Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 5241 DE 2012

(septiembre 3)

Diario Oficial No. 48.543 de 4 de septiembre de 2012

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por medio de la cual se fija la tasa por concepto de expedición de visas para el tercer cuatrimestre del 2012.

EL DIRECTOR DE ASUNTOS MIGRATORIOS CONSULARES Y SERVICIO AL CIUDADANO,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 1670 del 15 de abril de 2011 el Ministerio de Relaciones Exteriores estableció las tasas que deben pagar los usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores con destino al Fondo Rotatorio de la entidad;

Que el párrafo 2o del artículo 3o de la Resolución numero 1670 de 2011 establece que mediante resolución expedida por la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano se fijará las tasas por concepto de expedición de visas, tomando como base el promedio de la tasa oficial de cambio de dólar de los Estados Unidos de América en el último cuatrimestre;

Que se ha utilizado la Tasa Representativa del Mercado (TRM) fijada por el Banco de la República desde el 1o de mayo hasta el 31 de agosto de 2012, para obtener el promedio cuatrimestral del dólar de los Estados Unidos de América aproximando su valor a la decena más cercana.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Fíjese la tasa para el tercer cuatrimestre del 2012 en el territorio nacional por concepto de expedición de visas en la suma de un mil setecientos noventa pesos ($1.790,00) moneda corriente.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de septiembre de 2012.

ÁLVARO CALDERÓN PONCE DE LEÓN.

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.