Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 5127 DE 2013

(agosto 22)

<Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Por la cual se establece la licencia por luto para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y se delega una función


LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES


en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en los artículos 9, 10 y el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 los numerales 9 y 17 del artículo 6 del Decreto 3355 de 2009 y de la Ley 1635 de 2013, y

CONSIDERANDO:

La Ley 1635 del 11 de junio de 2013, estableció para los servidores públicos licencia por luto de cinco (5) días hábiles.
en merito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. ESTABLECER LICENCIA POR LUTO de cinco (5) días hábiles a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores en caso de de:

Conyugue, compañero o compañera permanente

Familiar hasta segundo grado de consanguinidadPrimer Grado
- Padres
- Hijos
Segundo Grado
- Hermanos
- Abuelos
- Nietos
Familiar el primer grado de afinidadPrimer Grado
- Padres del conyugue
- Hijos del conyugue
Familiar hasta segundo grado civilPrimer Grado
- Hijos adoptivos
Segundo Grado
- Hijos de hijos adoptivos

PARÁGRAFO PRIMERO. Otorgar a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores la Licencia de Luto de que trata el presente artículo, cuando fallezcan los Padres o Hijos del Compañero o Compañera Permanente.

PARÁGRAFO SEGUNDO. La Licencia de Luto de que trata el presente artículo no interrumpe Vacaciones, Licencias No Remuneradas, Incapacidades Médicas ni Permisos.

ARTÍCULO 2o. DE LA SOLICITUD. El funcionario deberá informar oportunamente a la Dirección de Talento Humano sobre la ocurrencia del hecho.

ARTÍCULO 3o. DE LA JUSTIFICACIÓN. La justificación deberá presentarse ante la Dirección de Talento Humano, dentro de los treinta (30) días siguientes a la ocurrencia del hecho, para lo cual deberá adjuntar los siguientes soportes:

  • Copia del certificado de defunción expedido por la autoridad competente.
  • En caso de parentesco por consanguinidad, además, copia del Certificado de Registro Civil en donde se constate la relación vinculante entre el funcionario y el difunto.
  • En caso de parentesco por afinidad, además, copia del registro civil en el que conste la relación del cónyuge, compañero o compañera permanente con el difunto.
  • En caso de parentesco civil, además, copia del regístro civil donde conste el parentesco con el adoptado.

ARTÍCULO 4o. DELEGACIÓN. El Director de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores concederá mediante resolución las licencias de luto a los funcionarios de este Ministerio.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogota D.C., a los,

MARIA ANGELA HOLGUIN CUELLAR

Mnistra de Relaciones Exteriores

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Ministerio de Relaciones Exteriores"
ISSN [2256-1633 (En linea)]
Última actualización: 15 de enero de 2024 - (Diario Oficial No. 52.621 - 27 de diciembre de 2023)

Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación, reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono 617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas de uso de la información aquí contenida.