimiento.

SUSPENSIÓN DEFINITIVA: Icetex podrá suspender de forma definitiva los desembolsos o no efectuar prórroga al beneficio, cuando se incurra en uno de los siguientes casos:

- Por abandono de los estudios.

- Por cancelación de la matrícula o retiro del programa académico, por incumplimiento del reglamento de la institución de educación superior.

- Por no mantener un desempeño académico sobresaliente correspondiente al periodo académico inmediatamente anterior.

- Por presentación comprobada de documentos adulterados o con presunción de falsedad o deliberadamente brindar información fragmentada o imprecisa con el fin de ser beneficiario del Programa de Reciprocidad para Extranjeros Beca Colombia

- Por no presentar los documentos académicos exigidos en la carta de compromisos en los tiempos establecidos.

- Por enfermedad, incapacidad mental o física que impida al becario la culminación definitiva de sus actividades académicas.

- Por solicitud motivada del becario, debidamente informada al Icetex.

- En caso de que Icetex demuestre fraude, alteración, engaño en documentos o situaciones posteriores al otorgamiento del beneficio de la beca.

III. PROGRAMAS DE APOYO A INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN:

1. Programa Expertos Internacionales

2. Programa para el Apoyo a la Calidad de las Instituciones de Educación Superior Colombianas con Expertos Internacionales

El objetivo de este componente es apoyar a las instituciones de educación colombianas en el fortalecimiento de la internacionalización. A continuación, se relacionan los programas:

a) PROGRAMA EXPERTOS INTERNACIONALES:

El Icetex cofinanciará la participación de expertos nacionales e internacionales en eventos organizados, en Colombia o en el exterior, por instituciones de educación superior, instituciones técnicas y tecnológicas y escuelas normales superiores, con el propósito de fortalecer sus programas académicos, lingüísticos y de investigación. De igual forma, se busca generar y fortalecer redes de colaboración académica y científica de las instituciones educativas colombianas con sus aliados en el exterior, mediante la implementación de proyectos enmarcados en la internacionalización y/o las demás líneas de cooperación estratégica nacional e internacional descritas en el presente acuerdo.

OBJETIVOS: Los objetivos que pretende alcanzar el programa Expertos Internacionales son los siguientes:

- Contribuir al desarrollo de la internacionalización de la educación superior del país.

- Coadyuvar en el desarrollo de la internacionalización de la investigación, la ciencia y la innovación en Colombia.

- Fortalecer los procesos de internacionalización en casa desarrollados por las Instituciones de Educación Superior del país.

- Apoyar el desarrollo y fortalecimiento de la cooperación internacional de Colombia con otros gobiernos e instituciones internacionales.

- Buscar el posicionamiento de Colombia como destino académico de calidad en escenarios internacionales.

MODALIDADES: El programa de expertos internacionales tendrá las siguientes modalidades:

- Apoyo para movilidad entrante solicitado por una IES: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, con el fin de que un experto residenciado en el exterior participe en un evento o actividad en Colombia.

- Apoyo para movilidad saliente solicitado por una IES: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, con el propósito de participar en un evento, actividad académica o de investigación fuera del país. Dentro de esta modalidad se podrán apoyar también:

-- Misiones académicas apoyadas por el Gobierno nacional

-- Pasantías para investigadores y estudiantes de doctorado

-- Intercambios intersemestrales de estudiantes de pregrado

- Apoyo para movilidad entrante o saliente solicitado por el Icetex: El Icetex podrá incluir solicitudes de apoyo con el fin de que un experto nacional o internacional participe en un evento o actividad preparada por la entidad o el Gobierno nacional, según el caso.

- Apoyo para movilidad virtual solicitado por una IES: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, con el propósito de generar espacios de movilidad virtual para expertos colombianos o extranjeros.

- Apoyo para la cofinanciación de proyectos en internacionalización: Las instituciones educativas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia y las escuelas normales superiores podrán solicitar apoyo financiero bajo las condiciones descritas en la convocatoria respectiva, para implementar proyectos educativos, presenciales y/o virtuales, que se enmarquen en los ejes de la política de cooperación educativa de la entidad.

DURACIÓN: La financiación para el experto en el evento o actividad podrá ser hasta por seis (6) meses cuando el rubro aprobado sea tiquetes aéreos y hasta por catorce días cuando el rubro aprobado sea viáticos. Por otra parte, los proyectos en internacionalización podrán tener una duración mínima de 5 días y máxima de 6 meses, a excepción del rubro de viáticos.

RUBROS POR FINANCIAR: La institución educativa colombiana podrá solicitar apoyo al Icetex para uno de los siguientes rubros, por experto:

- Pasaje aéreo internacional ida y regreso en tarifa económica, hasta por el valor correspondiente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

- Viáticos hasta por catorce (14) días calendario durante el tiempo de permanencia del experto, hasta por un valor de medio salario mínimo legal mensual vigente por día.

- Fondos en dinero o subvención para cofinanciar el proyecto. Se podrán otorgar a través de convocatorias generales del programa Expertos Internacionales o de convocatorias específicas dirigidas al otorgamiento de este tipo de subvenciones. En cualquier caso, en cada convocatoria se determinarán los rubros que podrán ser cubiertos.

Queda a discreción del Icetex financiar uno o los dos rubros establecidos en el presente Acuerdo para la modalidad de movilidad.

El desembolso de los recursos se realizará por reembolso o de manera anticipada, según lo que determine la respectiva convocatoria.

Se podrá apoyar de manera directa la participación de expertos internacionales, en eventos académicos que tengan lugar en Colombia, ofrecidos sin costo alguno para los asistentes y con pertinencia para el desarrollo académico, científico y cultural del país, organizados por el Icetex y en actividades conjuntas con otras entidades de gobierno.

Se podrá apoyar la participación de expertos colombianos en eventos, actividades académicas o escenarios internacionales, que tengan lugar fuera de Colombia. Los docentes tendrán que contar con el respaldo de la institución de origen. Esta modalidad se podrá aplicar en los programas alineados con el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno nacional y con la disponibilidad presupuestal.

Para los casos en los que el Icetex ofrezca apoyo directo se harán las gestiones a través de los procedimientos establecidos para la adquisición de los rubros: tiquetes y/o alojamiento.

El desembolso lo realizará el Icetex al centro docente o beneficiario previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la convocatoria.

RECEPCIÓN DE SOLICITUDES: Las instituciones educativas realizarán las solicitudes de acuerdo con el cronograma respectivo, publicado en la página web del Icetex y de conformidad con lo establecido en cada convocatoria.

REQUISITOS: Para acceder a este apoyo financiero se debe cumplir con los siguientes requisitos:

- Que la institución de educación se encuentre inscrita en el Programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia.

- Que el experto internacional sea residente permanente en el exterior.

- Que el experto nacional resida en Colombia.

- Que las escuelas normales superiores realicen la solicitud formal justificando el apoyo financiero, mediante oficio firmado por el rector o su representante legal.

- Los demás dispuestos en la convocatoria.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN: El Icetex tendrá en cuenta los siguientes criterios para evaluar la solicitud del apoyo:

- Participación de la Institución en cualquier modalidad de intercambio para Extranjeros en Colombia.

- Contribución al desarrollo del país a través de la transferencia de conocimiento en los temas específicos relacionados con el evento.

- Distribución regional.

- Áreas priorizadas en el Plan Nacional de Desarrollo.

- Carácter de la institución: pública o privada.

- Disponibilidad presupuestal.

PROCESO PARA APROBACIÓN: El Icetex evaluará las solicitudes del apoyo financiero para la participación de expertos en eventos académicos, la decisión se consignará en un acta y se comunicará a las instituciones educativas solicitantes, la cual estará firmada por el presidente del Icetex, el jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales y el jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quienes aprobarán o harán comentarios sobre el proceso de calificación hecho por la Oficina de Relaciones Internacionales. La aprobación podrá llevarse a cabo con al menos dos de los miembros.

LEGALIZACIÓN: Las instituciones beneficiadas deberán presentar las solicitudes de reembolso o soportes de ejecución, según el caso, dentro de las fechas establecidas en el cronograma, enviando todos los documentos requeridos por cada experto.

DISPOSICIONES FINALES: La institución educativa deberá dar reconocimiento al apoyo otorgado por el Icetex en los documentos de publicidad y divulgación del programa en el que participará el profesor o experto y reservará cupos para la asistencia de funcionarios del Icetex en el evento.

En caso de aplazamiento del evento o cambio de profesor o experto aprobado, la institución educativa deberá notificar al Icetex, dentro de los ocho (8) días hábiles anteriores a la fecha establecida para la realización del evento.

b) PROGRAMA PARA EL APOYO A LA CALIDAD DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR COLOMBIANAS CON EXPERTOS INTERNACIONALES:

Bajo esta modalidad se brinda apoyo financiero a los procesos de calidad que adelanten las instituciones de educación superior colombianas inscritas en el programa de Reciprocidad para Extranjeros en Colombia, mediante la participación de expertos internacionales que puedan aportar en dichos procesos.

Las instituciones de educación superior interesadas deben presentar un plan de trabajo con actividades a desarrollar en un período de hasta seis meses, en el que se especifique cuál o cuáles de los siguientes componentes se van a trabajar con el asesoramiento del experto:

- Acreditación;

- Calidad;

- Internacionalización del currículo;

- Creación de programas con doble titulación;

- Metodología para la enseñanza de una segunda lengua;

- Otros enfoques de trabajo que estén encaminados al logro de los anteriores componentes o a conseguir la acreditación de un programa académico en específico.

RUBROS POR FINANCIAR: De acuerdo con la solicitud de la institución de educación colombiana, el Icetex podrá financiar uno o ambos de los siguientes rubros:

- Pasaje aéreo internacional de ida y regreso en tarifa económica.

- Manutención mensual hasta por siete (7) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

IV. PROGRAMAS ESPECIALES DE COOPERACIÓN:

1. Programa de Alianzas o Programas Cofinanciados

2. Programa “Colombia como Destino Académico”

El objetivo de este componente es generar alianzas y apalancar recursos mediante cooperación estratégica nacional e internacional que permitan la implementación de programas enmarcados en los ejes del presente acuerdo y promocionar a Colombia como destino académico de calidad. A continuación, se relacionan los programas:

a) PROGRAMA DE ALIANZAS O PROGRAMAS COFINANCIADOS:

Son acuerdos estratégicos de cooperación educativa, técnica y científica, con organismos internacionales o nacionales, entidades gubernamentales, instituciones académicas, sector privado y tercer sector que permiten la transferencia de conocimiento y realización de estudios en Colombia o en el exterior. Este tipo de alianzas educativas buscarán realizar aportes entre el Icetex y otros aliados específicos, con los cuales se pueda financiar total o parcialmente la realización de actividades académicas como cursos de posgrado, cursos cortos, estancias o intercambios, desarrollo de proyectos de investigación, programas de inmersión en lenguas extranjeras y pasantías.

Con estas alianzas se podrán beneficiar ciudadanos colombianos o extranjeros y centros docentes, dependiendo de la actividad a desarrollar y de la participación de cooperantes o aliados estratégicos.

Para lo anterior, se establecerán alianzas con entidades nacionales e internacionales que estén en la disposición de contribuir con recursos al establecimiento de dichos programas, alineados con las temáticas de prioridad de las entidades involucradas y los recursos serán desembolsados por el Icetex a las entidades cooperantes.

MODALIDADES: Este tipo de cooperación se podrá adelantar para realizar actividades en la modalidad presencial o virtual dependiendo de las características propias de cada alianza o convenio.

CONDICIONES: Los programas cofinanciados se establecerán bajo las siguientes condiciones:

- Deberá existir al menos una entidad aliada que aporte recursos en dinero o en especie.

- Dicha entidad deberá aportar al menos un 30% de aportes comparativamente con el aporte del Icetex.

- Aprobación del comité estratégicos de la entidad, sobre la viabilidad del acuerdo.

- Los beneficiarios de estos programas se seleccionarán en conjunto entre el Icetex y la entidad aliada.

- La entidad aliada debe tener antecedentes de ejecución de programas con otras entidades, a través de acuerdos o convenios de cooperación interinstitucional o internacional.

- Los acuerdos podrán estar enmarcados en cualquiera de las temáticas establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo y estar dirigidos al fortalecimiento de la educación colombiana.

RUBROS Y/O ACTIVIDADES POR FINANCIAR:

- Cursos de formación

- Pasajes aéreos

- Costos de alojamiento y manutención

- Logística para eventos académicos

- Logística para posicionar a Colombia como destino académico

- Difusión y promoción de actividades de fortalecimiento de la educación superior colombiana

- Fondos o subvenciones para proyectos de fortalecimiento de la educación superior

DESEMBOLSOS: Para los programas cofinanciados y/o de movilidad académica, los desembolsos se efectuarán a los aliados, cooperantes o personas jurídicas establecidas en cada programa.

ACUERDOS ESTRATÉGICOS ENMARCADOS EN LA POLÍTICA DE COOPERACIÓN DE COLOMBIA: Aquellas alianzas que se enmarquen en acuerdos y compromisos de gobierno, podrán reglamentarse bajo este componente cuando la voluntad por cooperar y las actividades se extiendan por más de un año. Para esto se deberá suscribir el acuerdo en primera instancia, surtiendo los trámites vigentes establecidos por la entidad.

Posteriormente, y luego de la aprobación del comité estratégico si aplica, quedará inscrito como un programa especial de cooperación cuya duración dependerá de la asignación presupuestal que se haga cada año, según los compromisos adquiridos y llevando a cabo el proceso de asignación presupuestal cada año.

Para los acuerdos de Gobierno, se contemplarán recursos anualmente para el cumplimiento de los compromisos establecidos en cada convenio.

COOPERACIÓN INTERNACIONAL POR REGIÓN GEOGRÁFICA:

El Icetex podrá, a través de su oficina de relaciones internacionales o la dependencia que haga sus veces, coordinar y estructurar la cooperación internacional mediante escritorios asignados según las siguientes regiones:

- Norteamérica

- Centroamérica, Suramérica y África

- Europa

- Asia y Oceanía

a) PROGRAMA “COLOMBIA COMO DESTINO ACADÉMICO”:

El Icetex acompañará y apoyará la realización de conferencias y misiones académicas internacionales las cuales considere pertinentes de acuerdo con el enfoque y objetivo de estas, aportando recursos económicos o en especie y en alianza con otras instituciones o cooperantes.

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ARTÍCULO 6o. PROGRAMACIÓN. Anualmente, el Icetex determinará el cronograma de realización de las convocatorias para el desarrollo de cada uno de los programas descritos en este Acuerdo y realizará la difusión que se requiera a través de los medios o canales institucionales y los que considere más efectivos para este propósito.

8. ATENCIÓN A CASOS ESPECIALES DE COLOMBIANOS

Continuando en línea con los objetivos estratégicos de la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex, se hace necesario ofrecer un servicio que se ajuste a las necesidades del usuario o beneficiario para casos especiales de crédito exterior que estén relacionados con temas pertinentes para la ORI, que permita, obtener un mejor canal de comunicación con los beneficiarios y de esta manera fomentar el desarrollo de la internacionalización en Colombia.

Un servicio necesario para poder atender de primera mano, con información veraz y precisa, los inconvenientes que los usuarios lleguen a presentar al momento de realizar las solicitudes de crédito exterior. Contribuyendo de esta manera a la cobertura de las oportunidades internacionales siendo un servicio que sea prestado de forma transversal a todas las líneas de créditos y de programas internacionales ofrecidos por la institución. Este servicio para casos especiales de crédito exterior será realizado a través de las diferentes herramientas tecnológicas con las que cuenta el Icetex.

Así mismo, permitirá tener una retroalimentación directa sobre las herramientas y procesos específicos del procedimiento de crédito exterior de los diferentes programas que otorga el Icetex, a través de seguimientos periódicos a los involucrados en el proceso de los casos especiales.

C) SEGUIMIENTO A BECARIOS COLOMBIANOS

Dentro del proceso de adaptación del estudiante que se traslada a otro país para adelantar sus estudios mediante las becas otorgadas por el Icetex, se hace indispensable brindar la información y la asesoría pertinente por parte de la entidad para generar un acompañamiento permanente que fortalezca la relación de confianza entre la entidad y los beneficiarios.

Este proceso se realizará a través de la plataforma tecnológica asignada, encargada de unificar y permitir la respectiva gestión de los procesos de postulación, evaluación y seguimiento de todos los usuarios en el marco de los programas. Esta implementación permitirá a la entidad hacer seguimiento efectivo de los candidatos con el fin de velar por el cumplimiento del proceso académico y emocional del becario, y su culminación efectiva de la beca. Dentro de las etapas se encuentra que la plataforma asignada deberá permitir:

1. Notificar a los candidatos en la plataforma sobre el estado de su candidatura.

2. Migración de datos de los candidatos en estado seleccionado.

3. Definir los tiempos de duración por programa.

4. Realizar el seguimiento semestral del proceso académico del becario.

5. Acompañamiento a la experiencia semestral del becario.

6. Solicitudes o notificación de extensión de estudios.

7. Generar cifras sobre los becarios, estados, área de estudio, estado civil y tipo de estudio.

Seguimiento a beneficiarios: con el propósito de apoyar a los beneficiarios de Pasaporte a la Ciencia, en la etapa siguiente a su postulación e inicio de su programa de maestría o doctorado en el exterior, se establece un espacio de contacto permanente a través de reuniones virtuales y contacto vía chat, brindando asesoría sobre las inquietudes presentadas en los procesos involucrados en el desarrollo del programa académico, seguimiento a los requisitos de condonación y cumplimiento de los términos y tiempos de cada periodo hasta la condonación del porcentaje correspondiente por programa.

El seguimiento para los beneficiarios del programa Pasaporte a la Ciencia se desarrolla dentro de dos ejes:

1. Acompañamiento en legalización y renovación de crédito.

2. Seguimiento al cumplimiento de los requisitos de condonación y paso a amortización.

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ARTÍCULO 7o. INSTANCIAS RESPONSABLES. Las instancias institucionales responsables de desarrollar la Política de Cooperación Académica Internacional e Interinstitucional del Icetex serán las áreas misionales y de apoyo de la Entidad.

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ARTÍCULO 8o. COMUNICACIONES. El presente acuerdo deberá ser comunicado a través de la Secretaría General a la Vicepresidencia de Fondos en Administración, Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología, Vicepresidencia Financiera, Vicepresidencia de Crédito y Cobranza, la Oficina de Riesgos, la Oficina Asesora de Planeación, la Oficina de Comercial y Mercadeo y la Oficina Asesora de Comunicaciones.

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ARTÍCULO 9o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga el Acuerdo número 065 de 2020.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 19 de abril de 2022.

El Presidente de la Junta Directiva,

José Maximiliano Gómez Torres.

La Secretaria Técnica de la Junta Directiva,

Margareth Sofía Silva Montaña.

NOTAS AL FINAL:

1. Según lo aprobado por el Comité de Alianzas del 1 de diciembre de 2021.

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

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